FORMULARIOS CONTRACTUALES Y PROCESALES
Autor
José-Alfredo Caballero Gea
Doctor en Derecho
Graduado en Criminología
Magistrado jubilado
España
COLECCIÓN “LIBRO Y BASE DE DATOS
CD-ROM”
LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS Y
JUICIO DE DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO Y EXPIRACIÓN
DEL PLAZO
Ley
Especial, estudio íntegro, Código Civil y Procesal Civil
SÍNTESIS Y ORDENACIÓN DE LA
DOCTRINA DE LOS TRIBUNALES
El CD-ROM adjunto a este libro
contiene:
Texto íntegro del libro,
Formularios, contratos y procesal, Legislación
(Windows, Word, reproducción
que no
necesita ningún tipo de instalación, sólo exportar su contenido)
Autor José-Alfredo Caballero Gea
DYKINSON, 2010
Ó COPYRIGHT BY
JOSÉ-ALFREDO CABALLERO GEA, AÑO 2011
El autor
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FORMULARIOS DE CONTRATOS DE ARRENDAMIENTOS URBANOS:
COMPRAVENTAS DE VIVIENDAS Y LOCALES DE NEGOCIO, Y DOCUMENTOS INHERENTES
ÍNDICE
A1.–
Contrato de arrendamiento de local de negocio para uso distinto del de vivienda,
dos modelos
B1.–
Contrato de arrendamiento de vivienda
B2.–
Contrato de arrendamiento de vivienda, renuncia al derecho de adquisición preferente
en venta
B3.–
Contrato de arrendamiento de vivienda amueblada
B4.–
Contrato de arrendamiento de vivienda con opción de compra,
siete modelos
B5.–
Contrato de arrendamiento de vivienda, con reserva y opción a favor del arrendatario
para formalizarlo y materializarlo
C1.–
Contrato de arrendamiento de vivienda, dos arrendadores
D1.–
Documento de reserva de contrato de arrendamiento de vivienda, duración 11 meses
E1.–
Contrato de arrendamiento de vivienda, entrega previa de llaves para obras
F1.–
Inventario de mobiliario anexo al contrato de arrendamiento de vivienda
G1.–
Contrato de arrendamiento de vivienda, el arrendador actúa en nombre de sus
hijos
H1.–
Contrato de arrendamiento de vivienda, ejercicio de profesión liberal,
autorización expresa entrega previa de llaves para obras
I1.–
Recibo de fianza anexo al contrato de arrendamiento de vivienda
I2.–
Recibo de la primera mensualidad de renta anexo al contrato de arrendamiento de
vivienda
J1.– Documento de reserva de contrato de arrendamiento de
vivienda
K1.–
Contrato de arrendamiento de vivienda, excepción a la prórroga por causa de
necesidad, art. 9.3 LAU
L1.–
Contrato de arrendamiento de vivienda, con autorización explícita de cesión o
subarriendo
L2.–
Contrato de arrendamiento de vivienda, renuncia del arrendatario a a los derechos de tanteo y retracto
L3.–
Contrato de arrendamiento de vivienda, el arrendador es el usufructuario del inmueble,
extinción con indemnización
L4.–
Contrato de arrendamiento de vivienda, el arrendador es el usufructuario del inmueble,
extinción sin indemnización
LL1.– Escritura de reconocimiento de deuda, dimanante de
contrato de compraventa de inmueble
M1.–
Escritura de constitución de [segunda] hipoteca en garantía de precio aplazado
N1.–
Contrato de compraventa de local de negocio, precio aplazado,
dos modelos
O1.–
Contrato de compraventa de vivienda con pago aplazado,
tres modelos
P1.–
Contrato y acuerdo de resolución de contrato de compraventa de vivienda con
pago aplazado
Q1.– Contrato de mediación
para la venta de una vivienda
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A1.– Contrato de arrendamiento de local de negocio
para uso distinto del de vivienda, dos modelos
Modelo 1
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO
PARA USO
DISTINTO DEL DE VIVIENDA
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, con domicilio en calle
[...] y DNI. nº [...], en adelante, la ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de [...] y
DNI. nº [...], quien, a partir de este momento y en el presente documento, será
designado como parte ARRENDATARIA.
INTERVIENEN
El primero, don/doña [nombre y apellidos], en nombre y representación de
la entidad mercantil […], S.L., con CIF nº [...], constituida el [...], ante el
Notario de [...] Don [nombre y apellidos] de [...], e inscrita en el Registro
Mercantil de [...], al Tomo [...], Folio [...], Hoja [...], inscripción [...].
El segundo en su propio nombre y derecho.
Ambas partes se reconocen la capacidad suficiente para la formalización
del presente contrato.
MANIFIESTAN
I. Don/Doña
[nombre y apellidos] es propietario de la siguiente finca:
Local destinado a comercio, en la planta baja del inmueble nº [...] de
la calle [...], de esta ciudad.
Tiene una superficie de [...] metros cuadrados. Cuenta con un
coeficiente de participación en los elementos comunes del inmueble de [...].
Fue adquirida por compraventa en escritura autorizada por el Notario de
[...], don/doña [nombre y apellidos], en fecha [...].
Figura inscrito en el Registro de la Propiedad nº [...] de [...], Tomo
[...], Libro [...], Folio [...], Finca [...].
Su referencia catastral es: […]
El arrendador declara bajo su personal responsabilidad que la finca
objeto de arriendo se encuentra libre de cargas, gravámenes y arrendamientos.
II.-
Interesando a don/doña [nombre y apellidos] el arrendamiento del local descrito
para el uso comercial que más adelante se describe, por medio de su administrador
único don/doña [nombre y apellidos], ambas parte acuerdan celebrar el presente
contrato de ARRENDAMIENTO, que no es de adhesión y ha sido pactado por ambas
partes de forma expresa y detallada, sin suscripción general del mismo, sino
previa negociación particular de las diferentes estipulaciones y pactos que lo
conforman.
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
Legislación aplicable.
El presente contrato se otorga conforme a lo establecido en la Ley
29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (en adelante LAU), y
conforme a su artículo 4, apartado 3, se regirá por lo libremente pactado en el
presente contrato, y en todo lo no recogido en el mismo, por lo determinado en
el Título III de la citada Ley, y supletoriamente por lo dispuesto en el Código
Civil, al tratarse de un contrato para uso distinto del de vivienda, tal y como
indica el artículo 3 LAU.
SEGUNDA.-
Duración del contrato.
El plazo de duración del contrato será de […] años a partir de la fecha
reseñada en el encabezamiento del presente documento, finalizando por lo tanto
el día […].
Llegada la fecha de vencimiento del contrato, el arrendamiento se
prorrogará de forma automática por plazos anuales si ninguna de las partes
manifestare lo contrario con dos meses de antelación a la fecha del vencimiento
de cada prórroga anual.
Transcurrido los primeros 12 meses, cuyo plazo es de duración
obligatoria para el arrendatario, éste podrá rescindir el contrato anticipadamente,
sin esperar a su finalización, siempre y cuando lo notifique fehacientemente a
la arrendadora con un preaviso mínimo de dos meses de antelación a la fecha de
desalojo, viniendo obligado a abonar el recibo de alquiler hasta la fecha de
desalojo y entrega de llaves.
TERCERA.-
Renuncia a indemnización.
La parte arrendataria renuncia expresamente a lo establecido por el
artículo 34 LAU, por lo que la extinción del contrato por el transcurso del
término convenido, no dará derecho al arrendatario a indemnización alguna a
cargo del arrendador.
CUARTA.-
Destino.
Manifiesta el arrendatario, don/doña [nombre y apellidos], que el local
objeto de este contrato será destinado única y exclusivamente a la venta al por
menor de productos de alimentación, droguería y perfumería, conforme con el
objeto social de la empresa arrendataria.
Será causa de resolución contractual la variación de dicho destino sin
autorización escrita del arrendador, don/doña [nombre y apellidos], aunque se
trate de actividad afín a la descrita.
QUINTA.-
Licencias.
El arrendatario declara conocer plenamente la situación urbanística y de
planeamiento del local arrendado, así como los usos administrativamente
permitidos en el mismo.
Serán de cuenta y riesgo del arrendatario la obtención de los permisos y
licencias que resulten necesarios para la apertura y el desarrollo de su
actividad, siendo a su cargo todos los impuestos, arbitrios y demás
contribuciones que se impongan, correspondientes al negocio o por razón del
mismo.
La validez del presente contrato de arrendamiento no se verá afectada si
el arrendatario no obtiene alguna de las licencias necesarias, incluida la de
apertura, o si cualquiera de ellas es revocada en el futuro, excepto en el caso
de que dichas licencias no se concedan o se revoquen por causas imputables al
arrendador según lo dispuesto en el presente contrato.
SEXTA.-
Objeto.
Es objeto de este arrendamiento la superficie situada dentro de las
paredes del local.
Queda especialmente excluido del arrendamiento el uso de los elementos
comunes de la finca que no guardan relación con el contrato de arrendamiento,
tales como la fachada, partes laterales de la entrada, la azotea, el vestíbulo
de escalera, los ascensores, el garaje y las zonas recreativas.
La colocación en la fachada de rótulos o anuncios de cualquier clase,
necesitará del previo consentimiento escrito del arrendador, que podrá exigir
que no desmerezca del aspecto general del edificio.
Expresamente se prohíbe al arrendatario depositar en la escalera portal
o pasillos del edificio, ni siquiera accidentalmente, mercancías, maquinaria u
otros objetos, obligándose al pago de los desperfectos que se puedan ocasionar
en los elementos comunes de la finca como consecuencia de la conducción de
bultos en general, maquinaría, enseres, etc.
SÉPTIMA.-
Estado actual del local.
La parte arrendataria declara conocer las características y estado de
conservación del local y aceptarlas expresamente.
Igualmente declara recibir el local en perfectas condiciones en cuanto a
su estado de conservación y al correcto funcionamiento de todas y cada una de
sus instalaciones, comprometiéndose a entregarlos como los recibe o, en su
defecto, a satisfacer en metálico el importe de los desperfectos que existan a
la finalización del contrato y que no sean consecuencia del uso normal del
local.
Las modificaciones que se autoricen por la propiedad serán de cuenta y
cargo de la parte arrendataria quien deberá presentar el informe y proyecto de
la obra a realizar con el informe de las compañías suministradoras si ello
fuere preciso.
No obstante lo anterior, a la finalización del contrato, la parte
arrendataria deberá volver a dejar el local en el mismo estado en que se
entrega en el día de hoy.
OCTAVA.-
Renta.
La renta será de […] euros anuales, pagaderos por meses adelantados en
los cinco primeros días de cada mes, siendo la cantidad a abonar mensualmente
de X euros.
El recibo mensual del alquiler irá incrementado con el importe
correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido.
El abono de la renta se deberá verificar por el arrendatario mediante
transferencia bancaria, a la cuenta del arrendador cuyos datos son los siguientes:
Titular: .......
Entidad: .....
Oficina: ......
Cta/cte:
......
El resguardo de ingreso emitido por la entidad bancaria acreditará el
pago de la renta salvo prueba en contrario.
El retraso en el pago de la renta será causa suficiente para la
resolución del contrato, siendo de cuenta del arrendatario los gastos que ello
origine, incluidos los derechos y honorarios de Procurador y Abogado aunque
ellos no fuesen preceptivos.
El arrendatario deberá abonar asimismo a la Agencia Tributaria (u
organismo que la sustituya) el porcentaje de retención correspondiente al
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, porcentaje que se descontará
en los recibos mensuales, debiendo presentar a los arrendadores al final de
año, certificado acreditativo de las retenciones efectuadas.
NOVENA.-
Revisión de renta.
Ambas partes acuerdan que la renta se actualizará cada año según el
Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un
período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada
actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el
que corresponda al último índice publicado en la fecha de celebración del
contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes
siguiente a aquél en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por
escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado. En ningún caso la
demora en aplicar la revisión supondrá renuncia o caducidad de la misma.
DÉCIMA.-
Gastos asumidos por la arrendataria.
Serán de cuenta del arrendatario:
Los gastos derivados del presente contrato, tales como timbre, gestión,
registro, honorarios de la Agencia por su formalización y tramitación, y en su
caso, los de su elevación a escritura pública e inscripción en el Registro de
la Propiedad.
El pago del aumento de prima en el Seguro de Incendios o Multirriesgos del Inmueble, si ésta fuera debida a la
instalación o índole en el local arrendado.
A satisfacer el total del importe del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
que corresponda al local arrendado.
A abonar, independientemente de la renta pactada, los gastos generales
para el adecuado sostenimiento del inmueble, así como sus servicios, tributos,
cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que
correspondan al local arrendado.
De su importe anual resulta que el coste mensual de los gastos y
servicios a los que se refiere el apartado anterior, en la fecha de celebración
del presente contrato, es mensualmente el siguiente:
Servicio de portería
Gastos generales
Impuestos
Tasa de recogida de basuras
Otros
Dichos gastos, se actualizarán anualmente repercutiendo al arrendatario
las variaciones que se produzcan y se señalarán en concepto aparte de la renta
pero integrados en el recibo del alquiler.
UNDÉCIMA.-
Interés de demora.
La renta, cantidades asimiladas y demás conceptos incluidos en los
recibos de alquiler, devengarán un interés de demora de tres puntos porcentuales
por encima del que, en cada momento, sea el interés legal del dinero.
El interés de demora se devengará desde el día en que fuese exigible el
recibo de alquiler.
DUODÉCIMA.-
Fianza.
El arrendador recibe en este acto del arrendatario la suma de […] euros,
un importe igual a dos mensualidades, en concepto de fianza que queda adscrita
a las responsabilidades de la parte arrendataria y que en ningún caso servirá
de pretexto para retrasarse en el pago de la renta.
Asimismo, en caso de prórroga, la arrendataria queda obligada a
incrementar la fianza, a fin de cumplir con la normativa vigente.
Cada vez que el arrendamiento se prorrogue, el arrendador podrá exigir
que la fianza sea incrementada, o el arrendatario que disminuya, hasta hacerse
igual a una mensualidad de la renta vigente al tiempo de la prórroga.
DECIMOTERCERA.-
Servicios y suministros.
El local se arrienda en el estado actual, que el arrendatario manifiesta
conocer y aceptar, de las acometidas generales y ramales o líneas existentes
correspondientes al mismo, para los suministros de los que está dotado el
inmueble.
El arrendatario podrá concertar con las respectivas compañías
suministradoras todos o alguno de los suministros de los que está dotado el
inmueble, con total indemnidad del arrendador.
Los gastos por servicios individuales, mediante aparatos contadores,
tales como luz, agua, teléfono o gas, serán de cuenta exclusiva del
arrendatario, así como la adquisición, conservación y reparación o sustitución
de los contadores.
El arrendador queda exento de toda responsabilidad derivada de cualquier
suministro del local.
Si hubiera que realizar alguna modificación, tanto en las instalaciones
generales de la finca como en las particulares del local arrendado, su coste
será íntegramemte a cargo del arrendatario, caso de
que le interese y desee continuar con el sumnistro de
que se trate. Previamente, deberá contar con la autorización de la propiedad, a
la que habrá de presentar un informe y el proyecto de reformas que en cada caso
deban realizarse.
El arrendatario se hace directa y exclusivamente responsable, y exime de
toda responsabilidad a la propiedad, por los daños que puedan ocasionarse a
personas o cosas y sean derivadas de instalaciones para servicios y suministros
del local arrendado.
DECIMOCUARTA.-
Obras y gastos de conservación.
Con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 LAU, en relación
con el artículo 21 LAU, el Arrendatario vendrá obligado a mantener en buen
estado de uso y conservación el local arrendado, así como todas las
instalaciones en el existentes, debiendo realizar por su cuenta y cargo los
trabajos necesarios para la conservación, reparación y reposición de todos los
elementos arrendados, tales como, (a título enunciativo y no limitativo)
instalaciones eléctricas, control de climatización, agua, puertas, ventanas,
cristales, etc. en la medida necesaria para su uso normal.
Asimismo será responsable de la reparación de todos los elementos que se
estropeen, incluidas instalaciones generales del edificio, como consecuencia de
un uso negligente o inapropiado de las mismas. En todo caso las reparaciones y
reposiciones serán previamente coordinadas con el arrendador.
Si el arrendatario no efectuara los trabajos necesarios de
mantenimiento, conservación y reparación, el arrendador notificará dicha
circunstancia al arrendatario. Si en los quince días siguientes a la recepción
de la notificación el arrendatario no hubiera acometido dichas obras, éstas
podrán ser realizadas por el arrendador que facturará su importe al
arrendatario. Si el arrendatario se negara a abonar al arrendador los gastos de
mantenimiento, incurrirá en causa de incumplimiento y el arrendador tendrá
derecho a resolver el contrato.
DECIMOQUINTA.-
Obras del arrendatario.
El arrendatario no podrá practicar obras de clase alguna en el local,
sin previo permiso por escrito de la propiedad.
En todo caso, las obras así autorizadas serán de cargo y cuenta del
arrendatario, y quedarán en beneficio de la finca, sin derecho a indemnización
o reclamación en momento alguno.
El permiso municipal, será también, de cuenta y cargo del arrendatario,
así como la dirección técnica o facultativa en su caso.
Tales obras no podrán, en ningún caso, atentar contra la estructura,
estética o seguridad del edificio, las normas de la comunidad de propietarios y
la normativa urbanística.
El arrendatario será única e individualmente responsable de los daños
que puedan causarse al Edificio, al local arrendado o a cualquier tercero como
consecuencia de las obras llevadas a cabo por él en el local arrendado. El
consentimiento previo del arrendador no implicará ninguna limitación de la
responsabilidad del arrendatario. A este respecto, el arrendatario mantendrá al
arrendador indemne como consecuencia de las obras efectuadas por el
arrendatario.
La realización de obras sin la autorización escrita del arrendatario,
dará lugar a la resolución del contrato.
DECIMOSEXTA.-
Obras del arrendador.
Los contratantes convienen con renuncia expresa a lo dispuesto en el
artículo 30 LAU, en relación con los artículos 22 y 26 LAU, que para el caso de
que el arrendador deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá
notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al
arrendatario, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho
que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes desde dicha notificación,
de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante, sin que
proceda ninguna indemnización a cargo del arrendador por tal motivo.
Asimismo, el arrendatario renuncia a toda reducción de renta por razón
de la parte del local de la que sea privado a causa de aquellas y a percibir
indemnización por los gastos que las obras le obliguen a efectuar.
DECIMOSÉPTIMA.-
Daños.
La parte arrendataria se hace directa y exclusivamente responsable de
cuantos daños puedan ocasionarse a terceras personas o cosas, y sean
consecuencia directa o indirecta del negocio instalado, del mal uso del mismo,
y de la actuación de sus empleados, eximiendo de toda responsabilidad a la
propiedad por dichas causas.
Asimismo, el arrendatario se compromete a contratar y mantener en
vigencia, a su costa y durante el plazo de vigencia del contrato locaticio, una póliza de seguro de responsabilidad civil
que cubra el riesgo de daños y prejuicios que pudieran ocasionarse a personas o
cosas, o al propio inmueble, como consecuencia del uso del local, sea por actos
u omisiones del arrendatario o del personal dependiente.
DECIMOCTAVA.-
Obligaciones de la parte arrendataria.
La arrendataria viene obligada:
A no instalar transmisiones, motores, máquinas, etc., que produzcan
vibraciones o ruidos molestos para los demás ocupantes del inmueble o de los
colindantes de la propiedad, o que puedan afectar a la consistencia, solidez o
conservación del inmueble.
A no almacenar o manipular en el local materias explosivas, inflamables,
incómodas o insalubres, y observar en todo momento las disposiciones vigentes.
A permitir el acceso en el local, al propietario, al Administrador y a
los operarios o industriales mandados por cualquiera de ambos, para la realización,
inspección y comprobación de cualquier clase de obras o reparaciones que
afecten al inmueble.
Hallándose el local integrado en un inmueble en Régimen de Comunidad en
Propiedad Horizontal, a cumplir en todo momento las normas estatutarias,
reglamentarias y a los acuerdos que la Comunidad de Propietarios tenga establecidos
o establezcan, en orden a la utilización de los servicios, elementos
comunes y buen régimen de convivencia.
DECIMONOVENA.-Derecho
de adquisición preferente.
En caso de venta de la finca arrendada, el arrendatario renuncia
expresamente al derecho de adquisición preferente establecido en el artículo 31
LAU, que remite al artículo 25 LAU.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario
renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de
duración pactada superior a cinco años»].
VIGÉSIMA.-
Cesión y subarriendo.
La parte arrendataria renuncia expresamente al derecho de traspaso así
como a cualquier tipo de cesión o subarriendo del local arrendado en el régimen
establecido en el artículo 32 LAU.
En especial, siendo la arrendataria una sociedad mercantil, con renuncia
a lo establecido en el número 3 del artículo 32 LAU, se reputará cesión el
cambio producido en la persona del arrendatario por consecuencia de la fusión,
transformación o escisión de la sociedad arrendataria.
VIGÉSIMO PRIMERA.-
Extinción del arrendamiento y restitución del local.
A la expiración del contrato o su resolución judicial firme, la
arrendataria está obligada a desalojar el inmueble dejándolo libre, vacío y a
disposición de la propiedad, debiendo hacer entrega de las llaves en el
domicilio de la parte arrendadora.
VIGÉSIMO SEGUNDA.-
Inscripción.
A instancia de cualquiera de las dos partes y en cualquier momento de
vigencia del arrendamiento, el documento presente podrá ser elevado a escritura
pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad.
Los gastos y derechos derivados de esta operación correrán a cargo de
las dos partes, distribuyéndose a partes iguales entre las mismas.
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Modelo 2
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO
PARA
DISTINTO DEL DE VIVIENDA
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este
momento y en el presente documento, será designado como parte ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
Ambos actúan en su propio nombre y derecho, se reconocen capacidad para
celebrar este contrato y MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que el
arrendador, don/doña [nombre y apellidos], es titular, en concepto de dueño,
del local de negocio que se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm. [...], planta […], puerta […], de la calle […],
de la Ciudad […], con los siguientes anejos:
Trastero, situado en la planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en la planta […], núm. […].
SEGUNDO. Que,
siendo deseo del ARRENDADOR y del ARRENDATARIO proceder al ARRENDAMIENTO del inmueble citado, lo llevan a
efecto por medio del presente contrato y con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS:
PRIMERA. Duración del contrato.
El plazo de duración del contrato será de […] años a partir de la fecha
reseñada en el encabezamiento del presente documento, finalizando por lo tanto
el día […].
Llegada la fecha de vencimiento del contrato, el arrendamiento se
prorrogará de forma automática por plazos anuales si ninguna de las partes
manifestare lo contrario con dos meses de antelación a la fecha del vencimiento
de cada prórroga anual.
Transcurrido los primeros 12 meses, cuyo plazo es de duración
obligatoria para el arrendatario, éste podrá rescindir el contrato anticipadamente,
sin esperar a su finalización, siempre y cuando lo notifique fehacientemente a
la arrendadora con un preaviso mínimo de dos meses de antelación a la fecha de
desalojo, viniendo obligado a abonar el recibo de alquiler hasta la fecha de
desalojo y entrega de llaves.
SEGUNDA. Una vez
haya transcurrido el plazo de duración del contrato, el arrendatario deberá
dejar a disposición del arrendador el bien cuyo uso se cede, y ello sin
necesidad de ningún requerimiento expreso del arrendador.
TERCERA. Don/doña
[nombre y apellidos] recibe el inmueble descrito en perfecto estado y útil para
el fin a que se destina, [...], como así reconoce explícitamente.
CUARTA. El
arrendatario abonará, en concepto de renta, al arrendador la cantidad de […]
euros mensuales.
Ambas partes acuerdan que la renta se actualizará cada año según el
Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un
período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada
actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el
que corresponda al último índice publicado en la fecha de celebración del
contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes
siguiente a aquél en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por
escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado. En ningún caso la
demora en aplicar la revisión supondrá renuncia o caducidad de la misma.
QUINTA. El
arrendador recibe en este acto del arrendatario la suma de […] euros, un
importe igual a dos mensualidades, en concepto de fianza que queda adscrita a
las responsabilidades de la parte arrendataria y que en ningún caso servirá de
pretexto para retrasarse en el pago de la renta.
Asimismo, en caso de prórroga, la arrendataria queda obligada a
incrementar la fianza, a fin de cumplir con la normativa vigente.
Cada vez que el arrendamiento se prorrogue, el arrendador podrá exigir
que la fianza sea incrementada, o el arrendatario que disminuya, hasta hacerse
igual a una mensualidad de la renta vigente al tiempo de la prórroga.
SEXTA. Los
gastos ocasionados por servicios con que cuenta la finca y que se
individualizan mediante aparatos contadores, así como los gastos de la
comunidad donde se halla el local que se alquila e impuestos repercutibles,
serán abonados, junto con la renta debida, por el arrendatario.
SÉPTIMA.
Legislación aplicable.
El presente contrato se otorga conforme a lo establecido en la Ley
29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (en adelante LAU), y
conforme a su artículo 4, apartado 3, se regirá por lo libremente pactado en el
presente contrato, y en todo lo no recogido en el mismo, por lo determinado en
el Título III de la citada Ley, y supletoriamente por lo dispuesto en el Código
Civil, al tratarse de un contrato para uso distinto del de vivienda, tal y como
indica el artículo 3 LAU.
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
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CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este
momento y en el presente documento, será designado como parte ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho, se reconocen
capacidad para celebrar este contrato y
MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA, el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se detallarán.
SEGUNDO. Que la
parte ARRENDADORA, don/doña [nombre y apellidos], es titular, en concepto de
dueño, de la vivienda que se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm. [...], planta […], puerta […], de la calle […],
de la Ciudad […], con los siguientes anejos:
Trastero, situado en la planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en la planta […], núm. […].
TERCERO. Que siendo
deseo del ARRENDADOR y del ARRENDATARIO proceder al ARRENDAMIENTO del inmueble
citado, lo llevan a efecto por medio del presente contrato y con sujeción a las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL.
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA.
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS.
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en [indicar datos bancarios correspondientes].
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular sobre
la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas y
cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN.
La duración del presente contrato será de DOS AÑOS a contar desde la
fecha del mismo. Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará
obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar una duración mínima de cinco
años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de
antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera
de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
QUINTA.-.
GARANTÍAS Y FIANZA.
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta bonificada ([...] €) en concepto de fianza, suma que el
arrendador devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a
contar desde el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en
su caso las cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o
cantidades asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el presente contrato.
SEXTA.-
ENTREGA DE LLAVES.
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
SÉPTIMA.-
OBRAS.
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la
finca precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por
escrito de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras
realizadas quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación
alguna o indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No
obstante lo anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a
su costa, a la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo
caso de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO.
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO.
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO.
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO.
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO.
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad
correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por cuenta del
solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO.
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas
penalizaciones podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del
contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario
renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de
duración pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA,
RENUNCIA
AL DERECHO DE ADQUISICIÓN PREFERENTE EN VENTA
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este
momento y en el presente documento, será designado como parte ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho, se reconocen
capacidad para celebrar este contrato y
MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA, el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se detallarán.
SEGUNDO. Que la
parte ARRENDADORA, don/doña [nombre y apellidos], es titular, en concepto de
dueño, de la vivienda que se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm. [...], planta […], puerta […], de la calle […],
de la Ciudad […], con los siguientes anejos:
Trastero, situado en la planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en la planta […], núm. […].
TERCERO. Que siendo
deseo del ARRENDADOR y del ARRENDATARIO proceder al ARRENDAMIENTO del inmueble
citado, lo llevan a efecto por medio del presente contrato y con sujeción a las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL.
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA.
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS.
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en [indicar datos bancarios correspondientes].
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN.
La duración del presente contrato será de [más de cinco] AÑOS a contar
desde la fecha del mismo. Durante los cinco primeros años, transcurridos los
dos primeros años, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos
anuales hasta alcanzar una duración mínima de cinco años, salvo que el
arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como
mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas,
su voluntad de no renovarlo.
Una vez transcurridos los cinco primeros años de duración del contrato,
el arrendador podrá enajenar libremente la vivienda y los bienes anejos a la
misma. Tal enajenación, llevará consigo la extinción del arrendamiento,
debiendo el arrendatario dejar libres y expeditos los bienes cuyo uso adquiere
con este contrato, cuando así se le requiera por el nuevo adquirente.
QUINTA.-.
GARANTÍAS Y FIANZA.
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta bonificada ([...] €) en concepto de fianza, suma que el
arrendador devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a
contar desde el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en
su caso las cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o
cantidades asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el presente contrato.
SEXTA.-
ENTREGA DE LLAVES.
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
SÉPTIMA.-
OBRAS.
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la finca
precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por escrito
de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras realizadas
quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación alguna o
indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No obstante lo
anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a su costa, a
la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo
caso de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO.
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO.
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO.
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO.
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO.
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la
Propiedad correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por
cuenta del solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO.
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas
penalizaciones podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre, una vez que hayan
transcurrido, en su caso, los cinco primeros años de vigencia del contrato de
arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario
renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de
duración pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA AMUEBLADA
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este
momento y en el presente documento, será designado como parte ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho, se reconocen
capacidad para celebrar este contrato y
MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA AMUEBLADA, el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se detallarán.
SEGUNDO. Que la
parte ARRENDADORA, don/doña [nombre y apellidos], es titular, en concepto de
dueño, de la vivienda que se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm. [...], planta […], puerta […], de la calle […],
de la Ciudad […], con los siguientes anejos:
Trastero, situado en la planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en la planta […], núm. […].
INVENTARIO
DE MOBILIARIO INTEGRANTE DE LA VIVIENDA
|
En Vestíbulo |
|||
|
CANTIDAD |
MOBILIARIO |
|
|
|
|
|
|
|
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|
En Cocina y Lavadero |
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|
CANTIDAD |
MOBILIARIO |
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|
|
|
|
|
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|
|
|
|
En Primera habitación (descripción) |
|||
|
CANTIDAD |
MOBILIARIO |
|
|
|
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|
|
|
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|
|
En Segunda habitación (descripción) |
|
CANTIDAD |
MOBILIARIO |
|
|
|
|
|
|
|
|
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|
|
|
|
|
|
|
|
|
En Tercera habitación (descripción) |
|
|||
|
CANTIDAD |
MOBILIARIO |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
En Salón Comedor |
|||
|
CANTIDAD |
MOBILIARIO |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Ajuar domestico (sabanas, mantas, colchas,
almohadas, etc) |
|
|||
|
CANTIDAD |
MOBILIARIO |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Ambas partes, ARRENDADORA Y ARRENDATARIA, corroboran la existencia de
los bienes inventariados, así como su buen estado. La parte ARRENDATARIA los
acepta, recibe y se compromete a mantenerlos en el mismo buen estado en que los
recibe, así como, a su devolución a la parte ARRENDADORA, una ver finalice el
arrendamiento de vivienda aquí contratado.
TERCERO. Que siendo
deseo del ARRENDADOR y del ARRENDATARIO proceder al ARRENDAMIENTO del inmueble
citado, lo llevan a efecto por medio del presente contrato y con sujeción a las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL.
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA.
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón de
[...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que esté
en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS.
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en [indicar datos bancarios correspondientes].
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN.
La duración del presente contrato será de DOS AÑOS a contar desde la
fecha del mismo. Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará
obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar una duración mínima de cinco
años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de
antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera
de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
QUINTA.-.
GARANTÍAS Y FIANZA.
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta bonificada ([...] €) en concepto de fianza, suma que el
arrendador devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a
contar desde el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en
su caso las cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o
cantidades asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el presente contrato.
SEXTA.-
ENTREGA DE LLAVES.
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
SÉPTIMA.-
OBRAS.
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la finca
precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por escrito
de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras realizadas
quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación alguna o
indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No obstante lo
anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a su costa, a
la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo
caso de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO.
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO.
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO.
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO.
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO.
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la
Propiedad correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por
cuenta del solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO.
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas
penalizaciones podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del
contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario
renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de
duración pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
B4.– Contrato de arrendamiento de vivienda con
opción de compra,
siete modelos
Modelo 1
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
CON OPCIÓN
DE COMPRA
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con domicilio en calle [...] y
DNI. nº [...], en adelante, la ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de [...] y
DNI. nº [...], quien, a partir de este momento y en el presente documento, será
designado como parte ARRENDATARIA.
INTERVIENEN
El primero en nombre y representación de la entidad mercantil CZZ, S.L.,
con CIF nº [...], constituida el [...], ante el Notario de [...] Don [nombre y
apellidos] de [...], e inscrita en el Registro Mercantil de [...], al Tomo
[...], Folio [...], Hoja [...], inscripción [...]ª.
El segundo en su propio nombre y derecho.
Ambas partes se reconocen la capacidad suficiente para la formalización
del presente contrato.
MANIFIESTAN
1º) Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA CON OPCIÓN DE COMPRA, el cual se regirá por las cláusulas que más
adelante se detallarán.
2º) Que la
Sociedad CZZ, S.L. es dueña en pleno dominio de la siguiente finca edificable
sita en el término municipal de [...].
Es un solar, que le pertenece por compra a CZZ, S.L., mediante escritura
otorgada el día [...] ante el notario de [...] Don [nombre y apellidos], con el
nº [...] de protocolo, se halla inscrito en el Registro de la Propiedad de
[...], en el tomo [...], libro [...], folio [...], finca registral nº [...],
inscripción [...]ª, cuya descripción, según dicha inscripción, es la siguiente:
[Descripción]
3º) Que el
ARRENDADOR es propietario y promotor de la vivienda pareada nº [...],
proyectada sobre la manzana nº [...], inscrita en el Registro de la Propiedad
de [...], al tomo [...], libro [...], folio [...], finca nº [...]; con una
superficie de [...] metros cuadrados construidos, y sin que se encuentre dotada
de mobiliario ni utensilios alguno.
Dicha vivienda le pertenece al ARRENDADOR en virtud de escritura de
declaración de obra nueva en construcción y división horizontal otorgada en
[...], el día [...], ante el Notario Don [nombre y apellidos], con el número
[...] de protocolo.
4º) Que siendo
deseo del ARRENDADOR y del ARRENDATARIO proceder al ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE
COMPRA del inmueble citado, lo llevan a efecto por medio del presente contrato
y con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL.
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA.
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
No obstante lo anterior, motivado por la citada falta de mobiliario y
utensilios necesarios a la habitabilidad de la vivienda que es objeto del presente
contrato con los consecuentes gastos que ello habrá de ocasionar al
ARRENDATARIO, durante los dos primeros años del arrendamiento se otorgará al
arrendatario una bonificación del 40% en la renta anual aplicable en cada uno
de dichos años. En consecuencia, la renta anual bonificada correspondiente al primer
año de duración del contrato será de [...] euros, a razón de [...] euros
mensuales, que se incrementarán en el IVA correspondiente. Por el mismo motivo,
no será de aplicación la actualización de renta, mencionada en el párrafo
anterior, hasta la finalización del segundo año de contrato (período
bonificado).
Para atender al pago de la renta de los dos primeros años, la parte
compradora entrega a la vendedora en este acto los siguientes pagarés:
|
Vencimiento |
Neto |
IVA |
Total |
|
[...] |
[...] |
[...] |
[...] |
|
[...] |
[...] |
[...] |
[...] |
|
[...] |
[...] |
[...] |
[...] |
|
[...] |
[...] |
[...] |
[...] |
TOTALES
|
Vencimiento |
Neto |
IVA |
Total |
|
|
[...] |
[...] |
[...] |
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS.
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en (indicar datos bancarios correspondientes).
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN.
La duración del presente contrato será de DOS AÑOS a contar desde la
fecha del mismo. Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará
obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar una duración mínima de cinco
años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de
antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera
de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
QUINTA.-.
GARANTÍAS Y FIANZA.
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta ([...] €) en concepto de fianza, suma que el arrendador
devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a contar desde
el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en su caso las
cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o cantidades
asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el contrato quedando
igualmente sin efectos el derecho de opción de compra.
SEXTA.-
ENTREGA DE LLAVES.
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
SÉPTIMA.-
OBRAS.
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la
finca precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por
escrito de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras
realizadas quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación
alguna o indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No
obstante lo anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a
su costa, a la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo
caso de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO.
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto. La resolución del
presente contrato acarreará en todo caso la extinción del derecho de opción de
compra suscrito por las partes.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO.
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO.
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO.
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure mientras no sea
ejercitada la opción de compra.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO.
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la
Propiedad correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por
cuenta del solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO.
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas penalizaciones
podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A
LOS DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
Sin perjuicio del Derecho de Opción de Compra que se le reconoce la
parte ARRENDATARIA a ejercitar en los términos que se expondrán a continuación,
dicha parte, por el presente contrato Renuncia expresamente a los Derechos de
Tanteo y Retracto que reconoce el Art. 25 la Ley de Arrendamientos Urbanos
29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del contrato de arrendamiento.
OPCIÓN DE
COMPRA
PRIMERA.- En este
mismo acto y documento, el ARRENDADOR concede, al ARRENDATARIO, un derecho de
opción de compra, que acepta sin manifestarse sobre su posible ejercicio
futuro.
Esta opción de compra la concede el ARRENDADOR al ARRENDATARIO con
carácter personalísimo, por lo que el ARRENDATARIO no podrá cederla ni designar
a un tercero, en el momento del otorgamiento de la escritura pública de
transmisión del dominio, sin consentimiento expreso del ARRENDADOR.
SEGUNDA.- Las
cantidades hasta ahora entregadas a la Promotora, recogidas en el anterior
contrato de Compraventa, suscrita por ambas partes de fecha [...], por un
importe de [...] (7% IVA incluido), pasan a convertirse en el presente contrato
en precio de la opción de compra (16 % IVA incluido), otorgando la parte
ARRENDADORA con la firma del presente contrato la más eficaz carta de pago.
En caso de no ejercitarse la opción de compra, la presente cantidad
quedará definitivamente en poder de la parte ARRENDADORA.
TERCERA.- Esta
opción de compra deberá ser ejercitada por el ARRENDATARIO en cualquier momento
a partir del día de entrada en vigor del presente contrato y antes de cumplirse
dos años desde dicho momento. Transcurrido dicho plazo de dos años sin
ejercitar este derecho el ARRENDATARIO, la opción de compra se extinguirá ipso
iure, sin perjuicio de que el arrendamiento puede seguir en vigor hasta la
finalización del periodo legalmente previsto.
CUARTA.- Para el
ejercicio de esta opción de compra, el ARRENDATARIO deberá notificar
fehacientemente al ARRENDADOR, con una antelación de dos meses, no sólo su
intención de ejercitar este derecho, sino también la fecha, lugar y Notaría
ante la cual se procederá a la transmisión patrimonial del inmueble, en virtud
del otorgamiento de la correspondiente escritura pública y pago del precio de
la compraventa convenido.
QUINTA.- Para el
supuesto de ejercicio de la opción de compra, el Precio de la compraventa será
alzado, y global, por un importe de [...] euros, que se incrementará en el IVA
correspondiente, al tipo que en dicho momento éste vigente, y que en la actualidad
es del 7 por ciento.
De dicho precio se descontarán los siguientes conceptos:
– El cien por cien (70%) de las mensualidades satisfechas en concepto de
renta de arrendamiento hasta la fecha de ejercicio de la opción (IVA excluido),
que conceptualmente pasan de ser “cuotas por arrendamiento” a anticipos del
precio de la vivienda.
– El importe satisfecho en concepto de “precio de opción” (IVA
excluido), que conceptualmente pasa de ser “precio de la opción” a anticipos
del precio de la vivienda.
Si la parte arrendataria decidiera ejercitar la opción de compra sobre
la vivienda objeto de este contrato, de conformidad con el criterio mantenido
por la Dirección General de Tributos, los dos conceptos anteriormente
mencionados en las letras a) y b), que pasan a integrar el precio del inmueble,
y hasta ese momento gravados como operación sujeto al tipo del 16%, deberán
gravarse al tipo de IVA correspondiente a la transmisión de la vivienda, es
decir, al tipo del 7%. Para llevar a efecto lo anteriormente expuesto, en el
momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa, la parte
arrendadora deberá devolver los importes correspondientes a la diferencia de
tipos impositivos derivados de la rectificación de las cuotas del IVA
soportadas por la parte arrendataria. Dicha devolución no generará intereses de
ningún tipo a favor de la parte arrendataria, acordando las partes que los
mencionados importes se entenderán a su vez ya entregados como parte del precio
de la vivienda, al igual, que los dos conceptos mencionados anteriormente.
En caso que la parte arrendataria no ejercitara la opción de compra
sobre la vivienda que aquí se le otorga, no procederá rectificación alguna de
las cuotas de IVA soportadas.
SEXTA.- El
ejercicio de esta opción de compra sólo podrá llevarse a efecto en virtud del
otorgamiento de correspondiente escritura pública; transmitiéndose el inmueble
libre de toda carga y gravamen y verificándose el pago total de la cantidad
determinada, al contado, en el momento de la firma del documento público;
corriendo el ARRENDATARIO con todos los gastos dimanantes de esta transmisión
patrimonial a su favor, salvo el correspondiente al Impuesto Municipal sobre
Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que será por cuenta
del ARRENDADO-VENDEDOR
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Modelo 2
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
CON OPCIÓN
DE COMPRA
En [Lugar y fecha]
REUNIDOS
DE UNA
PARTE:
D. [nombre y apellidos], mayor de edad, provisto de N.I.F./N.I.E. [...], con domicilio en [...] y Dª [nombre y
apellidos], mayor de edad, provista de N.I.F.//N.I.E. [...], con domicilio en
[...].
En adelante Parte Arrendataria o Arrendatario.
DE OTRA
PARTE:
D. [nombre y apellidos], mayor de edad, provisto de N.I.F. nº [...] en
Nombre y Representación, como Apoderado, de la Sociedad Mercantil [...],
S.L.U., con C.I.F. nº [...], inscrita en el Registro Mercantil de [...], en el
Tomo [...], Libro [...], Folio [...], Hoja nº [...]. Dicha representación se
acredita mediante presentación del Poder otorgado por el Notario del Ilustre
Colegio de Málaga, D. [...], inscrito con el número [...] de fecha [...] de su
Protocolo.
En adelante Parte Arrendadora o Arrendador.
Reconociéndose ambas partes, según intervienen, la mutua capacidad legal
suficiente para obligarse, convienen celebrar el presente Contrato Privado de
Arrendamiento de Vivienda con Opción de compra, y a tal fin.
MANIFIESTAN
PRIMERA.- Que la
Sociedad [...], S.L.U. es propietaria en pleno dominio del siguiente inmueble:
Vivienda sita en [...], con una superficie útil de [...] m2 .
Del mismo modo, son propietarios de la plaza de aparcamiento nº [...], anejos a
dicha vivienda.
Dicha vivienda y elementos anejos se encuentran pendiente de inscripción
en el Registro de la Propiedad Número uno de [...].
SEGUNDA.- Que
hallándose D. [nombre y apellidos] en tomar en arrendamiento la citada vivienda
y anejos con opción a compra y reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica
necesaria para otorgar el presente contrato, ambas partes lo llevan a efecto
con sujeción a las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA.-
OBJETO Y CONSENTIMIENTO.- Sociedad [...], S.L.U. arrienda a D.
[nombre y apellidos], que acepta, la vivienda, plaza de garaje y trastero
descritos en la Manifestación Primera de este contrato, libre de cualquier tipo
de carga y ocupantes y cuya extensión, circunstancias, uso, características y
demás conoce y acepta la parte arrendataria. El arrendatario acepta este
arrendamiento.
La vivienda indicada se destinará al domicilio habitual de la parte
arrendataria, que no podrá modificar el destino que se pacta, ni convertirla en
local de negocio.
El arrendatario declara haber recibido con anterioridad a este acto el
Documento Informativo Abreviado establecido por el Decreto 218/2005, de 11 de
octubre (Anexo VI) de la Junta de Andalucía.
El presente contrato entrará en vigor el día [...], fecha en que se estima
que se habrán obtenido todos los permisos y autorizaciones necesarias. De todas
formas, esta fecha puede sufrir algún tipo de variación por causas no
imputables al Arrendador y, en este caso se tomaría como fecha de de entrada en
vigor aquella en que se hubiesen obtenido los permisos antes mencionados, ya
sea antes o después del citado [...].
SEGUNDA.-
DURACIÓN.- El Arrendamiento tendrá una duración de Dos años, transcurrido el
cual podrá prorrogarse por años, a instancias del arrendatario, hasta un máximo
de cinco años previsto en la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos, por lo que
quedará en todo caso extinguido por cumplimiento del término pactado [...], o
fecha que corresponda a los cinco años de su entrada en vigor, con expresa
renuncia de la arrendataria a prórroga forzosa.
Vencido el presente contrato, ambas partes pactan que, de no mediar
notificación del arrendador o arrendataria, dándolo por resuelto, se producirá
su prórroga por tácita reconducción por los plazos comprendidos en el artículo
1581 del Código Civil.
Para que pueda producirse la prórroga anual hasta el máximo de cinco
años pactado o tácita reconducción, la parte arrendataria deberá haber cumplido
las siguientes condiciones:
a) No haber enervado acción de desahucio por falta de pago de la renta
instada por la propiedad de la vivienda.
b) Estar al corriente del pago de la renta y de las restantes
obligaciones de carácter económico inherente a su condición de arrendataria en
virtud de lo pactado en el presente contrato.
c) Preavisar al propietario, por escrito, con un mes de antelación con
respecto a la fecha de finalización de cada anualidad pactada.
No será necesaria previa denuncia ni notificación de las partes para la
extinción del presente contrato.
TERCERA.-
RENTA.- La renta del Arrendamiento se estipula en la cantidad de [...] €, que
se pagará mensualmente por adelantado, entre los días 1 y 5 de cada mes, en una
cuantía de [...] €.
El pago deberá hacerse obligatoriamente mediante domiciliación bancaria
de los recibos. En dicha renta, no están incluidos los gastos de comunidad.
La citada renta estará sujeta a los impuestos correspondientes, que
serán por cuenta del Arrendatario.
CUARTA.-
REVISIÓN DE LA RENTA.- En el supuesto de que el contrato se prorrogara,
la renta será revisada anualmente, modificándose en más o menos la renta
anterior a la fecha de la revisión, en el porcentaje en que haya variado, desde
la fecha del contrato en la primera revisión anual y desde la anterior en las
ulteriores, el Índice “Grupo Viviendas en Alquiler” o Índice General de Precios
al Consumo, (si el primero no se publicase), publicado por el Instituto
Nacional de Estadística u Organismo que en el futuro, pudiese tener sus
competencias.
La revisión surtirá efectos automáticamente, sin necesidad siquiera de
notificarlo al Arrendatario, los días en que se cumplan los sucesivos años de
duración del Contrato. Y en el supuesto de que en tales días no se hubiese
publicado todavía los respectivos índices, la Arrendadora podrá optar por
aplicar el último que se conozca, teniendo derecho a efectuar un reajuste, con
carácter retroactivo, tan pronto se publique dicho índice.
Mientras dure el contrato se podrá llevar a cabo la revisión al
cumplirse cada anualidad de vigencia, y a tal fin se tomará como base, para aplicar
el Índice General de Precios de Consumo, la renta inicial o contractual sólo en
la primera revisión; en las siguientes, la base será el resultado de la renta
ya revisada en los años anteriores.
En todo caso, el límite marcado por la Ley para este tipo de contrato es
de cinco años y a él se sujetan las partes, quedando en todo caso y firmemente
extinguido al cumplirse dicha fecha, es decir, al cumplirse los cinco años
desde su entrada en vigor.
QUINTA.-
CESIÓN Y SUBARRIENDO.- Por ningún concepto podrá el Arrendatario ceder
o subarrendar, parcial o totalmente, la vivienda y/o anejos objeto del presente
contrato, sin consentimiento escrito del Arrendador.
SEXTA.-
CONSERVACIÓN, MEJORA Y OBRAS DEL ARRENDATARIO.- La
realización de obras en la vivienda y/o anejos objeto de arrendamiento
requerirá la previa y expresa autorización del arrendador, sin que en ningún
caso las mismas, cuando se autoricen, puedan comprometer la estructura de la
finca, obligándose el arrendatario a la conservación y cuidado de la vivienda y
anejos arrendada con la diligencia de un buen padre de familia; para la
autorización de tales obras el arrendataria justificará suficientemente al
arrendador en qué consistirán las mismas, por escrito, a lo que la propiedad
deberá prestar expreso consentimiento. Tales obras quedarán en beneficio de la
propiedad, sin que el arrendatario tenga derecho a pago de indemnización
alguna.
Al amparo de la libertad de pactos que confiere la vigente Ley de
Arrendamientos Urbanos, se conviene que las obras de conservación y mantenimiento
de la vivienda, anejos y servicios sean de cuenta del arrendatario, obligándose
el arrendatario a mantenerlos en perfecto estado de uso, conservación y ornato,
tanto del interior como del exterior de la finca urbana, instalaciones y
servicios, realizando por su cuenta y a su cargo las reparaciones y operaciones
de mantenimiento necesarias a tales fines. Las obras realizadas con los
requisitos antes mencionados quedarán en beneficio de la propiedad, sin que el
arrendatario tenga derecho a pago de indemnización alguna.
El arrendatario queda obligado a permitir la entrada en la vivienda y
anejos al arrendador o quienes ostenten su representación, a fin de examinar su
estado de conservación.
SÉPTIMA.-
FIANZA Y GARANTÍA.- Conforme a lo previsto en el artículo 36 de la
vigente Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, la Entidad Arrendadora recibe en
este acto del Arrendatario, el importe de una mensualidad de renta en concepto
de fianza, el cual se devolverá por el Arrendador en el momento que se extinga
el presente contrato, siempre que no existiese ninguna mensualidad pendiente de
abono por parte del Arrendatario.
La parte arrendataria aportará antes de la entrada en vigor del presente
contrato, en garantía del pago de la renta pactada, aval bancario solidario y a
primer requerimiento, aval por el importe de [...] euros ([...] euros) que se
hará efectivo en caso de impago de rentas por la parte arrendataria.
OCTAVA.- Serán
de cuenta y cargo del arrendatario el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
NOVENA.- Son
causas de resolución del presente contrato, además de las previstas en el
artículo 35 de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de alguna de las obligaciones pactadas en el mismo.
DÉCIMA.- En todo
lo no previsto en el presente contrato se estará a lo dispuesto por la vigente
Ley de Arrendamientos Urbanos para los arrendamientos de vivienda.
UNDÉCIMA.- Todos
los servicios y suministros con que cuente la finca (agua, saneamiento, gas,
luz, etc.) serán por cuenta exclusiva del arrendatario, aunque los recibos
vengan a nombre del propietario, así como los gastos de su conservación y
mantenimiento, y los que ocasionen las reparaciones, sustituciones o
modificaciones que fueren precisas introducir en los mismos, bien por
conveniencia justificada de la propiedad, por ser exigidos por las Compañías
suministradoras de los servicios, o por disposición legal.
Se establece expresamente que las cantidades a abonar por los servicios
y suministros mencionados anteriormente, así como los que correspondan a la
parte proporcional en el sostenimiento de la Comunidad de Propietarios, tendrán
el carácter de cantidades asimiladas a la renta.
DUODÉCIMA.- El
arrendatario hace expresa renuncia a todo derecho de adquisición preferente
(tanteo y retracto), así como a cualquier indemnización derivada de la
extinción de este contrato, pese a que no se prorrogue el arriendo, una vez
transcurra el plazo contractual.
DECIMOTERCERA.- El
Arrendatario acepta la servidumbre que supone la existencia de las
instalaciones comunes del edificio, tales como tuberías de agua, desagües,
etc., por lo que en caso de averías habrá de facilitar la entrada al personal
que haya de ocuparse de la conservación o reparación de dichas instalaciones.
DECIMOCUARTA.-
OPCIÓN DE COMPRA. Expresamente pactan las partes la siguiente
opción de compra:
Se concede al arrendatario la opción de comprar la vivienda y,
conjuntamente, los anejos objeto del presente contrato, que podrá ejercitar la
parte arrendataria durante los dos primeros años de vigencia del arrendamiento.
El precio de compra establecido desde ahora para el caso de ejercicio de
esta opción asciende a la cantidad de [...] euros, impuestos y gastos aparte,
precio que se mantendrá durante los dos primeros años de vigencia de la opción.
A partir del inicio del tercer año el precio será de [...] euros, a partir del
cuarto año será de [...] euros y, a partir del inicio del quinto año será de
[...] euros.
Si el arrendatario ejercitase la opción de compra pactada durante los
dos primeros años de arrendamiento, se descontarán del precio de compra las
rentas abonadas hasta ese momento. Expresamente se pacta que única y
exclusivamente se considerará renta a los efectos del descuento del precio de
que se trata en esta estipulación la cláusula TERCERA de este contrato,
quedando, por tanto, expresamente excluidas de tal consideración las cantidades
satisfechas por el arrendatario en concepto distinto aunque sean asimiladas a
renta (gastos de Comunidad, servicios, suministros, etc. Relacionados en la
estipulación Décimo primera).
Si se ejercitase la opción de compra una vez transcurridos los dos
primeros años, no habrá lugar a deducción alguna del precio.
El derecho a opción de compra se extinguirá en todo caso una vez
transcurrido los cinco años máximos de duración del contrato con sus prórrogas,
sin necesidad de preaviso alguno por ninguna de las partes.
En este acto recibe la parte arrendataria el Documento Informativo
Abreviado establecido por el Decreto 218/2005, de 11 de octubre, de la Junta de
Andalucía, que contiene las condiciones a que necesariamente se sujetará la
compraventa en caso de optar a ella la parte arrendataria, como se ha indicado.
Todos los gastos y tributos que se devenguen como consecuencia del ejercicio de
la opción de compra y elevación a público de la compraventa serán satisfechos
por la parte compradora, excepto el Impuesto sobre el Incremento del Valor de
los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) que satisfará la vendedora.
DECIMOQUINTA.-
Protección de Datos de carácter personal.
De acuerdo con lo previsto en la vigente legislación sobre Protección de
Datos de Carácter Personal, se le informa:
De la existencia de un fichero automatizado de datos de carácter
personal creado por [...], S.L.U. con la finalidad de realizar el mantenimiento
y la gestión adecuados de la relación contractual que le une con el CLIENTE,
así como labores de información y comercialización.
El fichero automatizado de datos es responsabilidad de [...], S.L.U.,
con domicilio en [...].
El cliente autoriza a [...], S.L.U. al tratamiento de los que sean
necesarios para su utilización en relación con el desenvolvimiento del contrato
suscrito.
Asimismo autoriza expresamente a [...], S.L.U. para el uso de sus datos
en la oferta y contratación con él de los productos y servicios de [...],
S.L.U. u otras empresas del Grupo [...] o participadas, así como para el
desarrollo de acciones comerciales, sean de carácter general o adaptadas a sus
características personales. Dichas acciones comerciales podrán ser realizadas
por correo ordinario, correo electrónico u otro medio de comunicación
electrónica equivalente.
Igualmente, el cliente autoriza la comunicación o cesión de los
mencionados datos a las Sociedades pertenecientes al Grupo [...] o participadas
que abajo se relacionan con el mismo objeto indicado en los apartados
anteriores, extendiendo para ello a éstas la autorización expresa para el uso
del correo electrónico o medio equivalente. Los interesados quedan informados
de que dicha cesión se produce en este mismo momento a las Sociedades cuya
denominación y domicilio social se indican a continuación, en el que se expresa
el tipo de actividad que aquéllas desarrollan. En el caso de cesiones posteriores
a favor de otras Sociedades del Grupo, las partes convienen que [...], S.L.U.
comunique tales cesiones al interesado en la forma habitual utilizada para
informarle de sus productos y servicios.
El usuario queda informado de su derecho de oposición, acceso,
rectificación y cancelación, respecto de sus datos personales en los términos
previstos en la Ley, pudiendo ejercitar estos derechos por escrito mediante
carta acompañada de copia del Documento de Identidad, y dirigida a [...],
S.L.U., [...], siendo responsable del fichero [...], S.L.U.”, con domicilio a
estos efectos en la dirección antes indicada.
Sociedades del Grupo [...]. El objeto social de las empresas del Grupo
[...] y participadas reseñadas comprende actividades de promoción y venta de
inmuebles, construcción de edificaciones y obra civil, arrendamiento de
inmuebles, actividades de hostelería y restauración y de explotación de centros
comerciales.
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y Tribunales
del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Modelo 3
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
CON OPCIÓN
DE COMPRA
En [Lugar y fecha]
R E U N I
D 0 S
DE UNA
PARTE: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con N.I.E [...], como
Administrador único de la Empresa "[...], S.L", inscrita en el
Registro Mercantil de [...], al tomo [...], libro [...] de la Sección de [...],
folio [...], hoja número [...], inscripción [...]. Con Cédula de Identificación
Fiscal [...], con domicilio social en [...].
Y DE OTRA PARTE: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, de
nacionalidad [...] con domicilio en [...], con D.N.I./N.I.F.
nº [...], vigente.
I N T E R
V I E N E N
El primero, don [nombre y apellidos], como Administrador único de la
Empresa "[...], S.L", interviene en calidad de arrendador.
Y el segundo, don [nombre y apellidos], interviene en calidad de
arrendatario.
Ambas partes manifiestan poseer, capacidad legal y poderes suficientes,
que acreditarán donde y cuando fuese menester, para contratar, obligar y
obligarse, y en su virtud,
E X P O N
E N
I),- Que [...], S.L, es titular en concepto de propietario, en pleno
dominio, del apartamento que se describe seguidamente en la estipulación
PRIMERA de este contrato.
II),- Que don [nombre y apellidos], como representante de la Entidad
“[...], S.L” en su calidad de arrendador, y don [nombre y apellidos], como
arrendatario, han concertado y convenido el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
DE VIVIENDA, CON OPCIÓN DE COMPRA, llevándolo a efecto en este acto, de acuerdo
con las siguientes
ESTIPULACIONES
ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
PRIMERA.– OBJETO DEL CONTRATO.
FINCA (Describir el apartamento Y ANEJOS)
INSCRIPCIÓN: SOLAR: Registro de la Propiedad nº [...] de [...], Tomo
[...], Libro [...], Folio [...], Finca nº [...], inscripción 1ª.
Dicha vivienda y elementos anejos se encuentran pendiente de inscripción
en el Registro de la Propiedad nº [...] de [...].
El inmueble está dotado de cocina totalmente amueblada con
electrodomésticos y aparato de aire acondicionado, de marca Daikin,
cuyo inventario, valorado, se adjunta a este documento, como ANEJO Nº
La falta o desperfecto de alguno de ellos, tendrá que ser sustituido o
abonado según el valor que aparece en el referido ANEJO.
SEGUNDA.– CAUSA DEL CONTRATO.
Que el arrendatario, después de visitar la vivienda objeto de este
contrato, manifiesta su conformidad con el estado actual de la misma, así como
su situación real, física, jurídica y urbanística, encontrándola en perfecto
estado de conservación y con plena habitabilidad e idoneidad para su ocupación
como tal, siendo su voluntad la de suscribir el presente contrato de
arrendamiento con opción a compra, el cual se regulará por la Ley de
arrendamientos urbanos en todo lo no previsto en este contrato.
TERCERA.– DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá una duración de DOS AÑOS (2 años), entrando
en vigor el día [...], y quedará resuelto por cumplimiento del plazo, el día
[...], momento, en que el arrendatario deberá hacer entrega de las llaves y
poner a disposición del arrendador la vivienda arrendada, así como, la
totalidad de los bienes cuyo uso se ceden en este contrato en perfecto estado,
sin más deterioro que los que hubiese producido el mero paso del tiempo, y ello
sin necesidad de ningún requerimiento dirigido al arrendatario.
La duración del arrendamiento es la libremente pactada por las partes.
Como ésta es inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del
contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el
arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el
arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como
mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas
su voluntad de no renovarlo. El plazo comenzará a contarse desde la fecha de
este contrato de arrendamiento.
Se hace constar por el arrendador, que transcurrido el plazo de
arrendamiento (es decir, el contratado, más las prórrogas legales y posibles
hasta el máximo de cinco años) no procederán otras prórrogas del contrato por
así convenirlo, expresa y explícitamente las partes contratantes.
Si la parte arrendataria rescinde unilateralmente, de hecho o de
derecho, este contrato antes de los dos años precitados (pactados), habrá de
indemnizar a la parte arrendadora con la cantidad de [...] euros.
CUARTA.– PRECIO DEL ARRENDAMIENTO.
El importe de la renta durante los DOS AÑOS, asciende a la cantidad de
[...] euros más IVA en vigor, a razón de [...] euros más IVA en vigor ([...] €)
cada mes, pagaderos por adelantado los días 1 al 5 de cada mes, el primero el
día [...], siendo el último por tanto, el día [...].
Sin perjuicio de que, en su caso, la renta quedará actualizada después
del transcurso del primer año, conforme se expondrá en la estipulación
siguiente de este contrato.
El pago se deberá hacerse obligatoriamente mediante domiciliación
bancaria en la cuenta nº… (ESPECIFICAR).
QUINTA.– ACTUALIZACIÓN DE LA RENTA.
Durante la duración del contrato, la renta sólo podrá ser actualizada
por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de
vigencia del contrato, aplicando, a la renta correspondiente a la anualidad
anterior, la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional
del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses
inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de
referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice
que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las
sucesivas el que corresponda al último aplicado.
La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes
siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por
escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el
arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de
Estadística, o haciendo referencia al «Boletín Oficial» en que se haya
publicado.
Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la
mensualidad del pago.
SEXTA.– USO DE LA VIVIENDA ARRENDADA
El uso de la vivienda objeto de este contrato será para vivienda
habitual, por lo que no se le puede dar un uso distinto al expresado o que la
habite más de una familia, dando a sus dependencias el destino normal para el
que fueron arrendadas y quedando expresamente prohibido ejercer en dicha
vivienda cualquier actividad de comercio, industria o profesión colegiada.
SÉPTIMA.– USOS DE BUENA VECINDAD Y DE POLICÍA URBANA.
El arrendatario conoce y acepta las normas y estatutos con que se rigen
la comunidad de propietarios de la vivienda objeto de este contrato
OCTAVA.– CONSERVACIÓN DE LA VIVIENDA
Las reparaciones que sean necesarias para el uso ordinario y que tengan
la consideración de pequeñas reparaciones, serán por cuenta del arrendatario.
Asimismo las obras de conservación y reparación como consecuencia de los
daños derivados por negligencia, daño doloso o manifiesto mal uso por parte del
arrendatario, éste estará obligado a repararlas, teniendo la obligación de
mantener el inmueble en todo momento en perfecto estado y en las mismas
condiciones en que lo recibió.
La parte arrendataria se obliga a permitir la entrada a la parte
arrendadora con objeto de examinar su estado de conservación y/o de de los
trabajadores cuando deban realizar obras de conservación. Las obras solo podrán
realizarse por la parte arrendataria en caso de urgencia y para evitar males mayores
o perjuicios a terceros, pero notificándoselo siempre inmediatamente al
arrendador.
La parte arrendataria acepta la servidumbre que supone la existencia de
las instalaciones comunes del edificio, tales como tubería de agua, desagües
por lo que facilitara la entrada al técnico que tendrá que intervenir en caso
de avería o de mantenimiento.
NOVENA.– OBRAS DEL ARRENDATARIO
1. El arrendatario no podrá realizar sin el consentimiento del
arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la
vivienda o de los accesorios a que se refieren el apartado 2 del artículo 2 de
la Ley de Arrendamientos Urbanos, o que provoquen una disminución en la
estabilidad o seguridad de la misma.
2. Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador
que no haya autorizado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el
contrato, que el arrendatario reponga las cosas al estado anterior o conservar
la modificación efectuada, sin que éste pueda reclamar indemnización alguna.
Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la
edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador
podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado
anterior.
DÉCIMA.– CESIÓN O SUBARRIENDO.
Por ningún concepto podrá el arrendatario ceder o subarrendar, parcial o
totalmente, la vivienda y/o anejos objetos del presente contrato, sin
consentimiento escrito y fehaciente del arrendador.
UNDÉCIMA.– SERVICIOS Y SUMINISTROS.
Los gastos por servicios de la finca arrendada, individualizados
mediante aparatos contadores, los pagará el arrendatario (agua, electricidad,
etc.).
Del mismo modo, serán de cuenta y cargo del arrendatario el Impuesto
sobre los Bienes Inmuebles (IBI), IVA, Alcantarillado, Tasa de Recogida de
Basuras, etc.
Los gastos de la Comunidad de Propietarios de la vivienda que se
arrienda, serán también a cargo del arrendatario, tanto por cuotas ordinarias
como extraordinarias
El pago se deberá hacer obligatoriamente mediante domiciliación bancaria
en la cuenta nº. [...]
Se establece expresamente que las cantidades a abonar por los servicios
y suministros mencionados anteriormente, así como las que correspondan a la
parte proporcional en el sostenimiento de la Comunidad de Propietarios, tendrán
el carácter de cantidades asimiladas a la renta.
DUODÉCIMA.– RENUNCIAS.
El arrendatario, sin perjuicio y al margen del derecho de opción de
compra, que este contrato le confiere, hace expresa renuncia a todo derecho de
adquisición preferente (tanteo y retracto), así como a cualquier indemnización
derivada de la extinción de este contrato.
DECIMOTERCERA.– FIANZA Y GARANTÍA
Las partes acuerdan establecer la cantidad de UNA MENSUALIDAD de renta
[...] € de fondo o depósito en concepto de fianza, para responder del fiel y
exacto cumplimiento en todas sus cláusulas y estipulaciones del presente
contrato, por parte del arrendatario respecto de sus obligaciones
arrendaticias. Dicha cantidad será pagadera al arrendador en documento aparte.
La fianza entregada por el arrendatario le será devuelta al mismo, una
vez que el contrato haya finalizado, revisado el inventario obrante en el anexo
al presente contrato; devuelto el inmueble mediante la entrega de las llaves al
arrendador y haya abonado, el arrendatario, en su caso, los desperfectos o
gastos ocasionados en el inmueble y demás pagos pendientes.
Las partes pactan garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus
obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico, y, en su virtud,
la parte arrendataria aportara antes de la entrada en vigor del presente
contrato de arrendamiento, un aval bancario de primer requerimiento, por
importe de… (calcular renta de 6 meses) que se hará
efectivo en caso de impago de las cantidades a las que queda obligado por este
contrato.
DECIMOCUARTA.– INTERESES DE DEMORA
Caso de impago de rentas o de cualquiera de las cantidades pactadas en este
contrato, por parte del arrendatario, ambas partes, acuerdan, expresamente, que
dichos impagos, caso que se produjeran, devengarán un interés equivalente, al
interés legal del dinero, en dicho momento, incrementado en tres (3) puntos.
OPCIÓN DE COMPRA INHERENTE
AL ANTERIOR CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
Convienen las partes, establecer un derecho de OPCIÓN DE COMPRA sobre la
vivienda objeto de éste contrato, y sus anejos, que se describe en la
Estipulación Primera del mismo. y que hoy se le arrienda,
a favor del arrendatario don [nombre y apellidos] en las estipulaciones que se
expresan seguidamente:
I) El
plazo durante el cual el arrendatario podrá ejercitar la opción de compra
caducará el día [...], inclusive. Hasta esta fecha, el arrendatario-comprador
podrá ejercitar su opción de compra en cualquier momento.
II) El
precio de la OPCIÓN DE COMPRA, será de [...] euros, más el
I.V.A. que corresponda en el momento de la transmisión.
III) Las
partes contratantes pactan expresamente que se supedita el efectivo ejercicio
del derecho de opción al pago, por el optante, del precio de la compraventa,
dentro del plazo pactado para su ejercicio, de tal manera que, transcurrido
este plazo sin abonarse el precio, aunque hubiere llegado a conocimiento del
concedente la declaración de voluntad del beneficiario optando a la
compraventa, habría caducado el derecho de opción, sin que la compraventa se
hubiera llegado a perfeccionar
IV) Respecto
del precio de la opción de compra precitado, se
estipula que el arrendatario podrá descontar, del pago de la compra, única y exclusivamente
las rentas abonadas hasta dicho momento. Entendiéndose por renta a este fin la
estipulada en la estipulación 4ª -PRECIO DEL ARRENDAMIENTO-, del contrato de
arrendamiento, con su actualización, en su caso, conforme al Índice General
Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo (IVA excluido).
Entendiéndose el resultado de precitado descuento, como cantidad
líquida, en cuanto resultado de una sencilla operación aritmética: sólo se
computarán los recibos de pago que obren en poder del arrendatario, que habrá
de presentar a tal efecto.
Quedan totalmente excluidas las cantidades satisfechas en concepto
distinto del expresado.
Del mismo modo, se descontará el importe de la hipoteca que grava el
inmueble, si el arrendatario-comprador se subroga en la misma. A este efecto,
el arrendador-vendedor autoriza, aquí y ahora mediante este contrato, al
arrendatario-comprador, don [nombre y apellidos], para que pueda solicitar
certificación y/o información de la entidad bancaria [...], y, si esto no fuera
suficiente, se compromete, en cuanto sea requerido para ello de forma
fehaciente, a facilitarle dicha información.
La venta se efectuará como cuerpo cierto con cuantos usos derechos y
servicios les son inherentes, en la situación actual, física, real, jurídica y
urbanística, que la parte compradora conoce y acepta, sin reserva alguna.
Todos los gastos que dicha OPCIÓN DE COMPRA, genere, tanto la elevación
a público del presente contrato, como el otorgamiento de la correspondiente
escritura, tales como Honorarios de Notario, Registro de la Propiedad,
Impuestos, etc., serán por cuenta de la parte compradora, incluso el arbitrio
de Plus Valía.
V) El
arrendatario perderá automáticamente su derecho de opción de compra, en cuanto
deje de pagar, de las cantidades a las que se obliga por el contrato de
arrendamiento arriba establecido entre las partes, una cantidad superior a dos
mil euros.
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Modelo 4
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
CON OPCIÓN
DE COMPRA
En [Lugar y fecha]
R E U N I
D 0 S
DE UNA
PARTE: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con N.I.E [...], como
Administrador único de la Empresa "[...], S.L", inscrita en el
Registro Mercantil de [...], al tomo [...], libro [...] de la Sección de [...],
folio [...], hoja número [...], inscripción [...]. Con Cédula de Identificación
Fiscal [...], con domicilio social en [...].
Y DE OTRA
PARTE: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, de nacionalidad [...] con
domicilio en [...], con D.N.I./N.I.F. nº [...],
vigente.
I N T E R
V I E N E N
El primero, don [nombre y apellidos], como Administrador único de la Empresa
"[...], S.L", interviene en calidad de arrendador.
Y el segundo, don [nombre y apellidos], interviene en calidad de
arrendatario.
Ambas partes manifiestan poseer, capacidad legal y poderes suficientes,
que acreditarán donde y cuando fuese menester, para contratar, obligar y
obligarse, y en su virtud,
E X P O N
E N
I),- Que [...], S.L, es titular en concepto de propietario, en pleno
dominio, del apartamento que se describe seguidamente en la estipulación
PRIMERA de este contrato.
II),- Que don [nombre y
apellidos], como representante de la Entidad “[...], S.L” en su calidad de
arrendador, y don [nombre y apellidos], como arrendatario, han concertado y
convenido el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, CON OPCIÓN DE
COMPRA, llevándolo a efecto en este acto, de acuerdo con las siguientes
ESTIPULACIONES
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
PRIMERA.– OBJETO DEL CONTRATO.
FINCA (Describir el apartamento Y ANEJOS)
INSCRIPCIÓN: SOLAR: Registro de la Propiedad nº [...] de [...], Tomo
[...], Libro [...], Folio [...], Finca nº [...], inscripción 1ª.
Dicha vivienda y elementos anejos se encuentran pendiente de inscripción
en el Registro de la Propiedad nº [...] de [...].
El inmueble está dotado de cocina totalmente amueblada con electrodomésticos
y aparato de aire acondicionado, de marca Daikin,
cuyo inventario, valorado, se adjunta a este documento, como ANEXO Nº
La falta o desperfecto de alguno de ellos, tendrá que ser sustituido o
abonado según el valor que aparece en el referido ANEXO.
SEGUNDA.– CAUSA DEL CONTRATO.
Que el arrendatario, después de visitar la vivienda objeto de este
contrato, manifiesta su conformidad con el estado actual de la misma, así como
su situación real, física, jurídica y urbanística, encontrándola en perfecto
estado de conservación y con plena habitabilidad e idoneidad para su ocupación
como tal, siendo su voluntad la de suscribir el presente contrato de
arrendamiento con opción a compra, el cual se regulará por la Ley de
arrendamientos urbanos en todo lo no previsto en este contrato.
TERCERA.– DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá una duración de DOS AÑOS (2 años), entrando
en vigor el día [...], y quedará resuelto por cumplimiento del plazo, el día
[...], momento, en que el arrendatario deberá hacer entrega de las llaves y poner
a disposición del arrendador la vivienda arrendada, así como, la totalidad de
los bienes cuyo uso se ceden en este contrato en perfecto estado, sin más
deterioro que los que hubiese producido el mero paso del tiempo, y ello sin
necesidad de ningún requerimiento dirigido al arrendatario.
La duración del arrendamiento es la libremente pactada por las partes.
Como ésta es inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del
contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el
arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el
arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como
mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas
su voluntad de no renovarlo. El plazo comenzará a contarse desde la fecha de
este contrato de arrendamiento.
Se hace constar por el arrendador, que transcurrido el plazo de
arrendamiento (es decir, el contratado, más las prórrogas legales y posibles
hasta el máximo de cinco años) no procederán otras prórrogas del contrato por
así convenirlo, expresa y explícitamente las partes contratantes.
Si la parte arrendataria rescinde unilateralmente, de hecho o de
derecho, este contrato antes de los dos años precitados (pactados), habrá de
indemnizar a la parte arrendadora con la cantidad de [...] euros.
CUARTA.– PRECIO DEL ARRENDAMIENTO.
El importe de la renta durante los DOS AÑOS, asciende a la cantidad de
[...] euros más IVA en vigor, a razón de [...] euros más IVA en vigor ([...] €)
cada mes, pagaderos por adelantado los días 1 al 5 de cada mes, el primero el
día [...], siendo el último por tanto, el día [...].
Sin perjuicio de que, en su caso, la renta quedará actualizada después
del transcurso del primer año, conforme se expondrá en la estipulación
siguiente de este contrato.
El pago se deberá hacerse obligatoriamente mediante domiciliación
bancaria en la cuenta nº… (ESPECIFICAR).
QUINTA.– ACTUALIZACIÓN DE LA RENTA.
Durante la duración del contrato, la renta sólo podrá ser actualizada
por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de
vigencia del contrato, aplicando, a la renta correspondiente a la anualidad
anterior, la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional
del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses
inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de
referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice
que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las
sucesivas el que corresponda al último aplicado.
La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes
siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por
escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el
arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de
Estadística, o haciendo referencia al «Boletín Oficial» en que se haya
publicado.
Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la
mensualidad del pago.
SEXTA.– USO DE LA VIVIENDA ARRENDADA
El uso de la vivienda objeto de este contrato será para vivienda
habitual, por lo que no se le puede dar un uso distinto al expresado o que la
habite más de una familia, dando a sus dependencias el destino normal para el
que fueron arrendadas y quedando expresamente prohibido ejercer en dicha
vivienda cualquier actividad de comercio, industria o profesión colegiada.
SÉPTIMA.– USOS DE BUENA VECINDAD Y DE POLICÍA URBANA.
El arrendatario conoce y acepta las normas y estatutos con que se rigen
la comunidad de propietarios de la vivienda objeto de este contrato
OCTAVA.– CONSERVACIÓN DE LA VIVIENDA
Las reparaciones que sean necesarias para el uso ordinario y que tengan
la consideración de pequeñas reparaciones serán por cuenta del arrendatario.
Asimismo las obras de conservación y reparación como consecuencia de los
daños derivados por negligencia, daño doloso o manifiesto mal uso por parte del
arrendatario, éste estará obligado a repararlas, teniendo la obligación de
mantener el inmueble en todo momento en perfecto estado y en las mismas
condiciones en que lo recibió.
La parte arrendataria se obliga a permitir la entrada a la parte
arrendadora con objeto de examinar su estado de conservación y/o de de los
trabajadores cuando deban realizar obras de conservación. Las obras solo podrán
realizarse por la parte arrendataria en caso de urgencia y para evitar males
mayores o perjuicios a terceros, pero notificándoselo siempre inmediatamente al
arrendador.
La parte arrendataria acepta la servidumbre que supone la existencia de
las instalaciones comunes del edificio, tales como tubería de agua, desagües
por lo que facilitara la entrada al técnico que tendrá que intervenir en caso
de avería o de mantenimiento.
NOVENA.– OBRAS DEL ARRENDATARIO
1. El arrendatario no podrá realizar sin el consentimiento del
arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la
vivienda o de los accesorios a que se refieren el apartado 2 del artículo 2 de
la Ley de Arrendamientos Urbanos, o que provoquen una disminución en la
estabilidad o seguridad de la misma.
2. Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador
que no haya autorizado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el
contrato, que el arrendatario reponga las cosas al estado anterior o conservar
la modificación efectuada, sin que éste pueda reclamar indemnización alguna.
Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la
edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador
podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado
anterior.
DÉCIMA.– CESIÓN O SUBARRIENDO.
Por ningún concepto podrá el arrendatario ceder o subarrendar, parcial o
totalmente, la vivienda y/o anejos objetos del presente contrato, sin
consentimiento escrito y fehaciente del arrendador.
11ª.
SERVICIOS Y SUMINISTROS.
Los gastos por servicios de la finca arrendada, individualizados mediante
aparatos contadores, los pagará el arrendatario (agua, electricidad, etc.).
Del mismo modo, serán de cuenta y cargo del arrendatario el Impuesto
sobre los Bienes Inmuebles (IBI), IVA, Alcantarillado, Tasa de Recogida de
Basuras, etc.
Los gastos de la Comunidad de Propietarios de la vivienda que se
arrienda, serán también a cargo del arrendatario, tanto por cuotas ordinarias
como extraordinarias
El pago se deberá hacer obligatoriamente mediante domiciliación bancaria
en la cuenta nº. [...]
Se establece expresamente que las cantidades a abonar por los servicios
y suministros mencionados anteriormente, así como las que correspondan a la
parte proporcional en el sostenimiento de la Comunidad de Propietarios, tendrán
el carácter de cantidades asimiladas a la renta.
DUODÉCIMA.– RENUNCIAS.
El arrendatario, sin perjuicio y al margen del derecho de opción de
compra, que este contrato le confiere, hace expresa renuncia a todo derecho de
adquisición preferente (tanteo y retracto), así como a cualquier indemnización
derivada de la extinción de este contrato.
DECIMOTERCERA.– FIANZA Y GARANTÍA
Las partes acuerdan establecer la cantidad de UNA MENSUALIDAD de renta
[...] € de fondo o depósito en concepto de fianza, para responder del fiel y
exacto cumplimiento en todas sus cláusulas y estipulaciones del presente
contrato, por parte del arrendatario respecto de sus obligaciones
arrendaticias. Dicha cantidad será pagadera al arrendador en documento aparte.
La fianza entregada por el arrendatario le será devuelta al mismo, una
vez que el contrato haya finalizado, revisado el inventario obrante en el anexo
al presente contrato; devuelto el inmueble mediante la entrega de las llaves al
arrendador y haya abonado, el arrendatario, en su caso, los desperfectos o
gastos ocasionados en el inmueble y demás pagos pendientes.
Las partes pactan garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus
obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico, y, en su virtud,
la parte arrendataria aportara antes de la entrada en vigor del presente
contrato de arrendamiento, un aval bancario de primer requerimiento, por
importe de… (calcular renta de 6 meses) que se hará
efectivo en caso de impago de las cantidades a las que queda obligado por este
contrato.
DECIMOCUARTA.– INTERESES DE DEMORA
Caso de impago de rentas o de cualquiera de las cantidades pactadas en este
contrato, por parte del arrendatario, ambas partes, acuerdan, expresamente, que
dichos impagos, caso que se produjeran, devengarán un interés equivalente, al
interés legal del dinero, en dicho momento, incrementado en tres (3) puntos.
OPCIÓN DE COMPRA INHERENTE
AL ANTERIOR CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
Convienen las partes, establecer un derecho de OPCIÓN DE COMPRA sobre la
vivienda objeto de éste contrato, y sus anejos, que se describe en la
Estipulación Primera del mismo. y que hoy se le arrienda,
a favor del arrendatario don [nombre y apellidos] en las estipulaciones que se
expresan seguidamente:
I) El
plazo durante el cual el arrendatario podrá ejercitar la opción de compra
caducará el día [...], inclusive. Hasta esta fecha, el arrendatario-comprador
podrá ejercitar su opción de compra en cualquier momento.
II) El
precio de la OPCIÓN DE COMPRA, será de [...] euros, más el
I.V.A. que corresponda en el momento de la transmisión.
III) Las
partes contratantes pactan expresamente que se supedita el efectivo ejercicio
del derecho de opción al pago, por el optante, del precio de la compraventa,
dentro del plazo pactado para su ejercicio, de tal manera que, transcurrido
este plazo sin abonarse el precio, aunque hubiere llegado a conocimiento del
concedente la declaración de voluntad del beneficiario optando a la
compraventa, habría caducado el derecho de opción, sin que la compraventa se
hubiera llegado a perfeccionar
IV) Respecto
del precio de la opción de compra precitado, se
estipula que el arrendatario podrá descontar, del pago de la compra, única y exclusivamente
las rentas abonadas hasta dicho momento. Entendiéndose por renta a este fin la
estipulada en la estipulación 4ª -PRECIO DEL ARRENDAMIENTO-, del contrato de
arrendamiento, con su actualización, en su caso, conforme al Índice General
Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo (IVA excluido).
Entendiéndose el resultado de precitado descuento, como cantidad
líquida, en cuanto resultado de una sencilla operación aritmética: sólo se
computarán los recibos de pago que obren en poder del arrendatario, que habrá
de presentar a tal efecto.
Quedan totalmente excluidas las cantidades satisfechas en concepto
distinto del expresado.
Del mismo modo, se descontará el importe de la hipoteca que grava el
inmueble, si el arrendatario-comprador se subroga en la misma. A este efecto,
el arrendador-vendedor autoriza, aquí y ahora mediante este contrato, al
arrendatario-comprador, don [nombre y apellidos], para que pueda solicitar
certificación y/o información de la entidad bancaria [...], y, si esto no fuera
suficiente, se compromete, en cuanto sea requerido para ello de forma
fehaciente, a facilitarle dicha información.
La venta, se efectuará, como cuerpo cierto, con cuantos usos derechos y
servicios les son inherentes, en la situación actual, física, real, jurídica y
urbanística que la parte compradora conoce y acepta, sin reserva alguna.
Todos los gastos que dicha OPCIÓN DE COMPRA, genere, tanto la elevación
a público del presente contrato, como el otorgamiento de la correspondiente
escritura, tales como Honorarios de Notario, Registro de la Propiedad,
Impuestos, etc., serán por cuenta de la parte compradora, incluso el arbitrio
de Plus Valía.
V) El
arrendatario perderá automáticamente su derecho de opción de compra, en cuanto
deje de pagar, de las cantidades a las que se obliga por el contrato de
arrendamiento arriba establecido entre las partes, una cantidad superior a dos
mil euros.
VI) Prima
por el derecho de opción de compra
Como contraprestación por el derecho de opción de compra, otorgado por
el ARRENDADOR, el ARRENDATARIO entrega en este acto, mediante (efectivo
metálico/talón bancario), como prima la cantidad de [...] EUROS en concepto de
depósito, a los siguientes efectos:
a) En el supuesto de ejercitarse por el ARRENDATARIO la opción de
compra, y perfeccionarse el contrato de compraventa, tal depósito quedará sin
efectos, sin perjuicio de que acto seguido pase a computarse formando parte del
precio de la compraventa.
b) En el supuesto de NO ejercitarse por el ARRENDATARIO la opción de
compra en el plazo pactado, éste perderá, a favor del ARRENDADOR, la precitada
cantidad entregada en concepto de depósito.
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Modelo 5
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
CON OPCIÓN
DE COMPRA
En [Lugar y fecha]
R E U N I
D 0 S
DE UNA
PARTE: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con N.I.E [...], como
Administrador único de la Empresa "[...], S.L", inscrita en el
Registro Mercantil de [...], al tomo [...], libro [...] de la Sección de [...],
folio [...], hoja número [...], inscripción [...]. Con Cédula de Identificación
Fiscal [...], con domicilio social en [...].
Y DE OTRA
PARTE: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, de nacionalidad [...] con
domicilio en [...], con D.N.I./N.I.F. nº [...],
vigente.
I N T E R
V I E N E N
El primero, don [nombre y apellidos], como Administrador único de la
Empresa "[...], S.L", interviene en calidad de arrendador.
Y el segundo, don [nombre y apellidos], interviene en calidad de
arrendatario.
Ambas partes manifiestan poseer, capacidad legal y poderes suficientes,
que acreditarán donde y cuando fuese menester, para contratar, obligar y
obligarse, y en su virtud,
E X P O N
E N
I),- Que [...], S.L., es titular en concepto de propietario, en pleno
dominio, del apartamento que se describe seguidamente en la estipulación
PRIMERA de este contrato.
II),- Que don [nombre y apellidos],
como representante de la Entidad “[...], S.L” en su calidad de arrendador, y
don [nombre y apellidos], como arrendatario, han concertado y convenido el
presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, CON OPCIÓN DE COMPRA,
llevándolo a efecto en este acto, de acuerdo con las siguientes
ESTIPULACIONES
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
PRIMERA.- El
presente contrato se otorga conforme a lo establecido en la Ley 29/1994, de 24
de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y se regirá por lo dispuesto en la misma,
y por lo pactado en este documento.
SEGUNDA.- El piso
arrendado se encuentra sito en [...], que tiene una superficie de [...] metros
cuadrados, y que se destinará exclusivamente a vivienda del arrendatario y para
su permanente ocupación por él y por sus familiares mencionados al final del
presente contrato.
Está también comprendida en el arrendamiento la plaza de aparcamiento,
identificada con el núm. [...] en la misma finca.
TERCERA.- El
contrato empezará a regir el día [...], del mes de [...] del año en curso,
concertándose el arrendamiento por el plazo de [...] años.
Si el arrendatario desistiere del contrato transcurrido el plazo de
cinco años, y previo el correspondiente preaviso por escrito con dos meses de
antelación como mínimo, el arrendatario deberá indemnizar al arrendador con una
cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año de
contrato que le restare por cumplir.
CUARTA.- La
renta pactada es de [...] euros mensuales, debiendo de satisfacerse por el
arrendatario dentro de los siete primeros días de cada mes, mediante recibo que
girará al efecto el propietario o su Administrador, domiciliándose su cobro en
la cuenta corriente núm. [...] de la que el arrendatario es titular en el
(Banco/Caja) [...], Agencia [...], firmando el arrendatario en este mismo acto,
por documento aparte, autorización dirigida a dicha entidad bancaria para la
domiciliación de los recibos de alquiler.
QUINTA.- La
renta total que en cada momento satisfaga el arrendatario durante la vigencia del
contrato, sus prórrogas o en cualquiera de sus posibles renovaciones, se
acomodará cada año a las variaciones que, en más o en menos, sufra el Índice
General de Precios al Consumo que fije el Instituto Nacional de Estadística (u
Organismo que le pueda sustituir en el futuro), aplicando sobre aquella renta
el porcentaje que represente la diferencia existente entre los índices que
correspondan al período de revisión, tomando como mes de referencia para la
primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera
publicado a la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que
corresponda al último índice aplicado. En ningún caso la demora, retraso o
tardanza en la aplicación de dicha acomodación implicará pérdida, renuncia o
abdicación del derecho del arrendador a practicar la misma.
Además de lo anterior, convienen las partes contratantes, que
transcurridos los seis primeros años de vigencia del contrato la renta que se viniere
abonando sea aumentada, por una sola vez, en un diez por ciento (10%) de su
importe y sin que ello empezca a la acomodación de la renta por Índice de
Precios al Consumo que pudiere resultar procedente ese mismo año y en adelante
y siempre sobre el total.
A los indicados efectos, las partes convienen que tendrán plena eficacia
vinculante la notificación que practique el arrendador o su Administrador por
nota en el recibo de la mensualidad precedente a aquel en que la revalorización
de renta haya de surtir efecto.
SEXTA.- Además
de la renta, el arrendatario se obliga a pagar el coste de los servicios y
suministros con que cuenta la finca arrendada; los tributos, impuestos,
arbitrios y tasas del Estado, Comunidad Autónoma, Provincia o Municipio que
grave en la actualidad la propiedad urbana o que pudiera gravarla en el futuro,
incluidos los que se pudieren crear en lo sucesivo; las elevaciones de renta en
los porcentajes y casos enumerados en el artículo 19 de la Ley 29/1994, de
Arrendamientos Urbanos.
A los efectos prevenidos en el artículo 20-1 de la vigente L.A.U., se
hace constar que los mencionados gastos ascienden anualmente a euros [...], de
los que euros [...] corresponden a [...] y euros [...] a [...].
SÉPTIMA.- El
arrendatario, quien previamente ha procedido al examen exhaustivo y
pormenorizado del piso arrendado y sus accesorios, declara formalmente que
recibe todo lo arrendado en perfecto estado para el uso a que se destina y
presto para ser ocupado, al completo de instalaciones, servicios y elementos de
todas clases y en igual estado habrá de devolverlo cuando se termine el
contrato, siendo de cuenta del arrendatario todas las reparaciones que hayan de
realizarse por daños causados por él, o personas que del mismo dependan, en el
edificio o en la vivienda arrendada, por mal uso, omisión o negligencia, siendo,
asimismo, a cargo del arrendatario, las reparaciones que exija el desgaste por
el uso ordinario de la vivienda, sus accesorios y de cuanto forme parte o sea
anejo a lo cedido en arrendamiento.
OCTAVA.- Salvo
que concurra la autorización previa y por escrito del arrendador queda
prohibida la realización de obras y la modificación de las instalaciones; tener
en el piso arrendado materiales y objetos peligrosos y/o antihigiénicos o que
puedan perturbar la normal convivencia entre los vecinos de la finca; el
subarriendo o cesión de la vivienda; la colocación de cualesquiera elementos
que alteren o modifiquen la uniformidad o estética del edificio o de las
diversas partes que lo componen; y el dar a la vivienda cualquier otro uso que
no sea el de satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario,
de su cónyuge o pareja estable o de sus hijos dependientes y de los familiares
que convivan con él habitualmente.
NOVENA.- Los
servicios de agua, gas, electricidad, teléfono y cualesquiera otros que
pudieran ser susceptibles de individualización mediante aparatos contadores
serán de cuenta y cargo del arrendatario, que deberá contratarlos a sus costas
con las empresas suministradoras, siendo también de su cuenta: la eventual
adquisición y reparación de los contadores correspondientes; los gastos de
conservación y reparación de las instalaciones de tales suministros y el costo
de las modificaciones que en las mismas deba realizarse por disposición o
imperativo legal o administrativo si fuere el caso. Todo lo anterior se
entiende con absoluta indemnidad del arrendador.
DÉCIMA.- El
arrendatario deberá respetar y cumplir en todo momento las normas por las que
se rige la Comunidad de Propietarios de la que forma parte el piso arrendado,
caso de que exista. Asimismo, se obliga a respetar los acuerdos que pudiere
adoptar en cada instante la Comunidad.
UNDÉCIMA.- El
arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve
posible, las reparaciones que fuera necesario realizar con objeto de poder
mantener la vivienda y sus accesorios en las condiciones de habitabilidad
indispensables para servir al uso convenido.
El arrendatario se obliga a permitir el acceso al piso, al propietario y
a las personas y/o profesionales designados por el mismo para la inspección y
comprobación del estado de la vivienda y de sus elementos así como, en su caso,
para la realización de cualquier tipo de obra o reparación que pudiere ser
necesario llevar a cabo tanto en la vivienda arrendada como en el edificio del
que forma parte.
DUODÉCIMA.- Por el
arrendatario se constituye en este acto fianza por importe de [...] euros, que
equivale a una mensualidad de renta, que responderá del pago del alquiler, de
los perjuicios por incumplimiento de las obligaciones contractuales y de los
daños originados en el inmueble.
El importe de la fianza se depositará de conformidad a las normas
legales vigentes en la Comunidad Autónoma de [...].
Durante los cinco primeros años de duración del contrato, la fianza no
estará sujeta a actualización, pero transcurrido dicho plazo la fianza se
actualizará en la cuantía que corresponda hasta que aquélla sea igual a una
mensualidad de la renta vigente en cada momento.
DECIMOTERCERA.- El
arrendatario hace constar que convivirán con él en el piso arrendado las
siguientes personas: [nombre, apellidos, parentesco].
Cualquier modificación en la situación familiar del arrendatario, en lo
que concierne a las personas convivientes con él, deberá ser inmediatamente
notificada al arrendador.
DECIMOCUARTA.- Las
partes convienen que de producirse el fallecimiento del arrendatario una vez
transcurridos los cinco primeros años de duración del arrendamiento no será de
aplicación el régimen de subrogación mortis causa que regula el artículo 16 de
la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos. De producirse la defunción del
arrendatario antes de transcurridos los cinco primeros años de vigencia del
contrato, éste se extinguirá al cumplirse dicho plazo sea quien fuere el que
hubiera sucedido al arrendatario en el arrendamiento.
OPCIÓN DE COMPRA INHERENTE
AL ANTERIOR CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
Convienen las partes, establecer un derecho de OPCIÓN DE COMPRA sobre la
vivienda objeto de éste contrato, y sus anejos, que se describe en la
Estipulación Primera del mismo. y que hoy se le
arrienda, a favor del arrendatario don [nombre y apellidos] en las
estipulaciones que se expresan seguidamente:
PRIMERA.- La
propiedad de la vivienda arrendada, [...], S.L., concede y otorga al
arrendatario, don [nombre y apellidos], quien lo acepta, un DERECHO DE OPCIÓN
DE COMPRA sobre la vivienda arrendada y descrita en el pacto segundo de este
contrato junto con la plaza de aparcamiento a la misma anexa, que se podrá
ejercitar en el plazo de [...], a contar desde la fecha presente, y con arreglo
a las siguientes condiciones:
SEGUNDA.- El
precio de venta, de ejercitarse la opción por parte del arrendatario, se fija
en la cantidad de euros (indicar la cantidad en letras) (euros [...]). El pago
de dicha suma se efectuará por el comprador al contado y en el mismo acto del
otorgamiento ante Notario de la Escritura de Compraventa.
La decisión de adquirir las fincas por el precio establecido queda
totalmente al arbitrio del optante.
TERCERA.- En el
caso de que durante el plazo de vigencia de la opción no fuese ejercitada ésta
por el arrendatario, se prorrogará la misma durante [...], si bien, en tal
caso, el precio se incrementará en el [...] % por cada (año/mes) de prórroga.
CUARTA.- El
derecho de opción subsistirá en los términos establecidos siempre y cuando
continúe el arriendo de la vivienda de tal forma que, si aun antes de que
expirase el plazo concedido para el ejercicio de la opción, se resolviese o
finalizase por cualquier causa el contrato de arrendamiento, se extinguirá
también el derecho de opción de compra.
QUINTA.- En
ningún caso se considerarán los pagos de alquiler que efectúe el arrendatario
como entregas a cuenta del precio pactado para el caso del ejercicio del
derecho de opción de compra.
SEXTA.- De
ejercitarse la opción, la vivienda y plaza de aparcamiento se transmitirán
libres de cargas y gravámenes y al corriente en el pago de todo tipo de
impuestos, arbitrios, contribuciones y gastos de toda índole.
SÉPTIMA.- En el
caso de ejercitarse la opción, todos los gastos e impuestos que ocasione la
compraventa, incluso honorarios de Notario y Registrador de la Propiedad e
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana si
se devengare, serán de cuenta y cargo de la parte compradora, incluyendo en
ello cualquier liquidación que pudiera practicarse que originada por la
transmisión figurara la vendedora como sujeto pasivo.
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Modelo 6
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
CON OPCIÓN
DE COMPRA
En [Lugar y fecha]
R E U N I
D O S
De una parte, don [nombre y apellidos], mayor de edad con domicilio en
[...], C/ [...], nº [...] y con D.N.I nº [...], actuando en nombre propio como
propietario y arrendador de la vivienda objeto del presente contrato.
Y de otra, doña [nombre y apellidos], mayor de edad, con domicilio en la
C/ [...] nº [...] y con D.N.I. nº [...], actuando en nombre propio como
arrendatario.
Ambas partes tienen y se reconocen mutuamente plena capacidad para el
otorgamiento del presente contrato, y a tal fin:
E X P O N
E N
PRIMERO.- Que D.
[...] es propietario de la finca urbana sita en [...], C/ [...], nº [...], piso
[...], letra [...] Inscrita en el Registro de la Propiedad nº [...] de [...],
Tomo [...], Libro [...], Folio [...], Finca [...]. Con referencia catastral
[...].
SEGUNDO.- Que
interesando a D. [nombre y apellidos], arrendar dicho inmueble para satisfacer
su necesidad permanente de vivienda, y previas conversaciones mantenidas al
efecto, ambas partes llevan a cabo el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA CON OPCIÓN DE COMPRA, de conformidad con las siguientes:
C L Á U S
U L A S
PRIMERA.- Legislación aplicable
El presente contrato se regirá por lo previsto en la Ley 29/1994, de 24
de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (en adelante LAU) y por lo establecido
en este contrato.
En defecto de norma o pacto expreso, se regirá por lo previsto en el
Código Civil.
SEGUNDA.- Objeto
Es objeto de este arrendamiento la finca urbana sita en [...], C/ [...],
nº [...], piso [...], letra [...]. Cuenta con una superficie construida de
[...] m2, y útil de [...] m2. Consta de distribuidor, cocina, salón-comedor,
[...] dormitorios, [...] baños y tendedero. Linda a la izquierda con el
apartamento de puerta [...], y a la derecha, con las escaleras y su rellano.
Fue adquirida por el arrendador mediante compraventa en escritura
autorizada por el Notario de [...], don [nombre y apellidos], en fecha [...] de
[...] de [...].
El arrendatario declara conocer y aceptar el estado de la vivienda,
recibiéndola en perfecto estado de conservación y con plena habitabilidad e
idoneidad para servir al destino de vivienda permanente pactado en el presente contrato.
TERCERA.- Destino
La finca objeto del presente contrato se destinará única y
exclusivamente a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del
arrendatario y su familia, excluyendo la posibilidad de instalar en ella o en
parte de ella, comercio, industria, despacho profesional, oficina, hospedaje, o
cualquier otra actividad distinta del fin para el cual se arrienda.
Será causa de resolución contractual la variación de dicho fin sin
autorización escrita de la propiedad.
CUARTA.-Duración del contrato
El plazo de duración de este contrato es de [...] AÑOS, a contar desde
el otorgamiento del presente contrato.
Finalizada la duración pactada y, en su caso, la de las prórrogas
sucesivas, el arrendatario deberá abandonar el inmueble, sin necesidad de
requerimiento expreso del arrendador, dejándolo en el mismo estado que tenía
cuando lo ocupo, con la excepción del desgaste normal derivado del uso habitual
de la vivienda.
QUINTA.- Renta
La renta anual será de [...] Euros, a pagar en plazos mensuales de [...]
Euros, por adelantado y dentro de los [...] primeros días de cada mes.
El abono de la renta se deberá verificar por el arrendador mediante
transferencia bancaria, a la cuenta del arrendador cuyos datos son los siguientes:
Titular: [...]
Entidad: [...]
Oficina: [...]
Cta/cte:
[...]
El resguardo de ingreso emitido por la entidad bancaria acreditará el
pago de la renta salvo prueba en contrario.
El retraso en el pago de la renta será causa suficiente para la
resolución del contrato, siendo de cuenta del arrendatario los gastos que ello
origine, incluidos los derechos y honorarios de Procurador y Abogado aunque
ellos no fuesen preceptivos.
SEXTA.- Revisión de la renta
La renta será revisada anualmente de acuerdo con la variación porcentual
experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios
de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de
cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera
actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la
fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al
último aplicado.
Publicado el índice correspondiente al mes de la actualización, el
arrendador comunicará al arrendatario de forma fehaciente su voluntad de
actualizar la renta conforme a lo establecido legalmente, expresando la
cantidad en que se fija la renta revisada, y adjuntando certificación del Instituto
Nacional de Estadística.
La base sobre la que se efectuará la citada revisión será la renta que
se pague el mes inmediatamente anterior a la fecha de revisión.
SÉPTIMA.- Gastos
Serán de cuenta del arrendador los gastos correspondientes a la
Comunidad de Propietarios que se giren sobre la vivienda arrendada, así como la
cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
A tal efecto se expresa el importe anual de gastos que actualmente se
gira a la vivienda, que es de [...] Euros según desglose:
[...] Euros en concepto de Comunidad ([...] Euros/mes).
[...] Euros en concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles
También serán de cuenta de la arrendataria el gasto por consumo,
instalación, reparación, contratación o ampliación de los servicios y suministros
de agua, luz, gas y teléfono, así como cualquier otro susceptible de ser
individualizado por medio de contador. A tal efecto, el arrendatario se
compromete a dar de alta a su nombre tales servicios en las respectivas
compañías suministradoras.
OCTAVA.- Intereses de demora
En caso de impago de rentas o de las cantidades pactadas en este contrato
y cuyo abono son a cargo del arrendatario, se establece que dichos impagos, si
se produjeran, devengarán un interés equivalente al interés legal del dinero incrementado
en tres puntos porcentuales.
NOVENA.-Fianza
A la firma del presente contrato la arrendataria hace entrega a la
arrendadora de la cantidad de [...] Euros, importe de una mensualidad de renta,
en concepto de fianza legal arrendaticia, conforme establece el artículo 36.1
de la LAU.
El importe de dicha fianza será depositada en su caso en el organismo
correspondiente hasta la extinción del contrato, conforme normativa vigente.
Esta cantidad queda sujeta a cubrir las posibles responsabilidades en
que pueda incurrir el arrendatario con el arrendador por deterioros que se
produzcan en el inmueble, salvo los que hayan podido acaecer como consecuencia
del uso normal, impago de rentas o cualquier otra causa derivada de la relación
arrendaticia que establece en el presente contrato.
Le será devuelta al arrendatario a la finalización del arriendo previa
la constatación por parte del arrendador de que la finca se haya
en perfecto estado de conservación y siempre que no concurra la responsabilidad
expresada en el párrafo anterior.
DÉCIMA.- Conservación, mejora, obras y habitabilidad
En todas estas materias, las partes se remiten a lo establecido en los
artículos 21, 22, 23, 24 y 26 de la LAU.
Queda prohibida la realización de cualquier obra sin previa autorización
escrita de la propiedad, aunque no se altere la configuración de la vivienda ni
la resistencia de los materiales en ella empleados.
Las obras autorizadas quedarán en beneficio de la finca, sin derecho a
reintegro alguno.
Serán de cuenta de la arrendataria las pequeñas reparaciones que se
deban realizar para mantener la vivienda en estado de servir al uso al que se
destina.
La arrendataria declara encontrar el piso en estado de servir al destino
pactado, haciéndose cargo de su conservación. Asume la obligación de entregar
la vivienda al término del arriendo, en las mismas condiciones en las que se lo
encontró; sin otros desperfectos que los propios del uso normal de la vivienda
conforme al fin descrito en el presente contrato.
UNDÉCIMA.- Aval bancario
A efectos de garantizar el fiel cumplimiento del contrato y para el caso
de que la parte arrendataria no pudiese hacer pago de las rentas que se
devenguen durante su vigencia, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36
de la L.A.U que dispone que "las partes podrán pactar cualquier tipo de
garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias
adicional a la fianza en metálico". La parte arrendataria entrega en este
acto un Aval Bancario de la Entidad [...] (Referencia del Aval n.º [...]), por un importe total de [...] EUROS, a primer
requerimiento, y como garantía de todas las responsabilidades económicas
asumidas por el arrendatario como consecuencia del presente contrato de
arrendamiento, incluida la responsabilidad por los daños que pudiera ocasionar
el arrendatario en el inmueble arrendado y que se deban exclusivamente a su
culpa o negligencia.
El referido Aval Bancario se constituye por un plazo de [...], renovable
por periodos iguales y sucesivos, so pena de resolución del presente contrato
de arrendamiento.
El AVAL BANCARIO que se reseña se incorpora al presente contrato como
anexo número uno.
DUODÉCIMA.- Cesión y subarriendo.
De conformidad con el artículo 8 de la LAU, se prohíbe expresamente la
cesión y subarriendo, salvo pacto de mutuo acuerdo por las partes.
DECIMOTERCERA.-Comunidad
de Propietarios.
El arrendatario se compromete a cumplir lo dispuesto por los Estatutos y
normas de funcionamiento interno de la Comunidad de Propietarios del edificio
en donde se encuentra la vivienda arrendada, que manifiesta conocer y aceptar.
DECIMOCUARTA.-Responsabilidad.
Además de las causas que se mencionan en los artículos 27 y 28 de la
LAU, conforme a lo establecido en el artículo 1.124 del Código Civil se
establece expresamente que el arrendatario no podrá realizar ninguna conducta
específica que sea objeto de prohibición pues ello llevará a la resolución del
contrato, o a la exigencia de cumplir lo pactado, según decisión unilateral del
arrendador. Además se considerará incumplimiento todo aquello que el
arrendatario haga en contra de lo dispuesto por los Estatutos o normas de
funcionamiento interno de la Comunidad de Propietarios del edificio en donde se
encuentra la vivienda arrendada.
El arrendatario será responsable tanto de sus propios actos como de los
que cometan los restantes ocupantes de la vivienda, aún siendo estos
ocasionales, a efectos de la posible indemnización que por daños y perjuicios
de los mismos pueda derivarse tanto a los efectos del párrafo anterior, como de
una posible indemnización de daños y perjuicios.
DECIMOQUINTA.-
Derecho de opción de compra.
La parte arrendadora, otorga a la parte arrendataria, un derecho de
opción de compra sobre la finca arrendada y descrita anteriormente. Se hace
constar que el arrendador tiene las facultades suficientes para otorgar el
presente contrato.
DECIMOSEXTA.
– Prima.
Cómo contraprestación por el derecho de opción de compra otorgado por el
ARRENDADOR, el ARRENDATARIO entrega en este acto mediante (efectivo metalico/talón bancario) cómo prima la cantidad de [...]
EUROS en concepto de depósito.
En el supuesto de ejercitarse por el ARRENDATARIO la opción de compra, y
perfeccionarse el contrato de compraventa la cantidad que se paga como prima,
pasará a ser una cantidad a cuenta del precio de la compraventa.
En el supuesto de NO ejercitarse por el ARRENDATARIO la opción de
compra, en el plazo pactado en la cláusula Décimo Octava, éste perderá a favor
del ARRENDADOR la cantidad entregada a causa del no ejercicio de su derecho de
opción y compra.
DECIMOSÉPTIMA.
- Cargas y situación urbanística.
La finca objeto de este contrato se halla [...]. Las cargas del Registro
de la Propiedad se cancelarán [...] de la Escritura Pública.
DECIMOOCTAVA.
- Duración del derecho de opción.
El plazo para el ejercicio de la opción concedida terminará el día [...]
de [...] de [...] y siempre que esté al corriente en el pago de la renta. El
incumplimiento en el pago de la renta dejará sin efecto el derecho de opción,
salvo pacto en contrario de mutuo acuerdo.
DECIMONOVENA.
– Precio de compraventa.
El precio de la compraventa en el supuesto de que el ARRENDATARIO
ejercitara su derecho de opción de compra, se fija en [...] euros, a abonar
[...] en el acto del otorgamiento de la Escritura Pública.
VIGÉSIMA.-
Crédito de alquiler.
Las partes pactan expresamente que del precio de compraventa fijado en
la cláusula anterior el ARRENDATARIO descontara el crédito de alquiler,
consistente en el [...] % de las rentas mensuales
abonadas al ARRENDADOR.
De la cantidad resultante podrá deducir el ARRENDATARIO las cantidades
que en aquel momento falten para cancelar las cargas entre las que se incluirán
los gastos e impuestos de cancelación.
VIGESIMOPRIMERA.
– Ejercicio del derecho de opción.
En el momento en que la parte ARRENDATARIA decida ejercitar el derecho
de opción que se le ha concedido en este documento, deberá notificarlo a la
PROPIEDAD en el domicilio de la misma mediante [...], designando Notario, día y
hora para el otorgamiento de la escritura pública de compraventa a favor de
quien designe el ARRENDATARIO, dentro del plazo máximo de [...] días a partir
de la fecha en que reciba la notificación del ejercicio del derecho de opción.
En caso de que el ARRENDATARIO que hubiera ejercido el derecho de opción
no abonara el precio de compra de [...], el contrato de arrendamiento sobre el
mismo, seguirá vigente por todo el tiempo pactado sin perjuicio de la
reclamación por parte de la propiedad de los daños y perjuicios que el
ejercicio de la opción no cumplida le pueda haber ocasionado.
VIGESIMOSEGUNDA.
- Obligación de no disponer.
La propiedad se obliga expresamente a no vender ni gravar, ni a conceder
otra opción de compra sobre la vivienda arrendada hasta el día en que caduca el
ejercicio de la opción de compra.
VIGESIMOTERCERA.-
Gastos.
Los gastos, impuestos y arbitrios, que ocasione la escritura de
compraventa, así como los de elevación a público de este contrato si se produjere,
correrán a cargo de la parte compradora pudiendo ésta designar Notario para el
otorgamiento de la escritura pública. El Impuesto sobre el Incremento del Valor
de los Terrenos de Naturaleza Urbana corresponderá según Ley a la propietaria
vendedora.
VIGESIMOCUARTA.-
Inscripción en el Registro de la Propiedad del derecho de opción.
El presente contrato podrá inscribirse en el Registro de la Propiedad
para lo que cualquiera de las partes podrá exigir su elevación a escritura
pública en la que constarán los pactos y condiciones que se reflejan en este
contrato y los que sean de uso común en la Notaría dónde se otorgue para que
tenga acceso al Registro citado.
Los gastos notariales y registrales correrán a cargo de la parte que
solicite la elevación a documento público y su inscripción en el Registro de la
Propiedad.
VIGESIMOQUINTA.-
Cesión de derechos a terceros.
El arrendatario podrá ceder en el plazo de ............ meses todos los
derechos derivados del presente contrato, tanto el arrendamiento como la opción
de compra, a la persona física o jurídica que designe subrogándose en todos los
derechos y obligaciones derivados del presente arrendamiento con opción de
compra.
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Modelo 7
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
CON OPCIÓN
DE COMPRA
En [Lugar y fecha]
R E U N I
D O S
De una parte, Don […], mayor de edad, con D.N.I. nº […], que interviene
en nombre y representación de la Sociedad […], como apoderado, en virtud del
poder que tiene conferido mediante escritura otorgada a […] ante el Notario de
[…] D. […], con el número […] de su Protocolo, en concepto de ARRENDADOR.
De otra parte, D/DÑA. […] con DNI: […], y con domicilio en la C./ […], portal […], piso letra de […], en su propio nombre y
en concepto de ARRENDATARIO.
Reconociéndose ambas partes la representación en la que actúan y la
capacidad legal necesaria para suscribir el presente contrato.
EXPONEN
PRIMERO.- Que la
Sociedad […], es titular del piso sito en el nº… de la C./ […], portal […],
piso […], letra […] de […] (….), y que se halla distribuido en salón-comedor,
dos cuartos de baño, dos dormitorio/s y cocina con tendedero incorporado, y de
la plaza de garaje nº […] y trastero nº […], según figura en la Escritura de
División Horizontal firmada ante el Notario […], bajo el nº […] de su
Protocolo, otorgado en […], con fecha […]. Dicho inmueble figura inscrito en el
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº […] de […], en el Tomo […], Libro […], Folio […],
Finca nº […], Inscripción […].
SEGUNDO.- Que
dicha vivienda se encuentra sujeta al régimen de Viviendas de Protección Oficial
para Arrendamiento con Opción a Compra (VPO-AOC), cuyo expediente de
Calificación Definitiva es el nº […], otorgado con fecha […].
TERCERO.- Que es
voluntad de D/DÑA. […], con D.N.I. […], convertirse en ARRENDATARIO del
inmueble anteriormente citado y sus correspondientes anejos.
Que la Sociedad […] desea convertirse en ARRENDADOR de la citada vivienda
y sus anejos.
CUARTO.- Que, en
virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes formalizan contrato de
arrendamiento con opción de compra, que desarrollan a través de las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- El
objeto del presente contrato es el arrendamiento de la vivienda y anejos
descritos en el Expositivo Primero, con una superficie útil de vivienda de […]
metros cuadrados, de garaje de […] metros cuadrados y de trastero […] metros cuadrados,
otorgando al ARRENDATARIO el derecho al uso y disfrute de los mismos, así como
de los elementos y dependencias comunes.
SEGUNDA.- Dicha
vivienda está sujeta a las prohibiciones y limitaciones derivadas del régimen
de protección previsto en el Decreto 395/2008, de 24 de junio, por el que se
aprueba el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 y demás disposiciones
que los desarrollen y modifiquen, por lo que las condiciones de utilización de
la misma son las señaladas en la calificación definitiva y el precio de la
renta, y en su caso de la opción, se encuentra dentro de los límites establecidos.
Asimismo, el presente contrato se regirá, en lo no previsto, por las
disposiciones de la actual Ley de Arrendamientos Urbanos, o por aquella otra
Ley que sobre esta misma materia pueda entrar en vigor derogando la actual.
TERCERA.- El
ARRENDADOR se obliga a poner a disposición del arrendatario un ejemplar del
contrato, debidamente visado por la Comunidad Autónoma de […].
Asimismo, el ARRENDATARIO declara recibir del ARRENDADOR la
documentación exigida por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de
noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la
Defensa de los Consumidores y Usuarios y el Real Decreto 515/1989, de 21 de
Abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a
suministrar en la compraventa y arrendamiento de viviendas, así como lo
estipulado en el Decreto 218/2005, por el que se aprueba el Reglamento de
información al consumidor en la compra-venta y arrendamiento de viviendas en
Andalucía.
CUARTA.- El
inmueble se arrienda para ser destinado única y exclusivamente a vivienda
habitual y permanente y ocupado directamente por el
ARRENDATARIO y los miembros de su unidad familiar que con él convivan.
No se podrá desarrollar en el inmueble arrendado ningún tipo de
profesión, actividad económica o pequeña industria doméstica sin previo consentimiento
escrito por parte del ARRENDADOR.
QUINTA.- El
presente contrato de arrendamiento se celebra con derecho de opción de compra,
al amparo del Decreto 359/2008, y tendrá una duración de […] años, plazo de
afección de la vivienda al régimen de arrendamiento con opción de compra.
De acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladora de este contrato,
la renta máxima anual para los contratos de arrendamiento con opción de compra
será de […] del precio máximo de referencia de la vivienda en el momento de la
firma del presente contrato y se actualizará de conformidad con lo pactado en
la Estipulación Sexta. En consecuencia, corresponde al primer año la cantidad
anual de […] €, pagaderas por mensualidades anticipadas de […] €. Estas cantidades
están sujetas al […] de IVA, cuyo pago corresponde al ARRENDATARIO.
El pago de la renta habrá de efectuarse por adelantado y mediante
domiciliación bancaria en la C/c nº […] en los siete primeros días de cada mes.
En este acto, el ARRENDATARIO entrega, mediante metálico, cheque o
ingreso en la cuenta del ARRENDADOR anteriormente indicada, la cantidad
equivalente a la primera mensualidad de la renta en vigor, sirviendo el
presente documento como eficaz carta de pago.
El ARRENDATARIO se obliga a ocupar la vivienda en el plazo máximo de
TRES MESES a partir de la entrega de llaves, salvo justa causa.
SEXTA.- Durante
el plazo de duración del contrato, la renta del arrendamiento con opción de
compra se actualizará en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia,
aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual
experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios
al Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de
cada actualización , tomando como mes de referencia para la primera
actualización el que corresponde al último índice publicado en la fecha de
celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
La notificación, expresando el porcentaje de actualización aplicado,
será válida sea efectuada por nota en el recibo de la mensualidad de pago o de
cualquier otra forma de la que quede constancia bastante.
Esta actualización tendrá lugar también si se produjera la prórroga del
contrato.
SÉPTIMA.-El
impago por el ARRENDATARIO de la mensualidad correspondiente de alquiler, o de
cualquiera de las cantidades cuyo pago asume o corresponde al arrendatario con
arreglo a la ley y a este contrato, dentro del plazo pactado, dará derecho al
ARRENDADOR, a su elección, a resolver y dar por terminado el arrendamiento,
ejercitando para ello cuantas acciones legales le asistan para recuperar la
plena posesión del inmueble descrito y las rentas y cantidades vencidas y no
pagadas, o a exigir el cumplimiento de lo acordado en este contrato, reclamando
las rentas y dichas cantidades hasta la finalización del plazo pactado en el
mismo.
Serán por cuenta del ARRENDATARIO todos los gastos extrajudiciales o
judiciales que se devenguen como consecuencia de lo expresado en el párrafo
anterior.
OCTAVA.- Los
suministros de agua, electricidad, gas, teléfono y cualquier otro similar serán
de cuenta del ARRENDATARIO, así como la instalación o la conservación, en su
caso, de los contadores correspondientes.
Asimismo, serán por cuenta del ARRENDATARIO todos los gastos generales
para el adecuado sostenimiento del inmueble, incluyendo todos los gastos de
comunidad, sus servicios, tributos (en especial el Impuesto de Bienes
Inmuebles), cargas y responsabilidades no susceptibles de individualización que
correspondan a la vivienda arrendada o sus accesorios, tanto los actuales como
los que en su día se puedan crear. A los efectos del artículo 20 de la ley
29/94, de arrendamientos urbanos, se hace constar que la cuota de
participación, según la escritura de división horizontal a que se refiere el
Expositivo Primero, es de […] %, y, en consecuencia, el importe de dichos
gastos para el piso arrendado es en la actualidad de […] euros anuales.
Dichos gastos se abonarán por adelantado.
Si el ARRENDADOR hubiere contratado, o la comunidad acordase contratar,
un seguro multirriesgo del hogar para cada vivienda y
garaje, o en conjunto para la totalidad de las viviendas y garajes, el coste de
dicho seguro se distribuirá proporcionalmente con arreglo a la cuota de participación,
conforme al párrafo anterior.
NOVENA.- El ARRENDATARIO
declara recibir la vivienda y las llaves, y habrá de devolverla en su día, en
buen estado y perfectas condiciones.
El ARRENDADOR entrega la vivienda al ARRENDATARIO libre de mobiliario y
enseres.
DÉCIMA.- El
ARRENDATARIO declara como domicilio a los efectos de recibir cualquier
notificación vinculada con los derechos y obligaciones reconocidas en la Ley
vigente, el de la finca arrendada.
UNDÉCIMA.- Queda
expresamente prohibido el subarriendo o cesión del contrato por parte del
ARRENDATARIO. El subarriendo total o parcial de la vivienda dará lugar a la
resolución del contrato.
DUODÉCIMA.- El
ARRENDATARIO no podrá realizar obra de ninguna clase sin el consentimiento del
ARRENDADOR expresado por escrito.
DECIMOTERCERA.- El
ARRENDATARIO deberá dar cuenta inmediata de cualquier accidente que afecte a la
finca arrendada, siendo responsable de los perjuicios que ocasionen por
retrasos en sus avisos, comprometiéndose a permitir la entrada en la finca al
ARRENDADOR o personas por él autorizadas para efectuar las inspecciones y
reparaciones necesarias.
DECIMOCUARTA.- El
ARRENDATARIO se compromete en este contrato a observar y cumplir las normas de
régimen interno que regulan la convivencia y la adecuada utilización de los
servicios y cosas comunes. La relación de dichas normas, en su caso, es
entregada al ARRENDATARIO en este acto.
DECIMOQUINTA.- Una vez
vencido el contrato, se procederá a la entrega de las llaves de la finca
arrendada por parte del ARRENDATARIO.
A tal efecto, inmediatamente antes de dicha entrega, se hará una visita
a la finca arrendada, acreditándose por escrito la entrega de llaves de la
finca, así como la devolución de ésta en las condiciones en que se recibió, o
haciendo constar cualquier posible anomalía que pudiera observarse en el estado
general del inmueble.
DECIMOSEXTA.- El
ARRENDATARIO entrega en este acto, en metálico, cheque o ingreso en la cuenta
del arrendador, la cantidad de […] €, importe de un mes de renta, como fianza,
que será ingresada por el ARRENDADOR en la cuenta de fianzas del […], y
sirviendo el presente documento como eficaz carta de pago.
La fianza le será devuelta al ARRENDATARIO dentro de los 30 días
siguientes a la finalización del contrato de arrendamiento, siempre que el
inmueble se hallare en perfecto estado de conservación y que no hubiese
responsabilidades legales afectas a ella. Transcurrido dicho plazo, devengará
el interés legal, siempre que la demora no fuera imputable al ARRENDADOR.
DECIMOSÉPTIMA.- Todos
los gastos que genere el otorgamiento del presente contrato serán abonados por
el ARRENDATARIO.
DECIMOCTAVA.- Además
del incumplimiento de las condiciones estipuladas en el presente contrato,
serán asimismo causas de resolución del mismo las siguientes:
1. Falta de pago de la renta o de cualquiera de las cantidades cuyo pago
corresponda al ARRENDATARIO.
2. Falta de pago de la fianza o de su actualización.
3. La cesión o subarriendo de la vivienda o de sus anejos sin
consentimiento expreso y escrito del ARRENDADOR.
4. La causación de daños a la vivienda o sus anejos o la realización de
obras no consentidas.
5. Destinar el ARRENDATARIO la vivienda o sus anejos a un uso distinto
al que constituye el objeto del presente contrato o desarrollar en la vivienda
actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
6. Cualesquiera otros incumplimientos de las obligaciones a cargo del
ARRENDATARIO.
Por su parte el ARRENDATARIO podrá instar la resolución del contrato por
el incumplimiento de las obligaciones a cargo del ARRENDADOR.
DECIMONOVENA.- De
conformidad con lo previsto en el art. 36.5 de la Ley 29 / 1994, de
Arrendamientos Urbanos, las partes han pactado la presentación de una garantía
de pago en cumplimiento del presente contrato.
El ARRENDATARIO declara haber formalizado con anterioridad a este acto
garantía de pago, por importe de […] mensualidades - comunidad incluida-, que
suman […] EUROS ([…] €) y con una duración igual a la del presente contrato,
para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas del mismo. La
citada garantía de pago se entrega en este acto.
VIGÉSIMA.-
OBJETO DE LA OPCIÓN
Por el presente documento, el ARRENDADOR concede al ARRENDATARIO, que
acepta, el derecho de opción de compra sobre la vivienda, plaza de garaje y
trastero descritas en el Expositivo Primero de este contrato, de acuerdo con lo
previsto en la normativa de vivienda protegida anteriormente indicada.
El ARRENDATARIO no podrá transmitir el derecho concedido a ningún
tercero, obligándose el ARRENDADOR a dejar constancia de la opción de compra
concedida en el caso de que transmitiese los inmuebles, y sin perjuicio del
derecho de tanteo y retracto que corresponde al ARRENDATARIO con arreglo al
artículo 25 de la LAU.
VIGESIMOPRIMERA.-
EJERCICIO DE LA OPCIÓN
El derecho de opción se pacta por un plazo máximo de […] años, contado a
partir del inicio del arrendamiento, y, por tanto, expira el día […].
El derecho de opción deberá ser ejercitado por medio de notificación
fehaciente al ARRENDADOR, con una antelación de, al menos, […] días a la fecha
indicada en el párrafo anterior, acompañada simultáneamente del ofrecimiento de
pago del precio acordado en este contrato para la compraventa.
Transcurridos los […] días de la notificación anterior sin que se
proceda al pago del precio acordado en este contrato para la compraventa,
quedará sin efecto dicha notificación y se entenderá que el ARRENDATARIO no
ejercita el derecho de opción de compra.
VIGESIMOSEGUNDA.-
PRECIO DE LA COMPRAVENTA.
De conformidad con el art. 22 del Decreto 395/2008, el precio de venta
de la vivienda será el resultado de multiplicar hasta 1,5 veces el precio
máximo de referencia establecido en la calificación provisional. De dicha
cantidad se descontará el […] (al menos el 50%) de las cantidades desembolsadas
durante el arrendamiento (una vez descontado el IVA) en concepto de pagos
parciales adelantados.
La correspondiente escritura pública de compraventa se otorgará ante el
notario que libremente elija el ARRENDATARIO, siempre que tenga alguna conexión
territorial con alguno de los elementos personales o reales de la compraventa,
efectuándose la transmisión de los inmuebles, en su caso, libre de cargas y
gravámenes o subrogándose en la hipoteca existente. Todos los gastos e
impuestos, de todo orden, que se originen a causa de la transmisión, serán
satisfechos íntegramente por el arrendatario, exceptuando la plusvalía
municipal si procediere.
VIGESIMOTERCERA.-
RESOLUCIÓN
Y PENALIZACIONES POR INCUMPLIMIENTO
Se conviene expresamente que el ARRENDATARIO perderá el derecho de
opción de compra en el supuesto de que se haya extinguido el contrato de
arrendamiento por cualquier causa, deje de ser la el titular arrendatario del
inmueble objeto del presente contrato así como por el impago, incluso temporal,
de dos o más cuotas mensuales correspondientes al pago de la renta y las
cantidades a que se refiere la Estipulación Octava.
VIGESIMOCUARTA.-
DERECHOS DEL CONSUMIDOR.
Las partes manifiestan, y el ARRENDATARIO reconoce expresa y
específicamente, que la totalidad de las cláusulas o estipulaciones del presente
contrato han sido negociadas individualmente, examinándose, comentándose, comprendiéndose
y conviniéndose explícitamente todas y cada una de ellas, una por una, con
especial detenimiento en aquellas que pudieran ser susceptibles de ser
considerada, por la normativa para la defensa de consumidores y usuarios , como
una imposición de renuncia o limitación de los derechos del consumidor.
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, CON
RESERVA Y
OPCIÓN A FAVOR DEL ARRENDATARIO
PARA
FORMALIZARLO Y MATERIALIZARLO
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con domicilio en calle [...] y
DNI. nº [...], en adelante, la ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de [...] y
DNI. nº [...], quien, a partir de este momento y en el presente documento, será
designado como parte ARRENDATARIA.
INTERVIENEN
El primero en nombre y representación de la entidad mercantil CZZ, S.L.,
con CIF nº [...], constituida el [...], ante el Notario de [...] Don [nombre y
apellidos] de [...], e inscrita en el Registro Mercantil de [...], al Tomo
[...], Folio [...], Hoja [...], inscripción [...]ª.
El segundo en su propio nombre y derecho.
Ambas partes se reconocen la capacidad suficiente para la formalización
del presente contrato.
MANIFIESTAN
PRIMERO.- Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA CON RESERVA Y OPCIÓN A FAVOR DEL
ARRENDATARIO PARA FORMALIZARLO Y MATERIALIZARLO, el cual se regirá por las
cláusulas que más adelante se detallarán.
SEGUNDO.- Que la
Sociedad CZZ, S.L. es dueña en pleno dominio de la siguiente finca edificable
sita en el término municipal de [...].
Es un solar, que le pertenece por compra a CZZ, S.L., mediante escritura
otorgada el día [...] ante el notario de [...] Don [nombre y apellidos], con el
nº [...] de protocolo, se halla inscrito en el Registro de la Propiedad de [...],
en el tomo [...], libro [...], folio [...], finca registral nº [...], inscripción
[...]ª, cuya descripción, según dicha inscripción, es la siguiente:
[Descripción]
TERCERO.- Que el
ARRENDADOR es propietario y promotor de la vivienda pareada nº [...], proyectada
sobre la manzana nº [...], inscrita en el Registro de la Propiedad de [...], al
tomo [...], libro [...], folio [...], finca nº [...]; con una superficie de
[...] metros cuadrados construidos, y sin que se encuentre dotada de mobiliario
ni utensilios alguno.
Dicha vivienda le pertenece al ARRENDADOR en virtud de escritura de
declaración de obra nueva en construcción y división horizontal otorgada en
[...], el día [...], ante el Notario Don [nombre y apellidos], con el número
[...] de protocolo.
CUARTO.- Que siendo
deseo del ARRENDADOR y del ARRENDATARIO proceder al ARRENDAMIENTO CON RESERVA Y
OPCIÓN A FAVOR DEL ARRENDATARIO PARA FORMALIZARLO Y MATERIALIZARLO del inmueble
citado, lo llevan a efecto por medio del presente contrato y con sujeción a las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL.
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA.
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
No obstante lo anterior, motivado por la citada falta de mobiliario y
utensilios necesarios a la habitabilidad de la vivienda que es objeto del presente
contrato con los consecuentes gastos que ello habrá de ocasionar al
ARRENDATARIO, durante los dos primeros años del arrendamiento se otorgará al
arrendatario una bonificación del 40% en la renta anual aplicable en cada uno
de dichos años. En consecuencia, la renta anual bonificada correspondiente al
primer año de duración del contrato será de [...] euros, a razón de [...] euros
mensuales, que se incrementarán en el IVA correspondiente. Por el mismo motivo,
no será de aplicación la actualización de renta, mencionada en el párrafo
anterior, hasta la finalización del segundo año de contrato (período
bonificado).
Para atender al pago de la renta de los dos primeros años, la parte
compradora entrega a la vendedora en este acto los siguientes pagarés:
|
Vencimiento |
Neto |
IVA |
Total |
|
[...] |
[...] |
[...] |
[...] |
|
[...] |
[...] |
[...] |
[...] |
|
[...] |
[...] |
[...] |
[...] |
|
[...] |
[...] |
[...] |
[...] |
TOTALES
|
Vencimiento |
Neto |
IVA |
Total |
|
|
[...] |
[...] |
[...] |
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS.
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en (indicar datos bancarios correspondientes).
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN.
La duración del presente contrato será de DOS AÑOS a contar desde la
fecha del mismo, que se corresponderá con la fecha de formalización y
materialización de la reserva y opción a favor del arrendatario. Llegado el día
de vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos
anuales hasta alcanzar una duración mínima de cinco años, salvo que el
arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como
mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas,
su voluntad de no renovarlo.
QUINTA.-.
GARANTÍAS Y FIANZA.
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta ([...] €) en concepto de fianza, suma que el arrendador
devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a contar desde
el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en su caso las
cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o cantidades
asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el contrato.
SEXTA.-
ENTREGA DE LLAVES.
El ARRENDADOR hará entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, cuando se materialice y formalice el arrendamiento por
haber ejercitado el arrendatario su opción, entendiendo operada la transmisión
del uso y disfrute del mismo.
SÉPTIMA.-
OBRAS.
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la
finca precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por
escrito de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras
realizadas quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación
alguna o indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No
obstante lo anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a
su costa, a la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo
caso de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO.
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO.
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO.
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO.
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO.
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la
Propiedad correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por
cuenta del solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO.
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas
penalizaciones podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A
LOS DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA a ejercitar en los términos que se expondrán a
continuación, dicha parte, por el presente contrato Renuncia expresamente a los
Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el Art. 25 la Ley de Arrendamientos
Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del contrato de arrendamiento.
RESERVA Y OPCIÓN A FAVOR DEL ARRENDATARIO
PARA FORMALIZAR Y MATERIALIZAR EL PRESENTE
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
Que la parte arrendadora […], se compromete a reservar a Don […], hasta
el día […], a efectos de formalizar y materializar el contrato el
arrendamiento, que en este mismo documento se transcribe, y en sus propios
términos.
A tal fin y para garantizar el cumplimiento de esta reserva, Don […],
entrega a la arrendadora la cantidad de […] euros (… euros). A la firma del
contrato de arrendamiento, la cantidad le será devuelta al fiador.
El contrato que se formalizará en el momento de la entrega de las llaves
y puesta a disposición del arrendatario, será del tenor anteriormente expuesto.
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, DOS ARRENDADORES
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], y don/doña [nombre y
apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con domicilio en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quienes, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho, se reconocen
capacidad para celebrar este contrato y MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA, el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se detallarán.
SEGUNDO. Que la
parte ARRENDADORA, don/doña [nombre y apellidos], es titular, en concepto de
dueño, de la vivienda que se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm. [...], planta […], puerta […], de la calle […],
de la Ciudad […], con los siguientes anejos:
Trastero, situado en la planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en la planta […], núm. […].
TERCERO. Que
siendo deseo de la parte ARRENDADORA y del ARRENDATARIO proceder al
ARRENDAMIENTO del inmueble citado, lo llevan a efecto por medio del presente
contrato y con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en [indicar datos bancarios correspondientes].
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN
La duración del presente contrato será de DOS AÑOS a contar desde la
fecha del mismo. Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará
obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar una duración mínima de cinco
años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de
antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera
de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
QUINTA.-
GARANTÍAS Y FIANZA
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta bonificada ([...] €) en concepto de fianza, suma que el
arrendador devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a
contar desde el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en
su caso las cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o
cantidades asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta bonificada
y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto de
obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador quedará
facultado para resolver de pleno derecho el presente contrato.
SEXTA.-
ENTREGA DE LLAVES
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
SÉPTIMA.-
OBRAS
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la
finca precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por
escrito de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras
realizadas quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación alguna
o indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No obstante lo
anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a su costa, a
la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo caso
de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la
Propiedad correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por
cuenta del solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas
penalizaciones podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del
contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario renuncia
a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de duración
pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios, escritos
por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el lugar y
fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
DOCUMENTO
DE RESERVA DE
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, DURACIÓN 11 MESES
En [lugar y fecha]
R E U N I
D 0 S
DE UNA
PARTE: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con D.N.I. núm.[...], con domicilio en [...].
Y DE OTRA
PARTE: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con D.N.I. núm.[...], con domicilio en [...].
I N T E R
V I E N E N
El primero, don [nombre y apellidos], interviene en calidad de
arrendador.
Y el segundo, don [nombre y apellidos], interviene en calidad de
arrendatario.
Ambas partes, manifiestan poseer, capacidad legal y poderes suficientes,
que acreditarán donde y cuando fuese menester, para contratar, obligar y
obligarse, y en su virtud
DOCUMENTO
DE RESERVA, QUE AL DÍA DE LA FECHA SE ESTIPULA
E X P O N E N
I),- Que don [nombre y apellidos] es titular en concepto de propietario,
en pleno dominio, del apartamento que se describe seguidamente en la
estipulación PRIMERA de contrato de arrendamiento que, a continuación de este
documento de reserva, se expone.
II),- Que don [nombre y apellidos], en su calidad de arrendador, y don
[nombre y apellidos], como arrendatario han concertado y convenido el presente
DOCUMENTO DE RESERVA DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, llevándolo a efecto
en este acto, de acuerdo con las siguientes
ESTIPULACIONES
Que don [nombre y apellidos] se compromete a reservar a don [nombre y
apellidos], por tiempo de dos meses (tiempo estimado para la obtención de la
Licencia de primera ocupación de este Edificio), a efectos de contratar el
arrendamiento, que en este mismo documento se transcribe, y en sus propios
términos.
A tal fin y para garantizar el cumplimiento de esta reserva, don [nombre
y apellidos], entrega a don [nombre y apellidos], la cantidad de [...] euros. A
la firma del contrato de arrendamiento, la cantidad le será devuelta al fiador.
El contrato que se formalizará en el momento de la entrega de las llaves
y puesta a disposición del arrendatario, será del tenor siguiente:
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
E X P O N
E N
I),- Que don [nombre y apellidos], es titular en concepto de
propietario, en pleno dominio, del apartamento que se describe seguidamente en
la estipulación PRIMERA de este contrato de arrendamiento de vivienda.
II),- Que don [nombre y apellidos] en su calidad de arrendador y don
[nombre y apellidos], como arrendatario, han concertado y convenido el presente
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, llevándolo a efecto en este acto, de
acuerdo con las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA.– OBJETO DEL CONTRATO.
FINCA [Describir la vivienda y anejos]
INSCRIPCIÓN: Registro de la Propiedad nº [...] de [...], Tomo [...]
Libro [...], Folio 1[...], Finca nº [...], inscripción [...]ª.
Dicha vivienda y elementos anejos se encuentran pendiente de inscripción
en el registro de la propiedad nº [...] de [...].
El inmueble está dotado de cocina totalmente amueblada con
electrodomésticos y aparato de Aire Acondicionado de marca Daikin
cuyo inventario, valorado, se adjunta a este documento, como ANEXO Nº
SEGUNDA.– CAUSA DEL CONTRATO.
Que el arrendatario, después de visitar la vivienda objeto de este
contrato, manifiesta su conformidad con el estado actual de la misma, así como
su situación real, física, jurídica y urbanística, encontrándola en perfecto
estado de conservación y con plena habitabilidad e idoneidad para su ocupación
como tal, siendo su voluntad la de suscribir el presente contrato de
arrendamiento, el cual se regulará por la Ley de arrendamientos urbanos en todo
lo no previsto en este contrato.
TERCERA.– DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá una duración de ONCE MESES, entrando en
vigor el día [...], en que la propiedad/arrendadora entrega las llaves al
arrendatario a los efectos dichos y quedará resuelto por cumplimiento de dicho
plazo, EL DÍA [...], momento, en que el arrendatario deberá hacer entrega de
las llaves y poner a disposición del arrendador la vivienda arrendada, así
como, la totalidad de los bienes cuyo uso se ceden en este contrato en perfecto
estado, sin más deterioro que los que hubiese producido el mero paso del
tiempo, y ello sin necesidad de ningún requerimiento dirigido al arrendatario.
La duración del arrendamiento es la libremente pactada por las partes.
Si la parte arrendataria rescinde unilateralmente, de hecho o de
derecho, este contrato antes de los once meses precitados (pactados), habrá de
indemnizar a la parte arrendadora con la cantidad de [...] euros.
CUARTA.– PRECIO DEL ARRENDAMIENTO.
El importe de la renta durante los once meses, asciende a la cantidad de
[...] EUROS, cada mes, pagaderos por adelantado los días 1 al 5 de cada mes.
El pago se deberá hacerse obligatoriamente mediante domiciliación
bancaria en la cuenta nº [...].
QUINTA.– ACTUALIZACIÓN DE LA RENTA.
Durante la duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por
el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de
vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad
anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional
del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses
inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de
referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice
que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las
sucesivas el que corresponda al último aplicado.
La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes
siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por
escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el
arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de
Estadística, o haciendo referencia al «Boletín Oficial» en que se haya
publicado.
Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la
mensualidad del pago.
SEXTA.– USO DE LA VIVIENDA ARRENDADA
El uso de la vivienda objeto de este contrato será para vivienda
habitual por lo que no se le puede dar un uso distinto al expresado o que la
habite más de una familia, dando a sus dependencias el destino normal para el
que fueron arrendadas y quedando expresamente prohibido ejercer en dicha
vivienda cualquier actividad de comercio, industria o profesión colegiada.
SÉPTIMA.– USOS DE BUENA VECINDAD Y DE POLICÍA URBANA.
El arrendatario conoce y acepta las normas y estatutos con que se rigen
la comunidad de propietarios de la vivienda objeto de este contrato
OCTAVA.– CONSERVACIÓN DE LA VIVIENDA
Las reparaciones que sean necesarias para el uso ordinario y que tengan
la consideración de pequeñas reparaciones serán por cuenta del arrendatario.
Asimismo las obras de conservación y reparación como consecuencia de los
daños derivados por negligencia, daño doloso o manifiesto mal uso por parte del
arrendatario, éste estará obligado a repararlas, teniendo la obligación de
mantener el inmueble en todo momento en perfecto estado y en las mismas
condiciones en que lo recibió.
La parte arrendataria se obliga a permitir la entrada a la parte
arrendadora con objeto de examinar su estado de conservación y/o de de los
trabajadores cuando deban realizar obras de conservación. Las obras solo podrán
realizarse por la parte arrendataria en caso de urgencia y para evitar males
mayores o perjuicios a terceros, pero notificándoselo siempre inmediatamente al
arrendador.
La parte arrendataria acepta la servidumbre que supone la existencia de
las instalaciones comunes del edificio, tales como tubería de agua, desagües…
por lo que facilitara la entrada al técnico que tendrá que intervenir en caso
de avería o de mantenimiento.
NOVENA.– OBRAS DEL ARRENDATARIO
1. El arrendatario no podrá realizar sin el consentimiento del
arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la
vivienda o de los accesorios a que se refieren el apartado 2 del artículo 2 de
la Ley de Arrendamientos Urbanos, o que provoquen una disminución en la
estabilidad o seguridad de la misma.
2. Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador
que no haya autorizado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el
contrato, que el arrendatario reponga las cosas al estado anterior o conservar
la modificación efectuada, sin que éste pueda reclamar indemnización alguna.
Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la
edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador
podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado
anterior.
DÉCIMA.– CESIÓN O SUBARRIENDO.
Por ningún concepto podrá el arrendatario ceder o subarrendar, parcial o
totalmente, la vivienda y/o anejos objetos del presente contrato, sin
consentimiento escrito y fehaciente del arrendador.
UNDÉCIMA.– SERVICIOS Y SUMINISTROS.
Los gastos por servicios de la finca arrendada, individualizados
mediante aparatos contadores, los pagará el arrendatario (agua, electricidad,
etc.).
Del mismo modo, serán de cuenta y cargo del arrendatario el Impuesto
sobre los Bienes Inmuebles (IBI), IVA, Alcantarillado, Tasa de Recogida de
Basuras, etc.
Los gastos de la Comunidad de Propietarios de la vivienda que se
arrienda, serán también a cargo del arrendatario, tanto por cuotas ordinarias
como extraordinarias
El pago se deberá hacer obligatoriamente mediante domiciliación bancaria
en la cuenta nº. [...].
Se establece expresamente que las cantidades a abonar por los servicios
y suministros mencionados anteriormente, así como las que correspondan a la
parte proporcional en el sostenimiento de la Comunidad de Propietarios, tendrán
el carácter de cantidades asimiladas a la renta.
DUODÉCIMA.– FIANZA Y GARANTÍA
Las partes acuerdan establecer la cantidad de UNA MENSUALIDAD de renta,
[...] EUROS ([...],00 €) de fondo o depósito en
concepto de fianza, para responder del fiel y exacto cumplimiento en todas sus
cláusulas y estipulaciones del presente contrato, por parte del arrendatario respecto
de sus obligaciones arrendaticias. Dicha cantidad será pagadera al arrendador
en documento aparte.
La fianza entregada por el arrendatario le será devuelta al mismo, una
vez que el contrato haya finalizado, revisado el inventario obrante en el anexo
al presente contrato; devuelto el inmueble mediante la entrega de las llaves al
arrendador y haya abonado, el arrendatario, en su caso, los desperfectos o
gastos ocasionados en el inmueble y demás pagos pendientes.
Las partes pactan garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus
obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico, y, en su virtud,
la parte arrendataria aportara antes de la entrada en vigor del presente
contrato de arrendamiento, un aval bancario de primer requerimiento, por
importe de… (calcular renta de 6 meses) que se hará
efectivo en caso de impago de las cantidades a las que queda obligado por este
contrato.
DECIMOTERCERA.– INTERESES DE DEMORA
Caso de impago de rentas o de cualquiera de las cantidades pactadas en
este contrato, por parte del arrendatario, ambas partes, acuerdan,
expresamente, que dichos impagos, caso que se produjeran, devengarán un interés
equivalente, al interés legal del dinero, en dicho momento, incrementado en
tres (3) puntos.
DECIMOCUARTA.– RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del
contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario renuncia
a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de duración
pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios, escritos
por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el lugar y
fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA,
ENTREGA
PREVIA DE LLAVES PARA OBRAS
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], quienes, a partir de este
momento y en el presente documento, será designado como parte ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho, se reconocen
capacidad para celebrar este contrato y MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA, el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se detallarán.
SEGUNDO. Que la
parte ARRENDADORA, don/doña [nombre y apellidos], es titular, en concepto de
dueño, de la vivienda que se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm. [...], planta […], puerta […], de la calle […],
de la Ciudad […], con los siguientes anejos:
Trastero, situado en la planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en la planta […], núm. […].
TERCERO. Que
siendo deseo de la parte ARRENDADORA y del ARRENDATARIO proceder al
ARRENDAMIENTO del inmueble citado, lo llevan a efecto por medio del presente
contrato y con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en [indicar datos bancarios correspondientes].
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN
La duración del presente contrato será de DOS AÑOS a contar desde la
fecha siguiente […]. Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se
prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar una duración
mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con
treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o
de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
QUINTA.-
ENTREGA PREVIA DE LLAVES PARA OBRAS
La parte arrendadora entrega las llaves del inmueble a la parte arrendataria
en la fecha de este contrato para que pueda realizar las obras de adaptación
que estime pertinentes para su acomodo en el mismo, con las limitaciones que en
este mismo contrato se establecen al respecto, si bien el cómputo inicial de
duración de este contrato será el establecido en la cláusula anterior.
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
La renta se pagará a partir de la entrega de las llaves, que, como se ha
expuesto, se efectúa en la fecha de este contrato.
SEXTA.-
GARANTÍAS Y FIANZA
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta bonificada ([...] €) en concepto de fianza, suma que el
arrendador devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a
contar desde el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en
su caso las cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o
cantidades asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el presente contrato.
SÉPTIMA.-
OBRAS
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la
finca precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por
escrito de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras
realizadas quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación
alguna o indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No
obstante lo anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a
su costa, a la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo
caso de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la
Propiedad correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por
cuenta del solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas
penalizaciones podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del
contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario
renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de duración
pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el lugar
y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
INVENTARIO
DE MOBILIARIO
ANEXO AL
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA,
celebrado en [lugar y fecha]
Entre
DE UNA
PARTE, como ARRENDADOR: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con
N.I.E [...], como Administrador único de la Empresa "[...], S.L",
inscrita en el Registro Mercantil de [...], al tomo [...], libro [...] de la
Sección de [...], folio [...], hoja número [...], inscripción [...]. Con Cédula
de Identificación Fiscal [...], con domicilio social en [...].
Y DE OTRA
PARTE, como ARRENDATARIO: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, de
nacionalidad [...], con domicilio en [...], con D.N.I./N.I.F.
nº [...], vigente.
Vivienda
sita en calle [...], núm. [...], piso [...], letra [...], de Ciudad [...],
Código Postal [...]
INVENTARIO
DE MOBILIARIO
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En Vestíbulo |
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CANTIDAD |
MOBILIARIO |
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En Cocina y Lavadero |
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CANTIDAD |
MOBILIARIO |
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En Primera habitación (descripción) |
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CANTIDAD |
MOBILIARIO |
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En Segunda habitación (descripción) |
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CANTIDAD |
MOBILIARIO |
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En Tercera habitación (descripción) |
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CANTIDAD |
MOBILIARIO |
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En Salón Comedor |
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CANTIDAD |
MOBILIARIO |
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Ajuar domestico (sabanas, mantas, colchas,
almohadas, etc) |
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CANTIDAD |
MOBILIARIO |
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Ambas partes arrendadora y arrendataria, corroboran la existencia de los
bienes inventariados, así como su buen estado.
Y en prueba de su conformidad, firman la presente, en [...], a [...] de
[...].
Firmado: EL ARRENDADOR
Firmado: EL ARRENDATARIO
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA,
EL
ARRENDADOR ACTÚA EN NOMBRE DE SUS HIJOS
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este
momento y en el presente documento, será designado como parte ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
La parte ARRENDADORA actúa en nombre y derecho de su hijo menor de edad
[nombre y apellidos, datos de identificación, con especial referencia de la
fecha de nacimiento], propietario del inmueble.
La parte ARRENDATARIA actúa en su propio nombre y derecho.
Ambas partes se reconocen capacidad para celebrar este contrato y
MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA, el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se detallarán.
SEGUNDO. Que la
parte ARRENDADORA, don/doña [nombre y apellidos], es el representante legal de
su expresado hijo [nombre y apellidos], que es el propietario de la vivienda
objeto de este arrendamiento, en virtud […], lo que acredita con […].
Que la parte ARRENDADORA actúa en este contrato en nombre, representación
e interés de su repetido hijo.
Dicha vivienda se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm. [...], planta […], puerta […], de la calle […],
de la Ciudad […], con los siguientes anejos:
Trastero, situado en la planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en la planta […], núm. […].
TERCERO. Que siendo
deseo del ARRENDADOR y del ARRENDATARIO proceder al ARRENDAMIENTO del inmueble
citado, lo llevan a efecto por medio del presente contrato y con sujeción a las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL.
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA.
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS.
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en [indicar datos bancarios correspondientes].
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN.
La duración del presente contrato será de DOS AÑOS a contar desde la
fecha del mismo. Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará
obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar una duración mínima de cinco
años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de
antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera
de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
QUINTA.-.
GARANTÍAS Y FIANZA.
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta bonificada ([...] €) en concepto de fianza, suma que el
arrendador devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a
contar desde el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en
su caso las cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o
cantidades asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el presente contrato.
SEXTA.-
ENTREGA DE LLAVES.
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
SÉPTIMA.-
OBRAS.
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la
finca precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por
escrito de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras
realizadas quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación
alguna o indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No
obstante lo anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a
su costa, a la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo
caso de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO.
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO.
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO.
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO.
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO.
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad
correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por cuenta del
solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO.
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas
penalizaciones podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del
contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario
renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de
duración pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA,
EJERCICIO
DE PROFESIÓN LIBERAL, AUTORIZACIÓN EXPRESA Y
ENTREGA
PREVIA DE LLAVES PARA OBRAS
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], quienes, a partir de este
momento y en el presente documento, será designado como parte ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho, se reconocen
capacidad para celebrar este contrato y MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA CON EXPRESA AUTORIZACIÓN PARA EJERCICIO DE PROFESIÓN LIBERAL POR EL
ARRENDATARIO [médico, abogado, etc.], el cual se regirá por las cláusulas que
más adelante se detallarán.
SEGUNDO. Que la
parte ARRENDADORA, don/doña [nombre y apellidos], es titular, en concepto de
dueño, de la vivienda que se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm. [...], planta […], puerta […], de la calle […],
de la Ciudad […], con los siguientes anejos:
Trastero, situado en la planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en la planta […], núm. […].
TERCERO. Que
siendo deseo de la parte ARRENDADORA y del ARRENDATARIO proceder al ARRENDAMIENTO
del inmueble citado, lo llevan a efecto por medio del presente contrato y con
sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene abierta
en [indicar datos bancarios correspondientes].
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN
La duración del presente contrato será de DOS AÑOS a contar desde la
fecha siguiente […]. Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se
prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar una duración
mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con
treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o
de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
QUINTA.-
ENTREGA PREVIA DE LLAVES PARA OBRAS DE
ADAPTACIÓN
AL EJERCICIO DE PROFESIÓN LIBERAL, AUTORIZACIÓN
Independientemente del destino del arrendamiento vivienda, objeto de
este contrato, y que es el que constituye el fin primordial del mismo, el
arrendatario podrá instalar en el piso alquilado [una consulta, un estudio,
bufete, etc.] para el ejercicio de su profesión, con los servicios e instalaciones
a ello inherentes.
A tal fin la parte arrendadora entrega las llaves del inmueble a la
parte arrendataria en la fecha de este contrato para que pueda realizar las
obras de adaptación que estime pertinentes para su acomodo en el mismo, con las
limitaciones que en este mismo contrato se establecen al respecto, si bien el
cómputo inicial de duración de este contrato será el establecido en la cláusula
anterior.
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
La renta se pagará a partir de la entrega de las llaves, que, como se ha
expuesto, se efectúa en la fecha de este contrato.
SEXTA.-
GARANTÍAS Y FIANZA
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta bonificada ([...] €) en concepto de fianza, suma que el
arrendador devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a
contar desde el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en
su caso las cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o
cantidades asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el presente contrato.
SÉPTIMA.-
OBRAS
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la
finca precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por
escrito de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras
realizadas quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación alguna
o indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No obstante lo
anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a su costa, a
la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo caso
de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la
Propiedad correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por
cuenta del solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas penalizaciones
podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del
contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario
renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de
duración pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
RECIBO DE
FIANZA
ANEXO AL
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA,
celebrado en [lugar y fecha]
Entre
DE UNA
PARTE, como ARRENDADOR: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con
N.I.E [...], como Administrador único de la Empresa "[...], S.L",
inscrita en el Registro Mercantil de [...], al tomo [...], libro [...] de la
Sección de [...], folio [...], hoja número [...], inscripción [...].
Con Cédula de Identificación Fiscal [...], con domicilio social en
[...].
Y DE OTRA
PARTE, como ARRENDATARIO: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, de
nacionalidad [...], con domicilio en [...], con D.N.I./N.I.F.
nº [...], vigente.
Vivienda
sita en calle [...], núm. [...], piso [...], letra [...], de Ciudad [...],
Código Postal [...]
En [lugar y fecha]
Yo, D./D.ª [nombre y apellidos], he recibido de
D./D.ª [nombre y apellidos], la cantidad liquida de [...] EUROS, en concepto de
fianza, comprensiva de [...] mensualidad de renta, por el arrendamiento de la
vivienda sita en [...].
RECIBÍ
Firmado: EL ARRENDADOR [debajo, nombre y apellidos].
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
RECIBO DE
LA PRIMERA MENSUALIDAD DE RENTA
ANEXO AL
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA,
celebrado en [lugar y fecha]
Entre
DE UNA
PARTE, como ARRENDADOR: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con
N.I.E [...], como Administrador único de la Empresa "[...], S.L",
inscrita en el Registro Mercantil de [...], al tomo [...], libro [...] de la
Sección de [...], folio [...], hoja número [...], inscripción [...]. Con Cédula
de Identificación Fiscal [...], con domicilio social en [...].
Y DE OTRA
PARTE, como ARRENDATARIO: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, de
nacionalidad [...], con domicilio en [...], con D.N.I./N.I.F.
nº [...], vigente.
Vivienda
sita en calle [...], núm. [...], piso [...], letra [...], de Ciudad [...],
Código Postal [...].
En [lugar y fecha]
Yo, D./D.ª [nombre y apellidos], he recibido de
D./D.ª [nombre y apellidos], la cantidad liquida de [...] EUROS, en concepto de
Primera Mensualidad de Renta por el arrendamiento de la vivienda sita en [...].
RECIBÍ
Firmado: EL ARRENDADOR
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
DOCUMENTO
DE RESERVA
DE
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
En [lugar y fecha]
R E U N I
D 0 S
DE UNA
PARTE: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con D.N.I. núm.[...], con domicilio en [...].
Y DE OTRA PARTE: Don
[nombre y apellidos], mayor de edad, con D.N.I. núm.[...],
con domicilio en [...].
I N T E R
V I E N E N
El primero, don [nombre y apellidos], interviene en calidad de
arrendador.
Y el segundo, don [nombre y apellidos], interviene en calidad de
arrendatario.
Ambas partes, manifiestan poseer, capacidad legal y poderes suficientes,
que acreditarán donde y cuando fuese menester, para contratar, obligar y
obligarse, y en su virtud
DOCUMENTO
DE RESERVA, QUE AL DÍA DE LA FECHA SE ESTIPULA
E X P O N
E N
I),- Que don [nombre y apellidos] es titular en concepto de propietario,
en pleno dominio, del apartamento que se describe seguidamente en la
estipulación PRIMERA de contrato de arrendamiento que, a continuación de este
documento de reserva, se expone.
II),- Que don [nombre y apellidos], en su calidad de arrendador, y don
[nombre y apellidos], como arrendatario han concertado y convenido el presente
DOCUMENTO DE RESERVA DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, llevándolo a
efecto en este acto, de acuerdo con las siguientes
ESTIPULACIONES
Que don [nombre y apellidos] se compromete a reservar a don [nombre y
apellidos], por tiempo de dos meses (tiempo estimado para la obtención de la
Licencia de primera ocupación de este Edificio), a efectos de contratar el
arrendamiento, que en este mismo documento se transcribe, y en sus propios
términos.
A tal fin y para garantizar el cumplimiento de esta reserva, don [nombre
y apellidos], entrega a don [nombre y apellidos], la cantidad de [...] euros. A
la firma del contrato de arrendamiento, la cantidad le será devuelta al fiador.
El contrato que se formalizará en el momento de la entrega de las llaves
y puesta a disposición del arrendatario, será del tenor siguiente:
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
E X P O N
E N
I),- Que don [nombre y apellidos], es titular en concepto de
propietario, en pleno dominio, del apartamento que se describe seguidamente en
la estipulación PRIMERA de este contrato de arrendamiento de vivienda.
II),- Que don [nombre y apellidos] en su calidad de arrendador y don
[nombre y apellidos], como arrendatario, han concertado y convenido el presente
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, llevándolo a efecto en este acto, de
acuerdo con las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA.– OBJETO DEL CONTRATO.
FINCA …….(Describir la vivienda Y
ANEJOS)
INSCRIPCIÓN: Registro de la Propiedad nº [...] de [...], Tomo [...]
Libro [...], Folio 1[...], Finca nº [...], inscripción [...]ª.
Dicha vivienda y elementos anejos se encuentran pendiente de inscripción
en el registro de la propiedad nº [...] de [...].
El inmueble está dotado de cocina totalmente amueblada con
electrodomésticos y aparato de Aire Acondicionado, de marca Daikin
cuyo inventario, valorado, se adjunta a este documento, como ANEJO Nº
SEGUNDA.- CAUSA
DEL CONTRATO.
Que el arrendatario, después de visitar la vivienda objeto de este
contrato, manifiesta su conformidad con el estado actual de la misma, así como
su situación real, física, jurídica y urbanística, encontrándola en perfecto
estado de conservación y con plena habitabilidad e idoneidad para su ocupación
como tal, siendo su voluntad la de suscribir el presente contrato de
arrendamiento, el cual se regulará por la Ley de arrendamientos urbanos en todo
lo no previsto en este contrato.
TERCERA.-
DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá una duración de DOS AÑOS (2 años), entrando
en vigor el día que la propiedad/arrendadora entregue las llaves al
arrendatario a los efectos dichos y quedará resuelto por cumplimiento de dicho
plazo (tanto la fecha de comienzo del arrendamiento como la de su terminación
se concretarán en este contrato, en su día), momento, en que el arrendatario
deberá hacer entrega de las llaves y poner a disposición del arrendador la
vivienda arrendada, así como, la totalidad de los bienes cuyo uso se ceden en
este contrato en perfecto estado, sin más deterioro que los que hubiese
producido el mero paso del tiempo, y ello sin necesidad de ningún requerimiento
dirigido al arrendatario.
La duración del arrendamiento es la libremente pactada por las partes.
Como ésta es inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del
contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el
arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el
arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como
mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas
su voluntad de no renovarlo. El plazo comenzará a contarse desde la fecha de
este contrato de arrendamiento.
Se hace constar por el arrendador, que transcurrido el plazo de
arrendamiento (es decir, el contratado, más las prórrogas legales y posibles
hasta el máximo de cinco años) no procederán otras prórrogas del contrato por
así convenirlo, expresa y explícitamente las partes contratantes.
Si la parte arrendataria rescinde unilateralmente, de hecho o de
derecho, este contrato antes de los dos años precitados (pactados), habrá de
indemnizar a la parte arrendadora con la cantidad de cuatro mil euros.
CUARTA.-
PRECIO DEL ARRENDAMIENTO.
El importe de la renta durante los (2) AÑOS, asciende a la cantidad de
[...],- Euros + iva en vigor ,
a razón de [...] EUROS + iva en vigor ([...] Euros)
cada mes, pagaderos por adelantado los días 1 al 5 de cada mes, el primero el
día [...], siendo el último por tanto, el día [...].
Sin perjuicio de que, en su caso, la renta quedará actualizada después
del transcurso del primer año, conforme se expondrá en la estipulación
siguiente de este contrato.
El pago se deberá hacerse obligatoriamente mediante domiciliación
bancaria en la cuenta nº [...] (ESPECIFICAR).
QUINTA.-
ACTUALIZACIÓN DE LA RENTA.
Durante la duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por
el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de
vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad
anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional
del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses
inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de
referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice
que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las
sucesivas el que corresponda al último aplicado.
La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes
siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por
escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el
arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de
Estadística, o haciendo referencia al «Boletín Oficial» en que se haya
publicado.
Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la
mensualidad del pago.
SEXTA.-
USO DE LA VIVIENDA ARRENDADA
El uso de la vivienda objeto de este contrato será para vivienda
habitual por lo que no se le puede dar un uso distinto al expresado o que la
habite más de una familia, dando a sus dependencias el destino normal para el
que fueron arrendadas y quedando expresamente prohibido ejercer en dicha
vivienda cualquier actividad de comercio, industria o profesión colegiada.
OCTAVA.-
USOS DE BUENA VECINDAD Y DE POLICÍA URBANA.
El arrendatario conoce y acepta las normas y estatutos con que se rigen
la comunidad de propietarios de la vivienda objeto de este contrato
NOVENA.- CONSERVACIÓN
DE LA VIVIENDA
Las reparaciones que sean necesarias para el uso ordinario y que tengan
la consideración de pequeñas reparaciones serán por cuenta del arrendatario.
Asimismo las obras de conservación y reparación como consecuencia de los
daños derivados por negligencia, daño doloso o manifiesto mal uso por parte del
arrendatario, éste estará obligado a repararlas, teniendo la obligación de
mantener el inmueble en todo momento en perfecto estado y en las mismas
condiciones en que lo recibió.
La parte arrendataria se obliga a permitir la entrada a la parte
arrendadora con objeto de examinar su estado de conservación y/o de de los
trabajadores cuando deban realizar obras de conservación. Las obras solo podrán
realizarse por la parte arrendataria en caso de urgencia y para evitar males
mayores o perjuicios a terceros, pero notificándoselo siempre inmediatamente al
arrendador.
La parte arrendataria acepta la servidumbre que supone la existencia de
las instalaciones comunes del edificio, tales como tubería de agua, desagües…
por lo que facilitara la entrada al técnico que tendrá que intervenir en caso
de avería o de mantenimiento.
DÉCIMA.-
OBRAS DEL ARRENDATARIO
1. El arrendatario no podrá realizar sin el consentimiento del
arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la
vivienda o de los accesorios a que se refieren el apartado 2 del artículo 2 de la
Ley de Arrendamientos Urbanos, o que provoquen una disminución en la
estabilidad o seguridad de la misma.
2. Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador
que no haya autorizado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el
contrato, que el arrendatario reponga las cosas al estado anterior o conservar
la modificación efectuada, sin que éste pueda reclamar indemnización alguna.
Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la
edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador
podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado
anterior.
UNDÉCIMA.– CESIÓN O SUBARRIENDO.
Por ningún concepto podrá el arrendatario ceder o subarrendar, parcial o
totalmente, la vivienda y/o anejos objetos del presente contrato, sin
consentimiento escrito y fehaciente del arrendador.
DUODÉCIMA.– SERVICIOS Y SUMINISTROS.
Los gastos por servicios de la finca arrendada, individualizados
mediante aparatos contadores, los pagará el arrendatario (agua, electricidad,
etc.).
Del mismo modo, serán de cuenta y cargo del arrendatario el Impuesto
sobre los Bienes Inmuebles (IBI), IVA, Alcantarillado, Tasa de Recogida de
Basuras, etc.
Los gastos de la Comunidad de Propietarios de la vivienda que se
arrienda, serán también a cargo del arrendatario, tanto por cuotas ordinarias
como extraordinarias
El pago se deberá hacer obligatoriamente mediante domiciliación bancaria
en la cuenta nº. [...].
Se establece expresamente que las cantidades a abonar por los servicios
y suministros mencionados anteriormente, así como las que correspondan a la
parte proporcional en el sostenimiento de la Comunidad de Propietarios, tendrán
el carácter de cantidades asimiladas a la renta.
DECIMOTERCERA.– FIANZA Y GARANTÍA
Las partes acuerdan establecer la cantidad de 1 mensualidad, [...] EUROS
([...],00 €) de fondo o depósito en concepto de
fianza, para responder del fiel y exacto cumplimiento en todas sus cláusulas y
estipulaciones del presente contrato, por parte del arrendatario respecto de
sus obligaciones arrendaticias. Dicha cantidad será pagadera al arrendador en
documento aparte.
La fianza entregada por el arrendatario le será devuelta al mismo, una
vez que el contrato haya finalizado, revisado el inventario obrante en el anexo
al presente contrato; devuelto el inmueble mediante la entrega de las llaves al
arrendador y haya abonado, el arrendatario, en su caso, los desperfectos o
gastos ocasionados en el inmueble y demás pagos pendientes.
Las partes pactan garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus
obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico, y, en su virtud,
la parte arrendataria aportara antes de la entrada en vigor del presente
contrato de arrendamiento, un aval bancario de primer requerimiento, por
importe de… (calcular renta de 6 meses) que se hará
efectivo en caso de impago de las cantidades a las que queda obligado por este
contrato.
DECIMOCUARTA.– INTERESES DE DEMORA
Caso de impago de rentas o de cualquiera de las cantidades pactadas en
este contrato, por parte del arrendatario, ambas partes, acuerdan, expresamente,
que dichos impagos, caso que se produjeran, devengarán un interés equivalente,
al interés legal del dinero, en dicho momento, incrementado en tres (3) puntos.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del
contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario
renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de
duración pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y Tribunales
del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA,
EXCEPCIÓN
A LA PRÓRROGA POR CAUSA DE NECESIDAD, art. 9.3 LAU
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], quienes, a partir de este
momento y en el presente documento, será designado como parte ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho, se reconocen
capacidad para celebrar este contrato y MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA, el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se detallarán.
SEGUNDO. Que la
parte ARRENDADORA, don/doña [nombre y apellidos], es titular, en concepto de
dueño, de la vivienda que se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm. [...], planta […], puerta […], de la calle […],
de la Ciudad […], con los siguientes anejos:
Trastero, situado en la planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en la planta […], núm. […].
TERCERO. Que
siendo deseo de la parte ARRENDADORA y del ARRENDATARIO proceder al
ARRENDAMIENTO del inmueble citado, lo llevan a efecto por medio del presente
contrato y con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en [indicar datos bancarios correspondientes].
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN
La duración del presente contrato será de DOS AÑOS a contar desde la
fecha del mismo. Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará
obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar una duración mínima de cinco
años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de
antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera
de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
QUINTA.-
EXCLUSIÓN
DE PRÓRROGA POR NECESIDAD DEL ARRENDADOR
Una vez transcurra el plazo pactado, el contrato no se prorrogará
obligatoriamente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley de
Arrendamientos Urbanos, debido a la necesidad de ocupación que tiene, para su
familia y para sí, de dicha vivienda el arrendador, debido a que [...].
En
consecuencia, no procederá la prórroga obligatoria del contrato en cuanto que,
al tiempo de la celebración de este contrato de arrendamiento, se hace constar
en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la
vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a
vivienda permanente para sí.
Si
transcurridos tres meses a contar de la extinción del contrato, no hubiera el
arrendador procedido a ocupar la vivienda por sí, deberá reponer al
arrendatario en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo período
de hasta cinco años con indemnización de los gastos que el desalojo de la
vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación o indemnizarle,
a elección del arrendatario, con una cantidad igual al importe de la renta por
los años que quedaren hasta completar cinco.
SEXTA.-
GARANTÍAS Y FIANZA
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta bonificada ([...] €) en concepto de fianza, suma que el
arrendador devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a
contar desde el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en
su caso las cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o
cantidades asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el presente contrato.
SÉPTIMA.-
ENTREGA DE LLAVES
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
OCTAVA.-
OBRAS
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la
finca precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por
escrito de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras
realizadas quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación
alguna o indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No
obstante lo anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a
su costa, a la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo
caso de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
NOVENA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
DÉCIMA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
UNDÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
DUODÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DECIMOTERCERA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOCUARTA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad
correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por cuenta del
solicitante.
DECIMOQUINTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas
penalizaciones podrán exigirse conjuntamente.
DÉCIMO
SEXTA.- RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del
contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario
renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de
duración pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA,
CON
AUTORIZACIÓN EXPLÍCITA DE CESIÓN O SUBARRIENDO
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este
momento y en el presente documento, será designado como parte ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho, se reconocen
capacidad para celebrar este contrato y
MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA, el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se detallarán.
SEGUNDO. Que la
parte ARRENDADORA, don/doña [nombre y apellidos], es titular, en concepto de
dueño, de la vivienda que se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm. [...], planta […], puerta […], de la calle […],
de la Ciudad […], con los siguientes anejos:
Trastero, situado en la planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en la planta […], núm. […].
TERCERO. Que siendo
deseo del ARRENDADOR y del ARRENDATARIO proceder al ARRENDAMIENTO del inmueble
citado, lo llevan a efecto por medio del presente contrato y con sujeción a las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL.
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA.
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS.
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en [indicar datos bancarios correspondientes].
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN.
La duración del presente contrato será de DOS AÑOS a contar desde la
fecha del mismo. Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará
obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar una duración mínima de cinco
años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de
antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera
de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
QUINTA.-.
GARANTÍAS Y FIANZA.
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta bonificada ([...] €) en concepto de fianza, suma que el
arrendador devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a
contar desde el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en
su caso las cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o
cantidades asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el presente contrato.
SEXTA.-
ENTREGA DE LLAVES.
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
SÉPTIMA.-
OBRAS.
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la
finca precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por
escrito de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras
realizadas quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación
alguna o indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No
obstante lo anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a
su costa, a la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo
caso de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.- AUTORIZACIÓN EXPLÍCITA DE CESIÓN Y SUBARRIENDO.
Queda expresa y formalmente
autorizado el ARRENDATARIO para la cesión y/o subarriendo parcial de la
vivienda arrendada, sin que el ARRENDADOR haya de autorizarlo en el futuro,
bajo las condiciones siguientes: […]
En caso de cesión, el cesionario se subrogará en la
posición del cedente frente al arrendador.
La vivienda arrendada sólo se podrá subarrendar de
forma parcial.
El subarriendo se regirá por lo dispuesto en el
Título II, Arrendamiento de Vivienda, de la expresada Ley de Arrendamientos
Urbanos, cuando la parte de la finca subarrendada se destine por el
subarrendatario a la finalidad indicada en el art. 2.1 de la misma. De no darse
esta condición, se regirá por lo aquí pactado entre las partes.
El derecho del subarrendatario se extinguirá, en
todo caso, cuando lo haga el del arrendatario que subarrendó.
El precio del subarriendo no podrá exceder, en
ningún caso, del que corresponda al arrendamiento.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO.
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO.
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO.
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO.
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la
Propiedad correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por
cuenta del solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO.
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas
penalizaciones podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del
contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario
renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de
duración pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, RENUNCIA
DEL
ARRENDATARIO A LOS DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este
momento y en el presente documento, será designado como parte ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho, se reconocen
capacidad para celebrar este contrato y
MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que es intención
de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA,
el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se detallarán.
SEGUNDO. Que la
parte ARRENDADORA, don/doña [nombre y apellidos], es titular, en concepto de
dueño, de la vivienda que se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm. [...], planta […], puerta […], de la calle […],
de la Ciudad […], con los siguientes anejos:
Trastero, situado en la planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en la planta […], núm. […].
TERCERO. Que siendo
deseo del ARRENDADOR y del ARRENDATARIO proceder al ARRENDAMIENTO del inmueble
citado, lo llevan a efecto por medio del presente contrato y con sujeción a las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL.
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA.
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS.
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en [indicar datos bancarios correspondientes].
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN.
La duración del presente contrato será de [más de cinco] AÑOS a contar
desde la fecha del mismo. Durante los cinco primeros años, transcurridos los
dos primeros años, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos
anuales hasta alcanzar una duración mínima de cinco años, salvo que el
arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como
mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas,
su voluntad de no renovarlo.
Una vez transcurridos los cinco primeros años de duración del contrato,
SI EL ARRENDATARIO FALLECIERE, no se producirá ninguna subrogación por causa de
muerte de las establecidas en la Ley de Arrendamientos Urbanos, y si el
fallecimiento se produjere antes de transcurridos los cinco primeros años de
duración del contrato, el arrendamiento no se prolongará más allá de estos
cinco años.
QUINTA.-.
GARANTÍAS Y FIANZA.
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta bonificada ([...] €) en concepto de fianza, suma que el
arrendador devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a
contar desde el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en su
caso las cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o
cantidades asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el presente contrato.
SEXTA.-
ENTREGA DE LLAVES.
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
SÉPTIMA.-
OBRAS.
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la
finca precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por
escrito de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras
realizadas quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación
alguna o indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No
obstante lo anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a
su costa, a la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo
caso de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO.
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO.
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO.
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO.
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO.
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad
correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por cuenta del
solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO.
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas
penalizaciones podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.- RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por
el presente contrato Renuncia expresamente a los Derechos de Tanteo y Retracto
que reconoce el artículo 25 la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de
noviembre, una vez que hayan transcurrido, en su caso, los cinco primeros años
de vigencia del contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto
por el cual el arrendatario renuncia a los derechos de tanteo y retracto será
válido en contratos de duración pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y Tribunales
del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA,
EL
ARRENDADOR ES EL USUFRUCTUARIO DEL INMUEBLE,
EXTINCIÓN
CON INDEMNIZACIÓN
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este
momento y en el presente documento, será designado como parte ARRENDADORA,
USUFRUCTUARIA, con intervención y ratificación en este contrato del NUDO
PROPIETARIO don/doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...]
de [...] y DNI/NIF núm. [...].
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho, se reconocen
capacidad para celebrar este contrato y
MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA, el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se detallarán.
SEGUNDO. Que la parte ARRENDADORA, don/doña [nombre y
apellidos], es titular, en concepto USUFRUCTUARIA –la nuda propiedad, como ha
quedado expuesto, corresponde a don/doña [nombre y apellidos, datos de
identificación], y consta inscrito en el Registro de la Propiedad núm. […] de
[…], con el núm. de protocolo […]– DE LA VIVIENDA que
se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm.
[...], planta […], puerta […], de la calle […], de la Ciudad […], con los
siguientes anejos:
Trastero, situado en la
planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en
la planta […], núm. […].
TERCERO. Que siendo
deseo del ARRENDADOR y del ARRENDATARIO proceder al ARRENDAMIENTO del inmueble
citado, lo llevan a efecto por medio del presente contrato y con sujeción a las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL.
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA.
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS.
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la comunidad
de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por el
ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en [indicar datos bancarios correspondientes].
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN.
La duración del presente contrato será de DOS AÑOS a contar desde la
fecha del mismo. Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará
obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar una duración mínima de cinco
años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de
antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera
de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
El carácter USUFRUCTUARIO
que corresponde al arrendador sobre los bienes cedidos en arrendamiento,
determina que el arrendamiento objeto de este contrato se extinga cuando, en su
caso, se extinga el usufructo por cualquiera de las causas que se establecen en
el artículo 513 del Código Civil, lo que acepta explícitamente la parte
ARRENDATARIA, que RENUNCIA explícitamente a ningún tipo de indemnización y de
reclamación al efecto, si la permanencia efectiva del arrendamiento es SUPERIOR
A CINCO AÑOS, PERO SI ES INFERIOR A CINCO AÑOS, el USUFRUCTUARIO-ARRENDADOR –o
nudo propietario, herederos o sucesores– deberá indemnizar al ARRENDATARIO en
la cantidad de […] EUROS.
QUINTA.-.
GARANTÍAS Y FIANZA.
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta bonificada ([...] €) en concepto de fianza, suma que el
arrendador devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a
contar desde el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en
su caso las cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o
cantidades asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el presente contrato.
SEXTA.-
ENTREGA DE LLAVES.
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
SÉPTIMA.-
OBRAS.
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la
finca precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por
escrito de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras
realizadas quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación
alguna o indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No
obstante lo anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a
su costa, a la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo
caso de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO.
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO.
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO.
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO.
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO.
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad
correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por cuenta del
solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO.
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas
penalizaciones podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del
contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario
renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de
duración pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL NUDO PROPIETARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA,
EL
ARRENDADOR ES EL USUFRUCTUARIO DEL INMUEBLE,
EXTINCIÓN
SIN INDEMNIZACIÓN
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, de estado civil [...], con
domicilio en [...] de [...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este
momento y en el presente documento, será designado como parte ARRENDADORA.
Y DE OTRA
PARTE:
Don/Doña [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de
[...] y DNI/NIF núm. [...], quien, a partir de este momento y en el presente
documento, será designado como parte ARRENDATARIA.
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho, se reconocen
capacidad para celebrar este contrato y
MANIFIESTAN:
PRIMERO. Que es
intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de ARRENDAMIENTO DE
VIVIENDA, el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se detallarán.
SEGUNDO. Que la parte ARRENDADORA, don/doña [nombre y
apellidos], es titular, en concepto USUFRUCTUARIA –la nuda propiedad corresponde
a don/doña [nombre y apellidos, datos de identificación], consta inscrito en el
Registro de la Propiedad núm. […] de […], con el núm. de protocolo […]– DE LA VIVIENDA que se describe del siguiente modo:
Urbana, sita en el núm.
[...], planta […], puerta […], de la calle […], de la Ciudad […], con los
siguientes anejos:
Trastero, situado en la
planta […] y signado con el núm. […];
Plaza de garaje, situada en
la planta […], núm. […].
TERCERO. Que siendo
deseo del ARRENDADOR y del ARRENDATARIO proceder al ARRENDAMIENTO del inmueble
citado, lo llevan a efecto por medio del presente contrato y con sujeción a las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-
RÉGIMEN LEGAL.
El presente contrato se otorga sobre la base del régimen legal especial
de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre, a la que las
partes quedan sometidas, a lo expresamente pactado en este documento privado y,
con carácter supletorio, a las disposiciones del Código Civil.
SEGUNDA.-
RENTA.
Se establece como renta anual la cantidad de [...] euros, que será
satisfecha mensualmente, durante los cinco primeros días de cada mes, a razón
de [...] euros, que se incrementarán en el IVA correspondiente, al tipo que
esté en cada momento vigente.
Estos pagos deberán realizarse en virtud de ingreso en la cuenta
corriente bancaria que la parte ARRENDADORA tiene abierta en [indicar datos
bancarios correspondientes].
La renta será objeto de actualización cada año de duración del presente
contrato, mediante la aplicación a la renta que en tales momentos esté vigente
del porcentaje de variación experimentado en los doce meses anteriores por el
Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de
Estadística u Organismo que lo sustituya.
TERCERA.-
GASTOS Y SUMINISTROS.
Con independencia de la obligación de pago de la renta mensual, el
ARRENDATARIO se compromete al abono de las cantidades correspondientes a gastos
generales, servicios y suministros afectos al inmueble, como integrante de la
comunidad de la que forma parte; cuantías éstas que deberán ser satisfechas por
el ARRENDATARIO mensualmente en razón de la comunicación que les practique el
Administrador de la finca o el ARRENDADOR. Estos pagos deberán realizarse en
virtud de ingreso en la cuenta corriente bancaria que la Comunidad tiene
abierta en [indicar datos bancarios correspondientes].
Igualmente, el ARRENDATARIO vendrá obligado a estar al día en el pago de
los servicios y suministros que se presten de forma individual y particular
sobre la vivienda arrendada; tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, gas
y cualquier otro que pudieran contratar el ARRENDATARIO en relación con el
inmueble que arriendan y que, en todo caso, habrá de contar con un contador
individualizado sobre el inmueble y respecto del consumo habido.
El ARRENDADOR declara tener satisfecho al día de la fecha los gastos de
comunidad y derramas afectas al inmueble que arrienda.
CUARTA.-
DURACIÓN.
La duración del presente contrato será de DOS AÑOS a contar desde la
fecha del mismo. Llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará
obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar una duración mínima de cinco
años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de
antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera
de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
El carácter USUFRUCTUARIO
que corresponde al arrendador sobre los bienes cedidos en arrendamiento,
determina que el arrendamiento objeto de este contrato se extinga cuando, en su
caso, se extinga el usufructo por cualquiera de las causas que se establecen en
el artículo 513 del Código Civil, lo que acepta explícitamente la parte
ARRENDATARIA, que renuncia explícitamente a ningún tipo de indemnización y de reclamación
al efecto.
QUINTA.-.
GARANTÍAS Y FIANZA.
El ARRENDATARIO entrega en este acto la cantidad correspondiente a UNA
MENSUALIDAD de renta bonificada ([...] €) en concepto de fianza, suma que el
arrendador devolverá, a la finalización del contrato, en el plazo de un mes a
contar desde el día de devolución de las llaves al arrendador, descontando en
su caso las cantidades necesarias para cubrir daños, desperfectos, rentas o
cantidades asimiladas, pendientes.
Asimismo, el arrendador recibirá, en un plazo no superior a quince días
a contar desde la firma del presente contrato, un aval bancario, a primer
requerimiento a favor del arrendador correspondiente a seis (6) meses de renta
bonificada y equivalente a ([...] €), en garantía del pago de la renta y resto
de obligaciones del ARRENDATARIO. Caso de no ser entregado, el arrendador
quedará facultado para resolver de pleno derecho el presente contrato.
SEXTA.-
ENTREGA DE LLAVES.
El ARRENDADOR hace entrega, en este acto, al ARRENDATARIO de las llaves
del inmueble arrendado, quien lo recibe a su entera satisfacción, entendiendo
operada la transmisión del uso y disfrute del mismo.
SÉPTIMA.-
OBRAS.
La realización por el ARRENDATARIO de cualquier tipo de obras en la
finca precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización por
escrito de la arrendadora. A la finalización del arrendamiento, las obras
realizadas quedarán en beneficio de la propiedad, sin derecho a reclamación
alguna o indemnización de cualquier clase por parte del ARRENDATARIO. No
obstante lo anterior, el ARRENDADOR podrá exigir al ARRENDATARIO que proceda, a
su costa, a la retirada de todas o alguna de las mismas.
Serán por cuenta y cargo del ARRENDATARIO cuantas obras se realicen,
sean de conservación, reposición y reparación, mejora o cualquiera otra que
precise la finca, para lo que deberá solicitar la correspondiente autorización
escrita de la ARRENDADORA para llevar a cabo las mismas, respondiendo en todo
caso de cuantos desperfectos se ocasionen con este motivo en la finca.
OCTAVA.-
PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y/O SUBARRIENDO.
Queda expresa y formalmente prohibida la cesión y subarriendo parcial de
la vivienda arrendada, salvo que en momento ulterior el ARRENDADOR, previo
consentimiento escrito, autorizase expresamente a ello al ARRENDATARIO.
NOVENA.-
ESTATUTO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
Durante toda la vigencia del contrato, el ARRENDATARIO y personas que
cohabiten en el inmueble deberán respetar el Estatuto de la Comunidad y el
Reglamento de Régimen Interior.
DÉCIMA.-
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas
en el artículo 35 de la Ley de arrendamientos Urbanos, el incumplimiento por
cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones dimanantes del presente
contrato, así como las expresamente establecidas en su texto.
UNDÉCIMA.-
INDEMNIZACIÓN
POR DESISTIMIENTO Y/O ABANDONO.
En caso de que el ARRENDATARIO quisiera dar por resuelto el presente
contrato antes del tiempo estipulado para su finalización habrá de comunicarlo
fehacientemente a la parte ARRENDADORA con una antelación mínima de dos meses.
En el supuesto de desistimiento y/o abandono de la vivienda arrendada
por parte del ARRENDATARIO, éste vendrá obligado a satisfacer la pertinente
indemnización a que hubiere lugar por los daños y perjuicios sufridos por el
ARRENDADOR.
La indemnización referida en el párrafo anterior ascenderá al importe de
dos mensualidades por cada año o fracción de año superior a tres meses que
reste por cumplir del arrendamiento.
DUODÉCIMA.-
RESPONSABILIDAD Y SEGURO.
Como consecuencia de este contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO
viene obligado a responder de sus propios actos, no sólo en el interior de la
vivienda, sino también en toda la zona que constituye el complejo urbanístico
de la que forma parte; e igualmente y con la misma amplitud, responderán de los
actos de las personas con las que conviva y de los que, ocasionalmente,
viniesen a ocupar el inmueble o complejo, con el consentimiento del
ARRENDATARIO.
Igualmente, el ARRENDATARIO se obliga por el presente contrato a la
suscripción de un seguro de daños sobre la vivienda arrendada y de
responsabilidad civil, con duración igual que la del presente contrato de
arrendamiento y prorrogable durante los años que el mismo dure.
DECIMOTERCERA.-
ELEVACIÓN A PÚBLICO.
Cualquier interviniente podrá solicitar la elevación a escritura pública
de este documento privado, y su posterior inscripción en el Registro de la
Propiedad correspondiente, en cuyo caso todos los gastos producidos serán por
cuenta del solicitante.
DECIMOCUARTA.-
PENALIZACIÓN POR IMPAGO.
En caso de que el arrendatario dejara de satisfacer el pago de alguna
mensualidad, desde que medie requerimiento de pago, las rentas y cantidades
similares, vencidas y no satisfechas se incrementarán en un 10% en concepto de
penalidad, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al
arrendador. Igualmente, si a la finalización del contrato o desde la firmeza de
la sentencia de desahucio, el arrendatario continuase ocupando la vivienda,
abonará a la parte arrendataria la cantidad de […] euros ([…] €) por día que
permanezca en la vivienda, que se actualizará con idéntico mecanismo que el
previsto para la actualización de la renta en la cláusula segunda. Ambas
penalizaciones podrán exigirse conjuntamente.
DECIMOQUINTA.-
RENUNCIA A DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO.
La parte ARRENDATARIA por el presente contrato Renuncia expresamente a
los Derechos de Tanteo y Retracto que reconoce el artículo 25 la Ley de
Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre durante la vigencia del
contrato de arrendamiento.
[Nota: Conforme a lo
preceptuado en el art. 25.8 LAU: «8. El pacto por el cual el arrendatario
renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de
duración pactada superior a cinco años»].
JURISDICCIÓN
DE TRIBUNALES
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
NOTIFICACIONES
El arrendatario declara y señala el arriba expresado inmueble que
alquila, como lugar donde se le han de efectuar las notificaciones, comunicaciones,
citaciones, emplazamientos, que procedan, ya sean personales, notariales,
judiciales.
Por su parte, la arrendadora y con los mismos fines, declara y señala su
domicilio arriba reseñado en el presente contrato.
Conformes los contratantes con las estipulaciones que anteceden,
extienden por duplicado el presente documento, compuesto de […] folios,
escritos por las dos caras y lo firman, en todas y cada una de ellas, en el
lugar y fecha citado en el encabezamiento.
Firmado, EL ARRENDADOR [debajo de la firma, nombre y apellidos]
Firmado, EL ARRENDATARIO [debajo de la firma, nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
ESCRITURA
DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA,
DIMANANTE
DE CONTRATO DE COMPRAVENTA DE
INMUEBLE […]
NÚMERO
En [lugar y fecha
Ante mí, […], Notario del Ilustre colegio de […].
==== C O M P A R E C E N ====
De una parte:
DON […], de nacionalidad […], residente en España, empresario, mayor de
edad, casado, vecino de esta ciudad, con domicilio en […]; con Tarjeta de
residencia vigente y N.I.E.: […].
Y de la otra:
DON […], sin profesión especial, mayor de edad, soltero, vecino de esta
ciudad, con domicilio en avenida […]; provisto de Documento Nacional de
Identidad y Número de Identificación Fiscal, según me acredita, […].
==== I N T E R V I E N E N ====
1).- DON […] en nombre y representación, como administrador único de la
mercantil "PROMOCIONES […], S.L.", de nacionalidad española, con
domicilio en […], que tiene por objeto social la compra, venta, construcción,
promoción, alquiler, gestión de toda clase de fincas rústicas o urbanas,
intermediación, y todo lo relacionado con la promoción inmobiliaria, y con
C.I.F. número […].
Constituida por tiempo indefinido mediante escritura autorizada por el
Notario que fue de […], Don […], el día […], con el número […] de protocolo e
inscrita en el Registro Mercantil de […] al tomo […], libro […],[…], hoja […], inscripción […].
El nombramiento y sus facultades para este acto resultan de la propia
escritura de constitución donde consta la aceptación del cargo.
Tengo a la vista copia autorizada de dicha escritura, debidamente inscrita
en el Registro Mercantil constando en ella la aceptación del cargo, y yo el
Notario bajo mi responsabilidad juzgo suficientes las facultades
representativas del administrador para el otorgamiento de esta escritura.
Me asegura la vigencia de su cargo, facultades representativas y la
persistencia de la capacidad jurídica de la entidad que representa.
Manifiesta el administrador que los datos anteriormente expresados
respecto a la denominación, forma social, domicilio y objeto social no han
variado respecto de los consignados en los documentos públicos anteriormente
mencionados y que han sido exhibidos ante mí el Notario.
2).- DON […] en nombre y representación como apoderado de sus padres,
[…], jubilado y empresaria, mayores de edad, casados en régimen de gananciales,
vecinos de […], con domicilio en avenida […]; provistos de Documento Nacional
de Identidad y Número de Identificación Fiscal […], respectivamente.
Sus facultades representativas para este acto, resultan de la escritura
de poder autorizada por el Notario de […], Don […], el día […], con el numero
[…] de protocolo.
Tengo a la vista copia autorizada de dicha escritura, y yo el Notario,
juzgo suficiente, bajo mi responsabilidad, las facultades representativas del
apoderado para el otorgamiento de esta escritura.
Me asegura el apoderado la vigencia de su poder, la ilimitación de sus
facultades y que no se ha alterado la capacidad jurídica de sus representados.
Tienen, a mi juicio, en el concepto en que respectivamente intervienen,
capacidad legal para otorgar la presente ESCRITURA DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA,
y al efecto:
=== E X P O N E N ====
PRIMERO.-
Reconocimiento de la deuda.- Que el ADQUIRENTE DON […], manifiestan y
reconocen formalmente en este acto deber [solidariamente] al TRANSMITENTE, LA MERCANTIL
"PROMOCIONES […], S.L." en virtud de contrato de compraventa de
inmueble, consistentes en […] que han tenido lugar entre ellos, como así obra
en la escritura pública […], la suma de CAPITAL […] EUROS ([…] Euros).
SEGUNDO.- Que,
para garantizar la obligación de pago de la deuda reconocida por el ADQUIRENTE
DON […] frente al TRANSMITENTE, LA MERCANTIL "PROMOCIONES […], S.L.",
ambas partes han convenido formalizar esa deuda a fin de dotar a éste de un
título ejecutivo en la presente escritura pública que otorgan con arreglo a las
siguientes
===============CLÁUSULAS:=================
PRIMERA.- Principal de la obligación. Las partes
aceptan que el principal debido desde el día de hoy por ADQUIRENTE DON […] a
TRANSMITENTE LA MERCANTIL "PROMOCIONES […], S.L.", asciende a la suma
de CAPITAL […] EUROS ([…] Euros) en concepto de principal.
SEGUNDA.-
Amortización.- El mencionado importe de CAPITAL […] EUROS ([…]
Euros) será reintegrado por ADQUIRENTE DON […] a TRANSMITENTE LA MERCANTIL
"PROMOCIONES […], S.L." en los siguientes plazos y vencimientos:
El capital prestado deberá ser devuelto en NUMERO CUOTAS […] mensuales/[…], comprensivas de capital e intereses, por importe de VALOR
CUOTA […], cada una de ellas. La primera cuota se pagará el día PRIMER VENCIMIENTO
[…], y la última día […]: FIN PRÉSTAMO […].
TERCERA.- Intereses ordinarios.- El principal de
la deuda CON INTERÉS, devenga un interés nominal anual del CUATRO (4) POR CIENTO
sobre el capital pendiente de amortizar, que se irá satisfaciendo en las cuotas
de amortización antes señaladas.
CUARTA.-
Tipo de demora.- En caso de que no fuera satisfecho a su
vencimiento cualquiera de los pagos establecidos, la cantidad impagada
devengará en favor de TRANSMITENTE, LA MERCANTIL "PROMOCIONES […],
S.L." un interés de demora del MORA de […] por ciento nominal anual.
Esto se entiende sin perjuicio de las causas de resolución por impago
que se pactan más abajo.
QUINTA.-
Gastos.- Serán de cargo de ADQUIRENTE DON […] todos los gastos repercutibles,
ocasionados con motivo del otorgamiento de esta escritura.
SEXTA.-
Vencimiento anticipado.- Aunque no haya llegado el vencimiento final
de la deuda pactado en la amortización, la parte acreedora podrá declarar
unilateralmente vencida la obligación, y denegar el plazo de pago pactado, por
falta de pago de uno cualquiera de los vencimientos pactados, es decir por el
impago total o parcial de una cualquiera de las cuotas establecidas en la
cláusula SEGUNDA.
En caso de vencimiento anticipado, previa notificación del vencimiento
anticipado a ADQUIRENTE DON […] en el domicilio indicado en la comparecencia,
podrá TRANSMITENTE LA MERCANTIL "PROMOCIONES […], S.L." o quien de él
traiga causa, proceder contra ADQUIRENTE […] para exigir el pago total de su
crédito, utilizando para esto cualquiera de los procedimientos que, ahora o en
lo sucesivo, establezcan las Leyes.
======OTORGAMIENTO
Y AUTORIZACIÓN========
Así lo dicen y otorgan.
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15-1.999, los
comparecientes quedan informados y aceptan la incorporación de sus datos a los
ficheros automatizados existentes en la Notaria, que se conservarán en la misma
con carácter confidencial, sin perjuicio de las remisiones que, según Ley, sean
de obligado cumplimiento.
LECTURA DEL DOCUMENTO
Antes de procederse a la lectura de la escritura precedente por mí el
Notario, se hizo entrega de la misma a los otorgantes, para que hicieran uso si
lo desean, del derecho que tienen conforme al reglamento notarial de hacerlo
por sí. Tras todo ello, la aprueban y firman conmigo, habiéndose rogado el
empleo de la firma habitualmente usada.
En su consecuencia, yo, el notario, les leo el contenido integro de este
instrumento público. Manifiestan expresamente su consentimiento y, en prueba de
su conformidad lo firman, conmigo, que de haberles identificado a través de los
Documentos reseñados en la comparecencia, de que los otorgantes han prestado
libremente su consentimiento a éste otorgamiento, y de que este se adecua a la
legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, y en general
del contenido de esta escritura, extendida en cuatro folios clase notarial, el
presente y sus posteriores en orden, DOCUMENTOS UNIDOS MATRIZ yo el Notario,
Doy fe.
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
ESCRITURA
DE CONSTITUCIÓN DE [SEGUNDA] HIPOTECA
EN
GARANTÍA DE PRECIO APLAZADO
NÚMERO
En [lugar y fecha
Ante mí, […], Notario del Ilustre colegio de […].
==== C O M P A R E C E N ====
De una parte:
DON […], de nacionalidad […], residente en España, empresario, mayor de
edad, casado, vecino de esta ciudad, con domicilio en […]; con Tarjeta de
residencia vigente y N.I.E.: […].
Y de la otra:
DON […], sin profesión especial, mayor de edad, soltero, vecino de esta
ciudad, con domicilio en avenida […]; provisto de Documento Nacional de
Identidad y Número de Identificación Fiscal, según me acredita, […].
==== I N T E R V I E N E N ====
1).- DON […] en nombre y representación, como administrador único de la
mercantil "PROMOCIONES […], S.L.", de nacionalidad española, con
domicilio en […], que tiene por objeto social la compra, venta, construcción,
promoción, alquiler, gestión de toda clase de fincas rústicas o urbanas,
intermediación, y todo lo relacionado con la promoción inmobiliaria, y con
C.I.F. número […].
Constituida por tiempo indefinido mediante escritura autorizada por el
Notario que fue de […], Don […], el día […], con el número […] de protocolo e
inscrita en el Registro Mercantil de […] al tomo […], libro […],[…], hoja […], inscripción […].
El nombramiento y sus facultades para este acto resultan de la propia
escritura de constitución donde consta la aceptación del cargo.
Tengo a la vista copia autorizada de dicha escritura, debidamente
inscrita en el Registro Mercantil constando en ella la aceptación del cargo, y
yo el Notario bajo mi responsabilidad juzgo suficientes las facultades
representativas del administrador para el otorgamiento de esta escritura.
Me asegura la vigencia de su cargo, facultades representativas y la
persistencia de la capacidad jurídica de la entidad que representa.
Manifiesta el administrador que los datos anteriormente expresados
respecto a la denominación, forma social, domicilio y objeto social no han
variado respecto de los consignados en los documentos públicos anteriormente
mencionados y que han sido exhibidos ante mí el Notario.
2).- DON […] en nombre y representación como apoderado de sus padres,
[…], jubilado y empresaria, mayores de edad, casados en régimen de gananciales,
vecinos de […], con domicilio en avenida […]; provistos de Documento Nacional
de Identidad y Número de Identificación Fiscal […], respectivamente.
Sus facultades representativas para este acto, resultan de la escritura
de poder autorizada por el Notario de […], Don […], el día […], con el numero
[…] de protocolo.
Tengo a la vista copia autorizada de dicha escritura, y yo el Notario,
juzgo suficiente, bajo mi responsabilidad, las facultades representativas del
apoderado para el otorgamiento de esta escritura.
Me asegura el apoderado la vigencia de su poder, la ilimitación de sus
facultades y que no se ha alterado la capacidad jurídica de sus representados.
Tienen, a mi juicio, en el concepto en que respectivamente intervienen,
capacidad legal para otorgar la presente ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA
EN GARANTÍA DE PRECIO APLAZADO, y al efecto:
=== E X P O N E N ====
PRIMERO.- Que
mediante escritura de compraventa autorizada por mí en el día de hoy, con el
anterior número de protocolo, […] adquirieron la siguiente finca (los dos
primeros de una mitad indivisa con carácter ganancial y la tercera la otra
mitad indivisa con carácter privativo):
DESCRIPCIÓN:
URBANA.- […].- VIVIENDA identificada como […] de la planta […] del portal […]
del Edificio sito en […] en el término municipal de […].
Se compone de distribuidor, salón-comedor, cocina, […] dormitorios, baño
y […] balcones.
Tiene una superficie útil de […] metros cuadrados con […] decímetros
cuadrados y construida de […] metros cuadrados con […] decímetros cuadrados,
incluida parte proporcional de zonas comunes.
Linda: Al frente, su acceso, por meseta de planta y vivienda […] de su
planta; a la derecha entrando, con vivienda […] de su planta; a la izquierda,
con vivienda […] de su planta; al fondo, con calle […].
Cuota: […] por ciento.
INSCRIPCIÓN.- Inscrita
en el Registro de la propiedad de […] Nº […], libro […], tomo […], folio […],
finca […], inscripción […]ª.
TITULO.- El de
compraventa con subrogación en escritura autorizada por mí en el día de hoy con
el anterior número de protocolo.
CARGAS Y
SITUACIÓN POSESORIA: Manifiestan sus actuales propietarios, que la
finca descrita se encuentra gravada con una hipoteca a favor de […].
Por lo demás, se halla libre de cargas, gravámenes, libre de
arrendatarios y otros poseedores, y al corriente de pago de todo tipo de gastos
como pudieran ser el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y demás tributos que
recaen sobre la misma quedando advertidos los comparecientes de la afección al
pago de dichos gastos, conforme a lo dispuesto en la legislación tributaria.
Y, en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 175.1 del Reglamento
Notarial, y dada la imposibilidad técnica de acceder telemáticamente a los
Libros del Registro de la Propiedad correspondiente a los efectos de comprobar
la titularidad y el estado de cargas de la/s finca/s, yo, el Notario, obtengo
información del Registro de la Propiedad, por medio de nota simple de
información continuada recibida a través de telefax.
Yo el notario advierto de que en principio la situación jurídica de la
finca descrita vendrá determinada por lo que resulte de los asientos registrales
en el momento de la presentación de la copia autorizada de esta escritura en el
Registro de la Propiedad, cuyo contenido prevalecerá sobre la información que
se haya obtenido, por cualquier medio, con anterioridad al presente acto.
SEGUNDO.- Que en
la referida compraventa quedó aplazada, como parte de pago del precio, la
cantidad de […] EUROS ([…] Euros).
TERCERO.- Que en
garantía de dicho precio aplazado ambas partes han convenido formalizar la
presente escritura pública que otorgan con arreglo a las siguientes
===============CLÁUSULAS:=================
PRIMERA.- Principal.- Las partes aceptan que la
cantidad aplazada asciende a la suma de CAPITAL […] EUROS ([…] Euros) en
concepto de principal.
SEGUNDA.- Amortización.- El mencionado importe de
CAPITAL […] EUROS ([…] Euros) será reintegrado por DON […] a "PROMOCIONES
[…], S.L.", en los siguientes plazos y vencimientos:
El capital prestado deberá ser devuelto en NUMERO […] CUOTAS mensuales [una
sola cuota y por su totalidad al vencimiento] [cuotas trimestrales] [cuotas
semestrales] [cuotas anuales] [cuotas mensuales comprensivas de capital e
intereses], por importe de […] EUROS CON […] CÉNTIMOS ([…] Euros) cada una de
ellas.
La primera cuota se pagará el día PRIMER VENCIMIENTO […], y la última
día […]: FIN PRÉSTAMO […].
TERCERA.- Intereses ordinarios.- La cantidad
aplazada CON INTERÉS devenga un interés nominal anual del CUATRO (4) POR CIENTO
sobre la cantidad pendiente de amortizar, que se irá satisfaciendo en las
cuotas de amortización antes señaladas.
CUARTA.- Tipo de demora.- En caso de que no
fuera satisfecho a su vencimiento cualquiera de los pagos establecidos, la
cantidad impagada devengará en favor de TRANSMITENTE LA MERCANTIL "PROMOCIONES
[…], S.L. un interés de demora del MORA 18,00% por ciento nominal anual.
Esto se entiende sin perjuicio de las causas de resolución por impago
que se pactan más abajo.
QUINTA.- Gastos.- Serán de cargo de DON […]
todos los gastos repercutibles, ocasionados con motivo del otorgamiento de esta
escritura.
SEXTA.-
Vencimiento anticipado.- Aunque no haya llegado el vencimiento final
de la deuda pactado en la amortización, la parte acreedora podrá declarar
unilateralmente vencida la obligación, y denegar el plazo de pago pactado, por
falta de pago de uno cualquiera de los vencimientos pactados, es decir por el
impago total o parcial de una cualquiera de las cuotas establecidas en la
cláusula SEGUNDA.
En caso de vencimiento anticipado, previa notificación del vencimiento
anticipado a la parte deudora ADQUIRENTE en el domicilio indicado en la
comparecencia, podrá TRANSMITENTE LA MERCANTIL "PROMOCIONES […],
S.L." o quien de él\ellos traiga causa, proceder contra la parte deudora
ADQUIRENTE para exigir el pago total de su crédito, utilizando para esto
cualquiera de los procedimientos que, ahora o en lo sucesivo, establezcan las
Leyes.
SÉPTIMA.-
CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA.- En garantía total de la cantidad aplazada
es decir, de […] EUROS ([…] Euros) de principal; del pago de los intereses
ordinarios de dos años al tipo máximo del 4,00 % anual; del pago de los
intereses de demora de dos años al tipo máximo del 18,00% y de una cantidad
igual al 15% del principal, en concepto de costas y gastos, DON […]sin perjuicio
de su responsabilidad solidaria, personal e ilimitada, constituyen, cada cual
por su respectivo derecho, de conformidad con el Art. 217 del Reglamento
Hipotecario, una hipoteca a favor de "PROMOCIONES […], S.L.", que la
acepta, sobre la finca de propiedad de los mismos descrita en el expositivo I
de esta escritura.
======OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN========
Así lo dicen y otorgan.
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15-1.999, los
comparecientes quedan informados y aceptan la incorporación de sus datos a los
ficheros automatizados existentes en la Notaria, que se conservarán en la misma
con carácter confidencial, sin perjuicio de las remisiones que, según Ley, sean
de obligado cumplimiento.
LECTURA DEL DOCUMENTO
Antes de procederse a la lectura de la escritura precedente por mí el
Notario, se hizo entrega de la misma a los otorgantes, para que hicieran uso si
lo desean, del derecho que tienen conforme al reglamento notarial de hacerlo
por sí. Tras todo ello, la aprueban y firman conmigo, habiéndose rogado el
empleo de la firma habitualmente usada.
En su consecuencia, yo, el notario, les leo el contenido integro de este
instrumento público. Manifiestan expresamente su consentimiento y, en prueba de
su conformidad lo firman, conmigo, que de haberles identificado a través de los
Documentos reseñados en la comparecencia, de que los otorgantes han prestado
libremente su consentimiento a éste otorgamiento, y de que este se adecua a la
legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, y en general
del contenido de esta escritura, extendida en cuatro folios clase notarial, el
presente y sus posteriores en orden, DOCUMENTOS UNIDOS MATRIZ yo el Notario,
Doy fe.
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
N1.– Contrato de compraventa de local de
negocio,
precio aplazado, dos modelos
Modelo 1
CONTRATO
DE COMPRAVENTA DE LOCAL DE NEGOCIO,
PRECIO
APLAZADO
En [Lugar y fecha]
COMPARECEN
DE UNA
PARTE:
Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con domicilio en calle [...] y
DNI. nº [...], en adelante, la PARTE VENDEDORA.
Y DE OTRA
PARTE:
D. [nombre y apellidos], mayor de edad, domiciliado en [...] de [...] y
DNI. nº [...], quien, a partir de este momento y en el presente documento, será
designado como PARTE COMPRADORA.
INTERVIENEN
El primero, don/doña [nombre y apellidos], en nombre y representación de
la entidad mercantil PROMOCIONES […], S.L., con CIF nº [...], constituida el
[...], ante el Notario de [...] Don [nombre y apellidos] de [...], e inscrita
en el Registro Mercantil de [...], al Tomo [...], Folio [...], Hoja [...],
inscripción [...].
El segundo en su propio nombre y derecho.
Ambas partes se reconocen la capacidad suficiente para la formalización
del presente contrato.
ANTECEDENTES Y MANIFESTACIONES
I.–Don/doña
[nombre y apellidos], en la representación que ostenta de la PARTE VENDEDORA,
es propietario de la siguiente finca:
Local destinado a comercio, en la planta baja del inmueble nº [...] de
la calle [...], de esta ciudad.
Tiene una superficie de [...] metros cuadrados. Cuenta con un
coeficiente de participación en los elementos comunes del inmueble de [...].
Fue adquirida por compraventa en escritura autorizada por el Notario de
[...], don/doña [nombre y apellidos], en fecha [...].
Figura inscrita en el Registro de la Propiedad nº [...] de [...], Tomo
[...], Libro [...], Folio [...], Finca [...].
De conformidad con la Escritura de División Horizontal autorizada por el
notario de [...] D. [...], el día [...].
Su referencia catastral es: […]
La PARTE VENDEDORA declara bajo su personal responsabilidad que la finca
objeto de arriendo se encuentra:
ESTADO POSESORIO: Libre de inquilinos y ocupantes
CARGAS: Gravada la finca de la que procede con un crédito hipotecario a
favor de la entidad bancaria [...], respondiendo por un principal de [...]
EUROS y demás responsabilidades hipotecarias.
II.–Que la PARTE COMPRADORA conoce el estado físico y
urbanístico de la finca mencionada en el expositivo primero, siendo su
intención la compra de la finca a segregar y descrita en el expositivo segundo,
llevando a cabo el presente contrato de compraventa de la parcela a segregar
sujeto a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.
"PROMOCIONES […] S.L.", representada en este acto por D. [...], vende
a DOÑA [...], quien compra y acepta a través de su representante, el LOCAL
descrito en el antecedente primero, del edificio [...], con la carga
hipotecaria antes descrita, al corriente en el pago de las cuotas comunitarias,
impuestos y tasas y con todo cuanto material y jurídicamente le sea accesorio e
inherente.-------------------------------------------
SEGUNDA. Tiene
lugar esta compraventa en el precio de [...] EUROS ([...] EUROS), más el 16% de
IVA por importe de [...] EUROS ([...] euros), lo que hace un total de [...]
EUROS [...] EUROS), que serán satisfechos puntualmente por la parte compradora,
según el calendario siguiente:
A la firma de este contrato privado de compraventa, la cantidad [...]
EUROS ([...] EUROS), mediante cheque bancario serie [...] de la Entidad [...]
(se une copia al presente), sirviendo el presente documento como la más eficaz
carta de pago por dicha cuantía.
El resto del precio total de la compraventa (a salvo la posible
responsabilidad económica de la hipoteca si esta no hubiere sido cancelada por
la vendedora) se liquidará coincidiendo con el otorgamiento de la escritura
pública, prevista para dentro de un mes a partir de la fecha de este contrato,
a salvo retrasos no imputables ni a la parte vendedora ni a la compradora, es
decir, tiempo de tramitación para la segregación del local en Notaría e
inscripción en el Registro de la Propiedad.
TERCERA. La
correspondiente escritura pública solemnizadora de este documento se llevará a
cabo al completo pago del precio establecido, siendo todos los gastos que tal
otorgamiento acarree satisfechos por la parte compradora, a excepción de la plus valía que correrá por la parte vendedora, y los
gastos notariales a partes iguales entre comprador y vendedor.
Igualmente, serán por cuanta y a cargo de la parte vendedora los actos
previos de segregación física y jurídica del local matriz de procedencia, así
como los que se ocasionen por la cancelación económica y registral de la
responsabilidad hipotecaria del inmueble transmitido.
CUARTA. En el
momento que la parte vendedora hubiere procedido a la inscripción registral de
la segregación del inmueble objeto del presente, procederá a notificar a la
compradora dichos extremos, designando, en un plazo no inferior a quince días,
Notaría, día y hora al objeto de proceder a la elevación a escritura pública la
compraventa, momento que ha de coincidir con la entrega del resto del precio.
QUINTA. la parte
compradora conoce el emplazamiento y características del inmueble, así como las
condiciones de la contratación, que acepta expresamente, no obstante, para su
perfecto conocimiento, se acompaña plano gráfico donde consta la ubicación y
superficie del citado local.
SEXTA. Mediante
el presente, Promociones [...] se compromete, previo pago del precio conforme a
lo expuesto y estipulado, a otorgar escritura pública Única y exclusivamente a
favor del comprador aquí referido, sin que pueda este, por tanto, designar a
otra persona física o jurídica el día del otorgamiento de dicho documento
público.
SÉPTIMA.
Jurisdicción de Tribunales.
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y
Tribunales del lugar donde radica la finca.
OCTAVA.
Inscripción.
A instancia de cualquiera de las dos partes y en cualquier momento de
vigencia del arrendamiento, el documento presente podrá ser elevado a escritura
pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad.
Los gastos y derechos derivados de esta operación correrán a cargo de
las dos partes, distribuyéndose a partes iguales entre las mismas.
Y en prueba de conformidad los contratantes firman por duplicado el
presente documento en el lugar y fecha arriba indicados.
Modelo 2
CONTRATO
DE COMPRAVENTA DE LOCAL DE NEGOCIO,
PRECIO
APLAZADO
En [Lugar y fecha]
R E U N I
D 0 S
DE UNA
PARTE: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, con N.I.E [...], que
interviene como Administrador único de la Empresa PROMOCIONES […], S.L., inscrita
en el Registro Mercantil de [...], al tomo [...], libro [...] de la Sección de
[...], folio [...], hoja número [...], inscripción [...]. Con Cédula de
Identificación Fiscal [...], con domicilio social en [...]. Constituida por
tiempo indefinido en escritura otorgada el […], ante el Notario de esta ciudad
Don […], con el número […] de protocolo, y con C.I.F. nº […].-
Y DE OTRA
PARTE: Don [nombre y apellidos], mayor de edad, de nacionalidad [...] con
domicilio en [...], con D.N.I./N.I.F. nº [...], vigente, que interviene en
nombre y representación de doña [nombre y apellidos], mayor de edad, soltera,
empresaria, con domicilio en […] y D.N.I. nº […], en virtud de escritura de
Poder otorgada ante el Notario Don […], el día […] bajo el nº […] de su
protocolo, copia del cual se acompaña al a presente.
Las partes tienen y se reconocen, en la representación que ostentan,
mutua y recíproca capacidad legal para contratar y obligarse cuanto en derecho
fuere menester, y a tal fin convienen en suscribir el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA,
al tenor de los antecedentes y cláusulas que a continuación se expresan.-
--------------------------------
A N T E C E D E N T E S ----------------------------------
PRIMERO.-
OBJETO DEL CONTRATO
LOCAL
COMERCIAL nº […], Planta Baja del Edificio […], sito en […], en el término
municipal de […].
Tiene una superficie construida de […] m2, incluida parte proporcional
de zonas comunes.
Linda al frente con Calle […]; derecha entrando con Avenida […];
izquierda entrando, con local colindante nº […], y al fondo con zona de acceso,
escalera del portal 1, trastero 1 y con patio del Edificio.
El local forma un rectángulo, que tiene de fachada, en la calle […],[…] metros y […] centímetros lineales ([…] metros). Sobre
la base y sin perjuicio de lo anterior, el local se determina como cuerpo
cierto.
INSCRIPCIÓN : No
consta inscrito al estar pendiente de procederse a la segregación, si bien a
efectos de búsqueda, se hace constar que la finca matriz consta inscrita en el
Registro de la Propiedad nº […] de […], Tomo […], Libro […], Folio […], Finca
nº […].-
ESTADO
POSESORIO: Libre de inquilinos y ocupantes
CARGAS: Gravada
la finca de la que procede con un crédito hipotecario a favor de la entidad
bancaria […], respondiendo por un principal de […] EUROS y demás
responsabilidades hipotecarias.
El local se entrega en bruto con cerramiento exterior, con toma de agua
y de luz.
SEGUNDO.-
CLÁUSULAS DEL CONTRATO
Que habiendo convenido su venta, la realizan con sujeción a las
siguientes: --
--------------------------------------
C L Á U S U L A S --------------------------------------
PRIMERA.
PROMOCIONES […], S.L., representada en este acto por [nombre y apellidos],
vende a doña [nombre y apellidos], quien compra y acepta a través de su
representante, el LOCAL descrito en el antecedente Primero, del edificio […],
libre de cargas, al corriente en el pago de las cuotas comunitarias, impuestos
y tasas y con todo cuanto material y jurídicamente le sea accesorio e
inherente.
Igualmente, serán por cuenta y a cargo de la parte vendedora los actos
previos de segregación física y jurídica del local matriz de procedencia, así
como los que se ocasionen por la cancelación económica y registral de la
responsabilidad hipotecaria del inmueble transmitido.
SEGUNDA. Tiene
lugar esta compraventa en el precio de LOCAL COMERCIAL ([…] EUROS) más el 16%
de IVA. por importe de […] EUROS ([…] euros), lo que
hace un total de […] EUROS ([…] EUROS), que serán satisfechos puntualmente por
la parte compradora, según el calendario siguiente:
A la firma de este contrato privado de compraventa, la cantidad […]
EUROS ([…] EUROS), mediante cheque bancario serie […] de la Entidad […] (se une
copia al presente), sirviendo el presente documento como la más eficaz carta de
pago por dicha cuantía.
El resto del precio total de la compraventa se liquidará con carácter
previo a la firma de la escritura pública, prevista para dentro de un mes a
partir de la fecha de este contrato, a salvo retrasos no imputables ni a la
parte vendedora ni a la compradora, es decir, tiempo de tramitación para la
segregación del local en Notaría y Registro de la Propiedad, cancelación
hipoteca y subsiguiente escritura de compraventa.
TERCERA. La correspondiente
escritura pública solemnizadora de este documento se llevará a cabo al completo
pago del precio establecido, siendo todos los gastos que tal otorgamiento
acarree satisfechos por la parte compradora, a excepción de
la plus valía que correrá por la parte vendedora, y los gastos
notariales a partes iguales entre comprador y vendedor.
CUARTA. En el
momento que la parte vendedora hubiere procedido a la inscripción registral de
la segregación del inmueble objeto del presente, así como liquidada y cancelada
registralmente la carga hipotecaria, procederá a notificar a la compradora
dichos extremos, designando, en un plazo no inferior a quince días, Notaría,
día y hora al objeto de proceder a la elevación a escritura pública la
compra-venta, momento que ha de coincidir con la entrega del resto del precio.
QUINTA. la parte
compradora conoce el emplazamiento y características del inmueble, así como las
condiciones de la contratación, que acepta expresamente, no obstante, para su
perfecto conocimiento, se acompaña plano gráfico donde consta la ubicación y
superficie del citado local.
SEXTA. Mediante
el presente, PROMOCIONES […], S.L. se compromete, previo pago del precio
conforme a la cláusula segunda, a otorgar escritura pública única y
exclusivamente a favor del comprador aquí requerido, sin que pueda este, por
tanto, designar a otra persona física o jurídica el día del otorgamiento de
dicho documento público.
SÉPTIMA. A
efectos notificaciones, la parte vendedora señala su domicilio social y la
parte compradora el de su representante en este contrato, Don […], sito en […].
Conviniéndose que el rechazo o no recogida de los burofax se entenderá como
notificación de pleno derecho.
Las partes contratantes firman el presente por ser expresión de sus
libres voluntades, con ánimo de cumplirlo bien y fielmente, y en prueba de
conformidad lo firman por duplicado y en el lugar y fecha
arriba indicados.
LA PARTE VENDEDORA
LA PARTE COMPRADORA
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
O1.– Contrato de compraventa de vivienda con
pago aplazado,
tres modelos
Modelo 1
CONTRATO
DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA CON PAGO APLAZADO
En [lugar y fecha]
------------------------------------ C O M P A R E C E N -----------------------------------
De una parte, D. [nombre y apellidos], mayor de edad, vecino de [...],
con domicilio en [...], y N.I.E [...].
Y de otra parte y como compradora Dª [nombre y apellidos], mayor de
edad, con D.N.I.-N.I.F. [...] y domiciliada en [...].
I N T E R
V I E N E N: La señora [nombre y apellidos], en su propio
nombre y derecho, haciéndolo el Sr. [nombre y apellidos], como administrador
único, en nombre y representación de la entidad mercantil "PROMOCIONES
[...] SOCIEDAD LIMITADA", domiciliada en [...], Avda. [...], constituida
por tiempo indefinido en escritura otorgada el [...] ante el Notario de esta
ciudad don [nombre y apellidos], con el número [...] de protocolo, y con C.I.F.
nº [...].-
Las partes tienen y se reconocen, en la representación que ostentan,
mutua y recíproca capacidad legal para contratar y obligarse cuanto en derecho
fuere menester, y a tal fin convienen en suscribir el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA,
al tenor de los antecedentes y cláusulas que a continuación se expresan.
--------------------------------
A N T E C E D E N T E S ----------------------------------
PRIMERO Y
ÚNICO. Que la sociedad "PROMOCIONES [...] SOCIEDAD LIMITADA", es
propietaria en pleno dominio de las siguientes: ----------------------------
URBANA. VIVIENDA identificada como [...]: ubicada en la planta primera,
portal [...], puerta [...], del edificio denominado [...], proyectado en el
solar, sito en [...].
Se distribuye en distribuidor, salón comedor, cocina, 1 dormitorio, un
cuarto de baño y balcón.
Tiene una superficie aproximada de [...] metros cuadrados con [...]
decímetros cuadrados ([...] m2).
De la plaza de aparcamiento nº [...] ubicada en el sótano del mismo
edificio.
INSCRIPCIÓN: SOLAR: Registro de la Propiedad nº [...] de [...], Tomo [...],
Libro [...], Folio [...], Finca nº [...], inscripción
1ª.-------------------------------------------
Segundo: Que habiendo convenido su venta, la realizan con sujeción a las
siguientes:
--------------------------------------
C L Á U S U L A S --------------------------------------
PRIMERA.
"PROMOCIONES [...] S.L.", representada en este acto por D. [nombre y
apellidos], vende a Dª [nombre y apellidos] que compra y acepta, la vivienda
[...] y la plaza de aparcamiento nº [...], descrita en el antecedente Primero,
que se construirá en el edificio [...], libre de cargas, al corriente en el
pago de todo tipo de tributos y con todo cuanto material y jurídicamente le sea
accesorio e inherente.
SEGUNDA. Tiene
lugar esta compraventa en el precio de [...] EUROS ([...] EUROS) más el 7% de
IVA. por importe de [...] EUROS ([...] euros), lo que
hace un total de [...] EUROS ([...] EUROS), que serán satisfechos puntualmente
por la parte compradora, según el calendario siguiente:
Con anterioridad a este, acto se ha recibido la cantidad de [...] ([...]
EUROS) mas el 7% de IVA, por importe de [...] EUROS ([...] EUROS), lo que hace
un total de [...] EUROS ([...] EUROS)
A la firma de este contrato privado de compraventa, la cantidad de [...]
EUROS ([...] EUROS) más el 7% de I.V.A. por importe de [...] EUROS ([...]
EUROS), lo que hace un total de [...] EUROS ([...] EUROS), sirviendo el
presente documento como la más eficaz carta de pago por dicha cuantía.
A partir del mes siguiente a la firma del contrato de compraventa, durante
9 meses, entre los días diez y quince de cada mes, ambos inclusive, la cantidad
mensual de [...] euros ([...] euros) mas el 7% de IVA. [...] euros ([...]
euros), lo que hace un total de [...] ([...] Euros), mediante transferencia
bancaria a favor de la cuenta bancaria de la que Promociones [...] es titular
en la sucursal del banco [...], sita en [...], cuyo número de cuenta es el
[...].
Con carácter previo a la firma de la escritura pública, el resto del
precio total de la compraventa, en término que se prevé para el cuarto trimestre
del 2008, incluyendo la gestión administrativa posterior, estimada de 3 meses.
TERCERA. La
correspondiente escritura pública solemnizadora de este documento se llevará a
cabo al completo pago del precio establecido, siendo todos los gastos que tal
otorgamiento acarree satisfechos por la parte compradora, incluyendo el
Impuesto Municipal de Plus Valía si se devengare.
CUARTA. La falta
de pago por LA PARTE COMPRADORA de las cantidades acordadas en cualquiera de
los plazos previstos en el calendario de este mismo documento traerá consigo la
resolución de pleno derecho del presente contrato, renunciando a cualquier tipo
de reclamación, haciendo suya la parte vendedora el total de las cantidades que
hubiese recibido con anterioridad a dicho incumplimiento. Se hace constar expresamente
el carácter de cláusula penal de lo expuesto anteriormente por los daños y
perjuicios que sufriría la parte vendedora al no poder disponer del inmueble
para su venta durante todo este tiempo.
QUINTA: El señor
o señora conoce el emplazamiento y características del inmueble, cuya
superficie construida aproximada es de cincuenta y seis metros cuadrados con
cincuenta y cinco decímetros cuadrados ([...] m2) así como las condiciones de
la contratación, que acepta expresamente.
SEXTA. Mediante
el presente, Promociones [...] se compromete, previo pago del precio conforme a
la cláusula segunda, a otorgar escritura pública única y exclusivamente a favor
del comprador aquí firmante, sin que pueda este, por tanto, designar a otra
persona física o jurídica el día del otorgamiento de
dicho documento público.
SÉPTIMA. Las
cantidades entregadas a cuenta del precio de venta por LA PARTE COMPRADORA
serán avaladas, comprometiéndose LA parte vendedora a facilitar el documento de
“aval en garantía de cantidades entregadas” en el plazo de dos meses a contar
desde la fecha de cada ingreso.
Las partes contratantes firman el presente por ser expresión de sus
libres voluntades, con ánimo de cumplirlo bien y fielmente, y en prueba de
conformidad lo firman por duplicado y en el lugar y fecha, arriba indicados.
LA PARTE VENDEDORA, Promociones [...], S.L
LA PARTE COMPRADORA, doña [nombre y apellidos]
Modelo 2
Contrato
de compraventa de vivienda con precio aplazado
En la ciudad de […], a […].
------------------------------------ C O M P A R E C E N -----------------------------------
De una parte, D. […], mayor de edad, vecino de […], con domicilio […], y
N.I.E […].
Y de otra parte y como compradores […], mayor de edad, con D.N.I.-N.I.F.
[…] respectivamente y domiciliados en […].
I N T E R
V I E N E N: Los señores compradores […], en su propio nombre
y derecho, haciéndolo el Sr. […], como administrador único, en nombre y
representación de la entidad mercantil "PROMOCIONES […] SOCIEDAD
LIMITADA", domiciliada en […], constituida por tiempo indefinido en
escritura otorgada el […] ante el Notario de esta ciudad Don […], con el número
[…] de protocolo, y con C.I.F. nº […].-
Las partes tienen y se reconocen, en la representación que ostentan,
mutua y recíproca capacidad legal para contratar y obligarse cuanto en derecho
fuere menester, y a tal fin convienen en suscribir el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA,
al tenor de los antecedentes y cláusulas que a continuación se expresan.
-------------------------------- A
N T E C E D E N T E S ----------------------------------
PRIMERO: Que la
sociedad "PROMOCIONES […] SOCIEDAD LIMITADA", es propietaria en pleno
dominio de las siguientes:
(Describir la finca tal y como se recoge en la escritura de división
horizontal)
1) URBANA. VIVIENDA identificada como […]: ubicada en la planta […],
portal […], puerta […], del edificio denominado […], sito en […].
Se distribuye en distribuidor, salón comedor, cocina, un dormitorio,
cuarto de baño y dos balcones.
Tiene una superficie aproximada de 53,34 m2
2) Del trastero nº 11: ubicado en el sótano del mismo edificio.
.
INSCRIPCIÓN: VIVIENDA: Registro de la Propiedad nº […] de […], Tomo […]
Libro […], Folio […], Finca nº […], inscripción […].----------------------------------------
TRASTERO: Registro de la Propiedad nº […] de […], Tomo […], Libro […], Folio
[…], Finca nº […], inscripción […].----------------------------------------
CARGAS Y GRAVÁMENES: (Hacer referencia a la Hipoteca en […]: Principal,
intereses, fecha constitución)
REFERENCIA CATASTRAL: No habiendo procedido el catastro a la asignación
de referencia catastral presentada mediante la declaración de alteración de
bienes inmuebles de naturaleza urbana nº […], con fecha […], se adjunta la de
la finca matriz con referencia Nº […].
SEGUNDO: Que la
citada vivienda se emplaza en el Edificio denominado […], ubicado en avenida
las salinas esquina con calle […] y calle […], que se compone de […] viviendas,
[…] locales y […] plazas de garaje, promovido por la vendedora, habiendo sido
otorgada escritura pública de declaración de obra nueva y de división de la
propiedad horizontal ante el Notario de […] D./Dª […],
el día […], nº. de protocolo […], debidamente inscrita
en el Registro de la Propiedad con los datos que constan en el apartado
precedente, figurando en la citada escritura los Estatutos de la Comunidad.
Las obras de edificación han sido terminadas de conformidad con el
Certificado Final de Obras expedido por el Arquitecto D. […] y obtenido por el
Ayuntamiento de […] Licencia de 1ª Ocupación con fecha […], adjuntándose la
mismas al presente y formando parte del mismo.
El arquitecto técnico, interviniente en las mismas ha sido D […], con
domicilio profesional en […], con número de colegiado […] y titular de D.N.I.
nº […].
Las obras de construcción han sido realizadas por la compañía
constructora […] con domicilio social en […]. Con el CIF Nº: […].
La Oficina de Control Técnico, a efectos del seguro decenal, es […], con
domicilio social en […]. Con el C.I.F.: […].
TERCERO.- Que el
comprador manifiesta conocer y aceptar las características y condiciones de la
vivienda objeto del presente contrato. Igualmente manifiesta haber revisado
toda la información exigida en la legislación vigente sobre protección a los
consumidores, aplicable a la compraventa de viviendas, que ha sido puesta a su
disposición en las oficinas de la promotora. Dicha documentación e información
está y estará a su disposición en las oficinas de la promotora, para su consulta
y aclaraciones hasta la entrega de la vivienda.
CUARTO.- Que
habiendo convenido su venta, la realizan con sujeción a las siguientes: --
-------------------------------------- C L Á U S U L A S --------------------------------------
PRIMERA.
"PROMOCIONES […] S.L.", representada en este acto por D. […], vende a
DON […], que compran y aceptan, la vivienda […] y el trastero nº […], descritas
en el antecedente Primero, del edificio […],
La transmisión de la vivienda objeto de compraventa se realizará libre
de cargas y gravámenes, libre de arrendatarios y ocupantes; al corriente en el
pago de tributos, contribuciones e impuestos; al corriente en el pago de cuotas
y gastos de comunidad (PONLO, ES UN DETALLE ver si ponemos algo del fondo) al
corriente en el pago de todo tipo de tributos y con todo cuanto material y
jurídicamente le sea accesorio e inherente.-------------------------------------------------------
La entrega de la vivienda se hará coincidir con el otorgamiento de la
escritura pública de compraventa.
SEGUNDA. Tiene
lugar esta compraventa en el precio de […] EUROS ([…] EUROS) más el 7% de IVA,
por importe de […] EUROS ([…] euros), lo que hace un total de […] EUROS ([…]
EUROS), que serán satisfechos puntualmente por la parte compradora, según el
calendario siguiente:
A la firma de este contrato privado de compraventa, la cantidad de […]
EUROS ([…] EUROS) más el 7% de I.V.A. por importe de […] EUROS ([…] EUROS), lo
que hace un total de […] EUROS ([…] EUROS), mediante transferencia bancaria entre
los días […] a favor de la cuenta bancaria de la que Promociones […] es titular
en la sucursal del banco […], sito en la […], sirviendo el presente documento
como la más eficaz carta de pago por dicha cuantía.
No habiéndose verificado la transferencia el día 9 de Junio a las 14:00
horas este el presente documento carecerá de toda validez, liberándose
expresamente a ambas partes de sus obligaciones.
El resto del precio total de la compraventa será abonado por el
COMPRADOR mediante cheque bancario o talón conformado en el momento del
otorgamiento de la escritura pública de compraventa.
La cantidad de […] correspondiente al IVA de la anterior cantidad,
deberá ser abonada por el COMPRADOR en el mismo momento del otorgamiento de la
escritura pública de compraventa, también mediante cheque bancario o talón
conformado.
TERCERA.
Informada la parte compradora de la posibilidad de subrogarse en el préstamo
hipotecario suscrito por la parte vendedora, cuyos datos constan en el
ANTECEDENTE PRIMERO de este contrato, la parte compradora opta por NO
SUBROGARSE EN DICHO PRÉSTAMO HIPOTECARIO ver caso en q se quiere subrogar
CUARTA. Se hace
constar expresamente que corresponde al comprador el derecho de elección del
notario para el otorgamiento de la escritura pública de compraventa, designando
éste la Notaría de D. […], sita en […]. Obligándose ambas partes a otorgar la
correspondiente escritura pública solemnizadora de este documento el próximo
día […].
En caso de no proceder LA PARTE COMPRADORA a dicho otorgamiento
notarial, la vendedora podrá optar entre compeler judicialmente al desatendido
otorgamiento de conformidad con el artículo 1.279 del Código Civil, o, proceder
a dar por resuelto este contrato SIN MÁS TRÁMITES NI ACTUACIONES JUDICIALES, en
cuyo caso quedarán en poder y propiedad de la vendedora, en concepto de
penalidad indemnizatoria, el 75 por ciento de las cantidades hasta dicho
momento recibidas del comprador.
Desde la realización y notificación del requerimiento resolutorio podrá
la vendedora proceder a la venta de la vivienda objeto de esta compraventa.
En caso contrario, la compradora igualmente podrá compeler judicialmente
a la vendedora o, en su caso, proceder a dar por resuelto este contrato
indemnizando a la compradora en las cantidades entregadas a cuenta más el
interés legal del dinero incrementado en […] puntos.
Todos los impuestos que se devenguen y gastos que se deriven del
otorgamiento de la escritura pública solemnizadora de esta compraventa serán de
cuenta del comprador, excluido el impuesto municipal sobre el incremento de
valor de los terrenos de naturaleza urbana que será de
cuenta de la vendedora (Hay que tener en cuenta que este pacto es nulo: la
plusvalía municipal, siempre es de la promotora)
QUINTA. El
impago por el comprador, a su vencimiento, de cualquiera de los plazos de la
parte de precio aplazado dará lugar a que la vendedora pueda optar entre exigir
el cumplimiento de la obligación desatendida o, a dar por resuelto este
contrato SIN MÁS TRÁMITES NI ACTUACIONES JUDICIALES, A SALVO (en los términos y
formalidades previstas) EL REQUERIMIENTO PREVISTO en el artículo 1.504 del
Código Civil (y concordantes); en cuyo caso, en concepto de cláusula penal
indemnizatoria, quedarán en poder y propiedad de la vendedora el […] por ciento
de la cantidad entregada por el comprador.
El requerimiento se podrá hacer por vías judicial, notarial o por medio
de burofax. la no recepción voluntaria o no recogida,
producirán todos los efectos al fin dicho.
Desde la notificación del requerimiento resolutorio la vendedora podrá
proceder a la venta a un tercero del objeto de esta compraventa.
SEXTA. Los
señores […], han visitado y conocen el emplazamiento y características del
inmueble, cuya superficie construida aproximada es de […] cuadrados ([…] m2),
así como las condiciones de la contratación, que aceptan expresamente.
SÉPTIMA. La
vivienda no podrá ser gravada, enajenada, ni en general transmitida o cedidos
sus derechos, sin consentimiento de la vendedora, hasta tanto el comprador haya
abonado íntegramente la totalidad del precio y los intereses pactados.
Las partes contratantes firman el presente por ser expresión de sus
libres voluntades, con ánimo de cumplirlo bien y fielmente, y en prueba de
conformidad lo firman por duplicado y en el lugar y fecha
arriba indicados.
LA PARTE VENDEDORA LA
PARTE COMPRADORA
Modelo 3
CONTRATO
DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA CON PAGO DIFERIDO
En [lugar y fecha]
------------------------------------ C O M P A R E C E N -----------------------------------
De una parte, D. [nombre y apellidos], mayor de edad, vecino de [...],
con domicilio en [...], y N.I.E [...].
Y de otra parte y como compradora Dª [nombre y apellidos], mayor de
edad, con D.N.I.-N.I.F. [...] y domiciliada en [...].
I N T E R
V I E N E N: La señora [nombre y apellidos], en su propio
nombre y derecho, haciéndolo el Sr. [nombre y apellidos], como administrador
único, en nombre y representación de la entidad mercantil "PROMOCIONES
[...] SOCIEDAD LIMITADA", domiciliada en [...], Avda. [...], constituida por
tiempo indefinido en escritura otorgada el [...] ante el Notario de esta ciudad
don [nombre y apellidos], con el número [...] de protocolo, y con C.I.F. nº
[...].-
Las partes tienen y se reconocen, en la representación que ostentan,
mutua y recíproca capacidad legal para contratar y obligarse cuanto en derecho
fuere menester, y a tal fin convienen en suscribir el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA,
al tenor de los antecedentes y cláusulas que a continuación se expresan.
--------------------------------
A N T E C E D E N T E S ----------------------------------
PRIMERO. Que la
sociedad "PROMOCIONES [...] SOCIEDAD LIMITADA", es propietaria en
pleno dominio de las siguientes: ----------------------------
URBANA. VIVIENDA identificada como [...]: ubicada en la planta primera,
portal [...], puerta [...], del edificio denominado [...], proyectado en el
solar, sito en [...].
Se distribuye en distribuidor, salón comedor, cocina, 1 dormitorio, un
cuarto de baño y balcón.
Tiene una superficie aproximada de [...] metros cuadrados con [...]
decímetros cuadrados ([...] m2).
De la plaza de aparcamiento nº [...] ubicada en el sótano del mismo
edificio.
INSCRIPCIÓN: SOLAR: Registro de la Propiedad nº [...] de [...], Tomo
[...], Libro [...], Folio [...], Finca nº [...], inscripción
1ª.-------------------------------------------
SEGUNDO. Que,
habiendo convenido su venta, la realizan con sujeción a las siguientes:
--------------------------------------
C L Á U S U L A S --------------------------------------
PRIMERA.
"PROMOCIONES [...] S.L.", representada en este acto por D. [nombre y
apellidos], vende a Dª [nombre y apellidos] que compra y acepta, la vivienda
[...] y la plaza de aparcamiento nº [...], descrita en el antecedente Primero,
que se construirá en el edificio [...], libre de cargas, al corriente en el
pago de todo tipo de tributos y con todo cuanto material y jurídicamente le sea
accesorio e inherente.
SEGUNDA. Tiene
lugar esta compraventa en el precio de [...] EUROS ([...] EUROS) más el 7% de
IVA. por importe de [...] EUROS ([...] euros), lo que
hace un total de [...] EUROS ([...] EUROS), que serán satisfechos puntualmente
por la parte compradora, según el calendario siguiente:
Con anterioridad a este, acto se ha recibido la cantidad de [...] ([...]
EUROS) mas el 7% de IVA, por importe de [...] EUROS ([...] EUROS), lo que hace
un total de [...] EUROS ([...] EUROS).
A la firma de este contrato privado de compraventa, la cantidad de [...]
EUROS ([...] EUROS) más el 7% de I.V.A. por importe de [...] EUROS ([...] EUROS),
lo que hace un total de [...] EUROS ([...] EUROS), sirviendo el presente
documento como la más eficaz carta de pago por dicha cuantía.
A partir del mes siguiente a la firma del contrato de compraventa,
durante 9 meses, entre los días diez y quince de cada mes, ambos inclusive, la
cantidad mensual de [...] euros ([...] euros) mas el 7% de IVA. [...] euros
([...] euros), lo que hace un total de [...] ([...] Euros), mediante transferencia
bancaria a favor de la cuenta bancaria de la que Promociones [...] es titular
en la sucursal del banco [...], sita en [...], cuyo número de cuenta es el
[...].
Con carácter previo a la firma de la escritura pública, el resto del
precio total de la compraventa, en término que se prevé para el cuarto trimestre
del 2008, incluyendo la gestión administrativa posterior, estimada de 3 meses.
TERCERA. La
correspondiente escritura pública solemnizadora de este documento se llevará a
cabo al completo pago del precio establecido, siendo todos los gastos que tal
otorgamiento acarree satisfechos por la parte compradora, incluyendo el
Impuesto Municipal de Plus Valía si se devengare.
CUARTA. La falta
de pago por LA PARTE COMPRADORA de las cantidades acordadas en cualquiera de
los plazos previstos en el calendario de este mismo documento traerá consigo la
resolución de pleno derecho del presente contrato, renunciando a cualquier tipo
de reclamación, haciendo suya la parte vendedora el total de las cantidades que
hubiese recibido con anterioridad a dicho incumplimiento. Se hace constar expresamente
el carácter de cláusula penal de lo expuesto anteriormente por los daños y
perjuicios que sufriría la parte vendedora al no poder disponer del inmueble
para su venta durante todo este tiempo.
QUINTA. El señor
o señora conoce el emplazamiento y características del inmueble, cuya
superficie construida aproximada es de cincuenta y seis metros cuadrados con
cincuenta y cinco decímetros cuadrados ([...] m2) así como las condiciones de
la contratación, que acepta expresamente.
SEXTA. Mediante
el presente, Promociones [...] se compromete, previo pago del precio conforme a
la cláusula segunda, a otorgar escritura pública única y exclusivamente a favor
del comprador aquí firmante, sin que pueda este, por tanto, designar a otra
persona física o jurídica el día del otorgamiento de
dicho documento público.
SÉPTIMA. Las
cantidades entregadas a cuenta del precio de venta por LA PARTE COMPRADORA
serán avaladas, comprometiéndose LA PARTE VENDEDORA a facilitar el documento de
“aval en garantía de cantidades entregadas” en el plazo de dos meses a contar
desde la fecha de cada ingreso.
Las partes contratantes firman el presente por ser expresión de sus
libres voluntades, con ánimo de cumplirlo bien y fielmente, y en prueba de
conformidad lo firman por duplicado y en el lugar y fecha
arriba indicados.
LA PARTE VENDEDORA, Promociones [...], S.L
LA PARTE COMPRADORA, doña [nombre y apellidos].
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO Y
ACUERDO DE RESOLUCIÓN DE
CONTRATO
DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA CON PAGO APLAZADO
En [lugar y fecha]
------------------------------------ C O M P A R E C E N -----------------------------------
De una parte, D. [nombre y apellidos], mayor de edad, vecino de [...],
con domicilio en [...], y N.I.E [...].
Y de otra parte y como compradora Dª [nombre y apellidos], mayor de
edad, con D.N.I.-N.I.F. [...] y domiciliada en [...].
I N T E R
V I E N E N: Dª [nombre y apellidos], en su propio nombre y
derecho, haciéndolo D. [nombre y apellidos], como administrador único, en
nombre y representación de la entidad mercantil "PROMOCIONES [...]
SOCIEDAD LIMITADA", domiciliada en [...], Avda. [...], constituida por
tiempo indefinido en escritura otorgada el [...] ante el Notario de esta ciudad
don [nombre y apellidos], con el número [...] de protocolo, y con C.I.F. nº
[...].
ANTECEDENTES
DE HECHO
Que, con fecha [...], suscribieron un contrato de compraventa del tenor
literal siguiente:
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA CON PAGO APLAZADO
En [lugar
y fecha]
------------------------------------
C O M P A R E C E N
-----------------------------------
De una
parte, D. [nombre y apellidos], mayor de edad, vecino de [...], con domicilio
en [...], y N.I.E [...].
Y de otra
parte y como compradora Dª [nombre y apellidos], mayor de edad, con
D.N.I.-N.I.F. [...] y domiciliada en [...].
I N T E R V I E N E N: La
señora [nombre y apellidos], en su propio nombre y derecho, haciéndolo el Sr.
[nombre y apellidos], como administrador único, en nombre y representación de
la entidad mercantil "PROMOCIONES [...] SOCIEDAD LIMITADA",
domiciliada en [...], Avda. [...], constituida por tiempo indefinido en
escritura otorgada el [...] ante el Notario de esta ciudad don [nombre y
apellidos], con el número [...] de protocolo, y con C.I.F. nº [...].-
Las partes
tienen y se reconocen, en la representación que ostentan, mutua y recíproca
capacidad legal para contratar y obligarse cuanto en derecho fuere menester, y
a tal fin convienen en suscribir el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA, al tenor
de los antecedentes y cláusulas que a continuación se expresan.
-------------------------------- A N T E C E D E N T E S
----------------------------------
Primero:
Que la sociedad "PROMOCIONES [...] SOCIEDAD LIMITADA", es propietaria
en pleno dominio de las siguientes:
URBANA.
VIVIENDA identificada como [...]: ubicada en la planta primera, portal [...],
puerta [...], del edificio denominado [...], proyectado en el solar, sito en
[...].
Se
distribuye en distribuidor, salón comedor, cocina, 1 dormitorio, un cuarto de
baño y balcón.
Tiene una
superficie aproximada de [...] metros cuadrados con [...] decímetros cuadrados
([...] m2).
De la
plaza de aparcamiento nº [...] ubicada en el sótano del mismo edificio.
INSCRIPCIÓN:
SOLAR: Registro de la Propiedad nº [...] de [...], Tomo [...], Libro [...],
Folio [...], Finca nº [...], inscripción
1ª.-------------------------------------------
Segundo:
Que habiendo convenido su venta, la realizan con sujeción a las siguientes:
-------------------------------------- C L Á U S U L A S
--------------------------------------
PRIMERA:
"PROMOCIONES [...] S.L.", representada en este acto por D. [nombre y
apellidos], vende a Dª [nombre y apellidos] que compra y acepta, la vivienda
[...] y la plaza de aparcamiento nº [...], descrita en el antecedente Primero,
que se construirá en el edificio [...], libre de cargas, al corriente en el
pago de todo tipo de tributos y con todo cuanto material y jurídicamente le sea
accesorio e inherente.
SEGUNDA: Tiene
lugar esta compraventa en el precio de [...] EUROS ([...] EUROS) más el 7% de
IVA. por importe de [...] EUROS ([...] euros), lo que
hace un total de [...] EUROS ([...] EUROS), que serán satisfechos puntualmente
por la parte compradora, según el calendario siguiente:
Con
anterioridad a este, acto se ha recibido la cantidad de [...] ([...] EUROS) mas
el 7% de IVA, por importe de [...] EUROS ([...] EUROS), lo que hace un total de
[...] EUROS ([...] EUROS)
A la firma
de este contrato privado de compraventa, la cantidad de [...] EUROS ([...]
EUROS) más el 7% de I.V.A. por importe de [...] EUROS ([...] EUROS), lo que
hace un total de [...] EUROS ([...] EUROS), sirviendo el presente documento
como la más eficaz carta de pago por dicha cuantía.
A partir
del mes siguiente a la firma del contrato de compraventa, durante 9 meses,
entre los días diez y quince de cada mes, ambos inclusive, la cantidad mensual
de [...] euros ([...] euros) mas el 7% de IVA. [...] euros ([...] euros), lo
que hace un total de [...] ([...] Euros), mediante transferencia bancaria a
favor de la cuenta bancaria de la que Promociones [...] es titular en la
sucursal del banco [...], sita en [...], cuyo número de cuenta es el [...].
Con carácter
previo a la firma de la escritura pública, el resto del precio total de la
compraventa, en término que se prevé para el cuarto trimestre del 2008,
incluyendo la gestión administrativa posterior, estimada de 3 meses.
TERCERA: La
correspondiente escritura pública solemnizadora de este documento se llevará a
cabo al completo pago del precio establecido, siendo todos los gastos que tal
otorgamiento acarree satisfechos por la parte compradora, incluyendo el
Impuesto Municipal de Plus Valía si se devengare.
CUARTA: La falta
de pago por LA PARTE COMPRADORA de las cantidades acordadas en cualquiera de
los plazos previstos en el calendario de este mismo documento traerá consigo la
resolución de pleno derecho del presente contrato, renunciando a cualquier tipo
de reclamación, haciendo suya la parte vendedora el total de las cantidades que
hubiese recibido con anterioridad a dicho incumplimiento. Se hace constar expresamente
el carácter de cláusula penal de lo expuesto anteriormente por los daños y
perjuicios que sufriría la parte vendedora al no poder disponer del inmueble
para su venta durante todo este tiempo.
QUINTA: El señor
o señora conoce el emplazamiento y características del inmueble, cuya
superficie construida aproximada es de cincuenta y seis metros cuadrados con
cincuenta y cinco decímetros cuadrados ([...] m2) así como las condiciones de
la contratación, que acepta expresamente.
----------------------------------------------------------
SEXTA: Mediante
el presente, Promociones [...] se compromete, previo pago del precio conforme a
la cláusula segunda, a otorgar escritura pública única y exclusivamente a favor
del comprador aquí firmante, sin que pueda este, por tanto, designar a otra
persona física o jurídica el día del otorgamiento de dicho documento público.
SÉPTIMA: Las
cantidades entregadas a cuenta del precio de venta por LA PARTE COMPRADORA
serán avaladas, comprometiéndose LA parte vendedora a facilitar el documento de
“aval en garantía de cantidades entregadas” en el plazo de dos meses a contar
desde la fecha de cada ingreso.
Las partes
contratantes firman el presente por ser expresión de sus libres voluntades, con
ánimo de cumplirlo bien y fielmente, y en prueba de conformidad lo firman por
duplicado y en el lugar y fecha arriba indicados.
LA PARTE
VENDEDORA, Promociones [...], S.L
LA PARTE
COMPRADORA, doña [nombre y apellidos]
CLÁUSULAS Y ACUERDOS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
Que, respecto del anterior contrato trascrito, acuerdan las partes
contratantes, libremente y renunciando a todo tipo de reclamación respecto del
mismo, dejarlo sin efecto y por cancelado.
En términos que la compradora renuncia a las dichas cantidades
entregadas; que se considerarán como indemnización de la vendedora,
"PROMOCIONES […] SOCIEDAD LIMITADA", por los daños y perjuicios de
todo tipo que a ésta le causa el encontrarse sin la consumación de una venta
pactada en el año […] (con mercado inmobiliario en plena actividad), de una
vivienda que en la actualidad, año […] (en plena recesión), es muy difícil de
vender, a más de los perjuicios bancarios, hipotecarios, que ello le supone.
LA PARTE VENDEDORA, Promociones [...], S.L
LA PARTE COMPRADORA, doña [nombre y apellidos]
▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬
CONTRATO DE MEDIACIÓN PARA LA VENTA DE UNA
VIVIENDA
Gestión:
___________________ Tipo de Vivienda: ______________ Ref.(
nº finca): _____________________
Planta:
____________________ Sup. Util:
_____________________ Sup. Construida:
____________________
Parcela:
___________________ Zona: ________________________ Orientación
_______________________
Dormitorios
dobles: _________ Dormitorios simples: ____________ Baños:
___________________________
Aseos:
_______ Arm. Empot.: ______
Terrazas: _______ Sup. Terrazas:
______________________________
Cocina:
______ Americana Amueblada Independiente
Salón:
_______ Comedor Independiente
Comunidad:
________ euros Antigüedad: ______
Portero
automático. Servicio Portería
Acometidas
Eléctrica Agua Potable Teléfono Gas
Garaje:
_______ Plazas Despensa Parabólica
Electrodomésticos
Suelos: ___________
Ascensor
Carpintería: ______ Madera Aluminio Pvc Otros:
Jardín
Gas: ______ Butano Ciudad Placa Solar
Lavadero
Aire Acondicionado: ____ Preinst. Instalación
Chimenea
Calefacción Puerta Blindada
Piscina
Cerradura de Seguridad Alarma
Trastero
Servicio de vigilancia Observaciones: ____________________________
_____________________________________________
Condiciones
Préstamo hipotecario:
Capital
pendiente: ______________________
Plazo de
amortización: __________________
Tipo
interés fijo/variable referenciado a ___________________
Nombre
propietario:
________________________________________________________________________
Dirección:
_________________________________________________________________________________
Teléfono:
___________________ y provisto de DNI Nº _____________________ (El cliente),
Por medio
del presente encarga a la Mercantil Promociones […] S.L la venta de la vivienda
de su propiedad, cuya dirección y características son las que se detallan anteriormente.
El precio
que deberá recibir el propietario por la venta
será de ________ Euros + iva
en vigor.
Llaves:
Cartel:
________________,
a _____ de _________ de _________________
El Cliente Promociones […]
S.L